This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Genetically modified organisms (GMO)
Organismos modificados genéticamente (OMG)
Organismos modificados genéticamente (OMG)
Los OMG (con excepción de los seres humanos) son organismos cuyo material genético ha sido modificado de una forma que no se produce naturalmente en el apareamiento ni en la recombinación natural.
La legislación de la Unión Europea (UE) relativa a los OMG tiene como finalidad:
Trata del uso, la liberación intencionada en el medio ambiente y la comercialización de OMG, incluidos los alimentos y piensos modificados genéticamente, basándose en una evaluación de sus riesgos para la salud y el medio ambiente. Establece procedimientos comunes para la evaluación de riesgos y la autorización, que llevan a cabo la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria o los Estados miembros de la UE, e incluye requisitos sobre el seguimiento posterior a la comercialización, el etiquetado y la trazabilidad de los OMG. La legislación ofrece flexibilidad a los Estados miembros para restringir o prohibir el cultivo de OMG en su territorio.
A escala internacional, la UE forma parte del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica de las Naciones Unidas; las obligaciones establecidas en ese protocolo en relación con las exportaciones de OMG se aplican en la UE mediante la legislación sobre los movimientos transfronterizos de OMG.
VÉASE TAMBIÉN