Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Garantizar la seguridad de los juguetes en la Unión Europea

Garantizar la seguridad de los juguetes en la Unión Europea

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2009/48/CE sobre la seguridad de los juguetes

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

  • Esta Directiva establece los requisitos de seguridad que deben cumplir los juguetes que se comercialicen en la Unión Europea (UE). Estos requisitos están destinados a proporcionar un alto nivel de salud y seguridad, proteger al público y garantizar la libre circulación de los juguetes en la UE.
  • La Directiva identifica las responsabilidades concretas de los distintos agentes de la cadena de suministro, desde el fabricante hasta el importador/minorista/distribuidor.

PUNTOS CLAVE

  • Los juguetes son productos diseñados o previstos, exclusivamente o no, para ser utilizados con fines de juego por niños menores de catorce años.
  • Los fabricantes, dado que disponen de conocimientos detallados sobre sus productos, tienen la responsabilidad de velar por que sus juguetes satisfagan todos los requisitos de seguridad aplicables.
  • A los importadores se les exige introducir en el mercado solamente juguetes de fuera de la UE que cumplan los requisitos de seguridad aplicables.
  • Los distribuidores y minoristas deben actuar con la diligencia debida en relación con los requisitos de seguridad aplicables.
  • Las autoridades nacionales ejercen la vigilancia del mercado.
  • Los juguetes deben ir acompañados de una declaración de conformidad de la «UE» y deben llevar el marcado CE para venderse en toda la UE.
  • La legislación no es aplicable a los siguientes tipos de juguetes (entre otros):
    • equipo de terrenos de juego destinado a un uso público;
    • máquinas de juego automáticas destinadas a un uso público;
    • vehículos de juguete equipados con motores de combustión;
    • motores de vapor de juguete;
    • hondas y tirachinas.
  • La Directiva se actualiza periódicamente, generalmente a fin de establecer límites de seguridad para las sustancias químicas utilizadas en los juguetes (como cadmio, bario, níquel, bisfenol A, formaldehído y plomo) en particular para las utilizadas en juguetes para niños menores de tres años y juguetes destinados a ser introducidos en la boca. Las modificaciones realizadas durante los últimos cinco años abarcan los siguientes aspectos:
  • La Comisión Europea y el Grupo de Expertos sobre la Seguridad de los Juguetes han publicado documentos de orientación para ayudar a los fabricantes, importadores, distribuidores y a las autoridades públicas con la aplicación de esta Directiva.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva debía transponerse al Derecho nacional a más tardar el 20 de enero de 2011. Estas normas están en vigor desde el 20 de julio de 2011.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, sobre la seguridad de los juguetes (DO L 170 de 30.6.2009, pp. 1-37).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2009/48/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión de Ejecución (UE) 2021/1992 de la Comisión de 15 de noviembre de 2021 relativa a las normas armonizadas para los juguetes elaboradas en apoyo de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 405 de 16.11.2021, pp. 14-19).

Directiva (UE) 2021/903 de la Comisión de 3 de junio de 2021 que modifica la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los valores límite específicos para la anilina en determinados juguetes (DO L 197 de 4.6.2021, pp. 110-113).

Directiva (UE) 2020/2088 de la Comisión de 11 de diciembre de 2020 por la que se modifica el anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado de las fragancias alergénicas presentes en los juguetes (DO L 423 de 15.12.2020, pp. 53-57).

Directiva (UE) 2020/2089 de la Comisión de 11 de diciembre de 2020 por la que se modifica el anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la prohibición de las fragancias alergénicas presentes en los juguetes (DO L 423 de 15.12.2020, pp. 58-61).

Directiva (UE) 2019/1929 de la Comisión de 19 de noviembre de 2019 por la que se modifica el apéndice C del anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, con el fin de adoptar valores límite específicos para los productos químicos utilizados en determinados juguetes, por lo que respecta al formaldehído (DO L 299 de 20.11.2019, pp. 51-54).

Directiva (UE) 2019/1922 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2019, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso técnico y científico, el punto 13 de la parte III del anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la seguridad de los juguetes, en lo que respecta al aluminio (DO L 298 de 19.11.2019, pp. 5-7).

Directiva (UE) 2018/725 de la Comisión, de 16 de mayo de 2018, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso técnico y científico, el punto 13 de la parte III del anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la seguridad de los juguetes, en lo que respecta al cromo VI (DO L 122 de 17.5.2018, pp. 29-31).

Directiva (UE) 2017/898 de la Comisión, de 24 de mayo de 2017, por la que se modifica, con el fin de adoptar valores límite específicos para determinados productos químicos utilizados en los juguetes, el apéndice C del anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la seguridad de los juguetes, en lo que respecta al bisfenol A (DO L 138 de 25.5.2017, pp. 128-130).

Directiva (UE) 2017/774 de la Comisión, de 3 de mayo de 2017, por la que se modifica, con el fin de adoptar valores límite específicos para determinados productos químicos utilizados en los juguetes, el apéndice C del anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la seguridad de los juguetes, en lo que respecta al fenol (DO L 115 de 4.5.2017, pp. 47-49).

Directiva (UE) 2017/738 del Consejo, de 27 de marzo de 2017, por la que se adapta al progreso técnico el anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la seguridad de los juguetes, en lo que respecta al plomo (DO L 110 de 27.4.2017, pp. 6-8).

Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (DO L 353 de 31.12.2008, pp. 1-1355).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) n.o 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (DO L 396 de 30.12.2006, pp. 1-849). Texto publicado de nuevo en corrección de errores (DO L 136 de 29.5.2007, pp. 3-280).

Véase la versión consolidada.

última actualización 01.09.2022

Top