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Cross-border payments in the EU
Pagos transfronterizos en la Unión Europea
Pagos transfronterizos en la Unión Europea
Reglamento (UE) 2021/1230 relativo a los pagos transfronterizos en la Unión Europea
Codifica las normas dentro de la Unión Europea (UE) sobre:
El Reglamento se aplica a los pagos transfronterizos denominados en:
Las comisiones* aplicadas a los pagos transfronterizos en euros o en la moneda nacional de los Estados miembros participantes debería ser las mismas que las de los correspondientes pagos dentro de un Estado miembro.
Los proveedores de servicios de pago* proporcionan a los clientes:
Las empresas que prestan servicios de conversión de divisas en un cajero automático o en el punto de venta facilitan a los clientes información expuesta claramente antes de una operación con:
Los clientes y proveedores de bienes y servicios que apliquen el Reglamento para realizar y recibir pagos utilizan su identificador de una cuenta de pago internacional (IBAN) y el código identificador de la entidad (BIC) del proveedor de servicios de pago.
Los Estados miembros:
A más tardar el 19 de abril de 2022, la Comisión presenta un informe sobre la aplicación y el impacto del Reglamento, entre como mínimo el 15 de diciembre de 2019 y el 19 de octubre de 2021, al Parlamento Europeo, al Consejo de la Unión Europea, al Banco Central Europeo y al Comité Económico y Social Europeo.
El Reglamento deroga el Reglamento (CE) n.o 924/2009.
La zona única de pagos en euros tiene por objeto garantizar que:
La Directiva (UE) 2015/2366 exige que los gastos y los tipos de cambio utilizados en los pagos transfronterizos sean transparentes. Además, especifica la información que debe facilitarse a los clientes (véase la síntesis).
Reglamento (UE) 2021/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de julio de 2021, relativo a los pagos transfronterizos en la Unión (versión codificada) (DO L 274 de 30.7.2021, pp. 20-31).
Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE (DO L 337 de 23.12.2015, pp. 35-127).
Las modificaciones sucesivas de la Directiva (UE) 2015/2366 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
última actualización 28.10.2021