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Programa InvestEU (2021-2027)

Programa InvestEU (2021-2027)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2021/523 por el que se establece el Programa InvestEU

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Establece el programa InvestEU, que consta de tres componentes básicos:

  • el Fondo InvestEU, que proporciona una garantía de la Unión Europea (UE) para apoyar la financiación de inversiones en consonancia con las políticas internas de la UE;
  • el Centro de Asesoramiento de InvestEU, que proporciona apoyo para el desarrollo de proyectos, acceso a financiación y ayuda a la creación de capacidades;
  • el Portal InvestEU, que da visibilidad a los proyectos que busquen financiación e información sobre oportunidades de inversión.

PUNTOS CLAVE

El objetivo general del Programa InvestEU es apoyar la financiación que contribuya a lo siguiente:

  • la competitividad, incluyendo la investigación, la innovación, la didigitalización y los avances científicos y tecnológicos;
  • el crecimiento económico, la sostenibilidad y el empleo;
  • las transiciones verde y digital;
  • la resiliencia social y la integración;
  • la cultura, la educación y la formación;
  • la integración de los mercados de capitales y el fortalecimiento del mercado interior;
  • la cohesión económica, social y territorial;
  • la recuperación sostenible e inclusiva de la economía de la UE, incluyendo ayudas de capital para pequeñas y medianas empresas (pymes), tras la crisis de la COVID-19;
  • apoyar las inversiones que contribuyen a los objetivos de la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP), una iniciativa creada en virtud del Reglamento (UE) 2024/795 cuyo objetivo es reforzar la soberanía y la seguridad de la UE, mejorar su competitividad y reducir sus dependencias estratégicas en tres ámbitos tecnológicos estratégicos: tecnologías digitales e innovación de tecnología profunda, tecnologías limpias y eficientes en su uso de los recursos, y biotecnologías.

InvestEU abarca varios ámbitos políticos (a través de cuatro «ejes» específicos) para hacer frente a los fallos de mercado y situaciones de inversión subóptimas:

  • infraestructuras sostenibles, que van desde el transporte, la energía y la conectividad digital a la economía circular y las tecnologías innovadoras;
  • investigación, innovación y digitalización, que incluye el desarrollo de productos y el apoyo a las empresas facilitadoras de mercado;
  • financiación a las pymes, incluidas las empresas innovadoras y las de los sectores cultural y creativo;
  • inversión social y capacidades, que abarca la microfinanciación, las empresas sociales, la salud, la igualdad de género, la educación, la formación y otros servicios sociales.

InvestEU posee una garantía presupuestaria de 26 200 millones de euros (a precios corrientes) financiada mediante los recursos de NextGenerationEU y el marco financiero plurianual (2021–2027). Este importe corresponde al compartimento de la UE.

La garantía puede incrementarse mediante contribuciones de los Estados miembros de la UE a través de compartimientos de los Estados miembros y de países no pertenecientes a la UE. Se divide como sigue:

  • 14 800 millones de euros disponibles para apoyar la recuperación económica posterior a la COVID-19 en el plazo establecido para el uso de los recursos de NextGenerationEU;
  • 11 300 millones de euros para el período del marco financiero plurianual (2021-027).

La Comisión Europea y el Grupo del Banco Europeo de Inversiones (Grupo BEI) forman una asociación en virtud de la cual el Grupo BEI aplica el 75 % de la garantía de la UE y tiene funciones específicas relacionadas con el riesgo financiero del programa. Los bancos e instituciones nacionales de fomento y entidades financieras internacionales pueden participar en el programa.

La Comisión:

  • seleccionará las entidades gestoras asociadas* además del Grupo BEI,
  • celebrará un acuerdo de garantía con cada socio.

Para poder optar a la ayuda del Fondo InvestEU, las operaciones de financiación e inversión deben:

  • Cumplir las distintas condiciones establecidas en el Reglamento financiero de la UE [Reglamento (EU, Euratom) 2018/1046, véase la síntesis];
  • contribuir a los objetivos políticos de la U E y pertenecer a un ámbito subvencionable en virtud del anexo II (energía, infraestructuras de transporte, medio ambiente y recursos, conectividad digital, investigación, desarrollo e innovación, tecnologías digitales, pymes, sectores cultural y creativo, turismo, rehabilitación de emplazamientos industriales, uso sostenible de las tierras y del agua, bioeconomía, inversiones sociales, defensa, el espacio, mares y océanos);
  • no figurar en la lista de actividades excluidas del anexo V, apartado B, tales como los juegos de azar, el tabaco, los bienes inmuebles, el petróleo, los combustibles fósiles o las violaciones de los derechos humanos;
  • ser coherentes con las directrices de inversión.

El Fondo InvestEU también puede apoyar proyectos y operaciones en países no pertenecientes a la UE participantes en el programa.

La garantía de la UE:

  • puede utilizarse para cubrir distintos tipos de financiación (préstamos, garantías, instrumentos del mercado de capitales u otras formas de crédito) o capital o cuasi capital proporcionado por las entidades gestoras asociadas, ya sea directa o indirectamente a través de intermediarios financieros;
  • cubre:
    • deuda: todo el capital pendiente y los intereses adeudados a la entidad gestora asociada, pérdidas de reestructuración y, bajo determinadas condiciones, pérdidas derivadas de fluctuaciones de monedas distintas del euro,
    • inversiones de capital o cuasicapital: los importes invertidos y los costes de financiación asociados, así como las pérdidas derivadas de fluctuaciones de monedas distintas del euro,
    • financiación o las garantías de una entidad gestora asociada a otra entidad financiera en determinadas situaciones para los importes utilizados y sus costes asociados.

El Reglamento establece una estructura de gobernanza compuesta por lo siguiente:

  • el Comité Consultivo se reúne al menos dos veces al año y asesora a la Comisión y al Comité de Dirección sobre el diseño de productos financieros, la evolucións, las condiciones y los fallos del mercado, y las situaciones de inversión subóptimas;
  • el Comité de Dirección proporciona orientaciones estratégicas y operativas para las entidades gestoras asociadas, adopta el marco metodológico en materia de riesgos y supervisa la ejecución del Programa InvestEU;
  • el cuadro de indicadores contiene varios elementos que deben proporcionar las entidades gestoras asociadas, como una descripción de la financiación propuesta y la repercusión de la inversión, para que el Comité de Inversiones pueda llevar a cabo una evaluación independiente, transparente y armonizada de las solicitudes de utilización de la garantía de la UE;
  • el Comité de Inversiones es un organismo de expertos totalmente independiente que examina las propuestas de financiación e inversión presentadas en virtud de los cuatro «ejes» y comprueba si cumplen las condiciones establecidas en el Reglamento y si, por tanto, pueden beneficiarse de la ayuda de la garantía de la UE;
  • la Comisión lleva a cabo un control de políticas para confirmar si las operaciones de financiación e inversión propuestas por las entidades gestoras asociadas, distintas del BEI, son conformes al Derecho de la UE y a sus políticas.

El Centro de Asesoramiento de InvestEU, establecido por la Comisión:

  • presta asesoramiento en la identificación, preparación, desarrollo, estructuración, contratación y ejecución de los proyectos de inversión;
  • ayuda a los promotores e intermediarios de proyectos a concebir y desarrollar proyectos;
  • actúa como punto de acceso central, gestionado por la Comisión, para la ayuda al desarrollo de proyectos para las autoridades públicas y los promotores de proyectos;
  • está a disposición de los promotores públicos y privados de proyectos, incluidas pymes y empresas emergentes, de las autoridades públicas, de los bancos y entidades nacionales de fomento, y de los intermediarios financieros y de otro tipo.

El Portal InvestEU, creado por la Comisión:

  • consiste en una base de datos accesible y de fácil uso que proporciona información pertinente sobre los proyectos publicados;
  • ofrece un canal para los promotores que buscan financiación a fin de que sus proyectos sean visibles para posibles inversores.

El Reglamento establece los requisitos siguientes en materia de rendición de cuentas, seguimiento, evaluación y transparencia.

  • Rendición de cuentas. El Parlamento Europeo o el Consejo de la Unión Europea pueden solicitar al presidente del Comité de Dirección que informe sobre el rendimiento de Fondo InvestEU y que responda oralmente o por escrito a preguntas.
  • Seguimiento y presentación de informes. El anexo III contiene una lista exhaustiva de los indicadores clave de rendimiento y seguimiento. Las entidades asesoras asociadas los utilizan en sus informes para la Comisión, que, a su vez, informa anualmente sobre el rendimiento del programa InvestEU. El Grupo BEI presenta un informe anual sobre los obstáculos a la inversión.
  • Evaluación. La Comisión:
    • presentará un informe intermedio de evaluación del programa al Parlamento Europeo y al Consejo a más tardar el 30 de septiembre de 2024;
    • presentará a ambas instituciones su informe final de evaluación, en particular sobre la utilización de la garantía de la UE a más tardar el 31 de diciembre de 2031;
    • asimismo, enviará sus conclusiones de las evaluaciones al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones.
  • Transparencia. Las entidades gestoras asociadas y las entidades asesoras asociadas deben mencionar la financiación de la UE a sus intermediarios y beneficiarios finales, y al promover sus actividades apoyadas por la garantía de la UE.

El Reglamento:

  • confiere a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados;
  • modifica el Reglamento (UE) 2015/1017 sobre el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (véase la síntesis).

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de enero de 2021.

ANTECEDENTES

  • El Programa InvestEU reúne bajo un mismo paraguas muchas formas diferentes de financiación de la UE. Esto hace que la financiación de los proyectos de inversión sea más sencilla, eficiente y flexible, y contribuye a cumplir el doble objetivo de la UE: la transición ecológica y la transformación digital.
  • La garantía de la UE se utiliza para movilizar importantes fondos públicos y privados importantes a fin de contribuir a la recuperación económica y social y a la competitividad de Europa, haciendo que los inversores actúen en consonancia con las prioridades políticas de la UE.
  • Los Estados miembros pueden utilizar InvestEU para ejecutar parte de sus planes nacionales en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
  • Se estima que la garantía de la UE podría movilizar una inversión total en toda la UE de aquí a 2027 de más de 372 000 millones de euros, de los cuales el 30 % se destinará a objetivos climáticos.

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

Entidad gestora asociada. Contraparte admisible, como el BEI, el Fondo Europeo de Inversiones, otra entidad financiera internacional o nacional o un banco nacional de fomento con el que la Comisión haya celebrado un acuerdo de garantía.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2021/523 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de marzo de 2021, por el que se establece el Programa InvestEU y se modifica el Reglamento (UE) 2015/1017 (DO L 107 de 26.3.2021, pp. 30-89).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2021/523 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (DO L 57 de 18.2.2021, pp. 17-75).

Véase la versión consolidada.

Reglamento Delegado (UE) 2021/1078 de la Comisión, de 14 de abril de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/523 del Parlamento Europeo y del Consejo estableciendo las directrices de inversión para el Fondo InvestEU (DO L 234 de 2.7.2021, pp. 18-66).

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: El Pacto Verde Europeo [COM(2019) 640 final de 11.12.2019].

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, pp. 1-222).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2015/1017 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2015, relativo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, al Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión y al Portal Europeo de Proyectos de Inversión, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) no 1291/2013 y (UE) no 1316/2013 — el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (DO L 169 de 1.7.2015, pp. 1-38).

Véase la versión consolidada.

última actualización 03.05.2024

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