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European Union Recovery and Resilience Facility
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea
Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
El Reglamento establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) para la Unión Europea (UE). Establece asimismo los objetivos del Mecanismo y los criterios para obtener la financiación.
En mayo de 2022, tras la invasión de Ucrania por Rusia, la Comisión Europea presentó su plan REPowerEU para hacer que la UE sea independiente de los combustibles fósiles rusos. El Reglamento de modificación (UE) 2023/435 permite a los Estados miembros de la UE introducir capítulos REPowerEU en sus planes de recuperación y resiliencia, a fin de acelerar la transición energética limpia de la UE.
Un nuevo Reglamento de modificación, el Reglamento (UE) 2024/795, por el que se establece la iniciativa Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP), permite a los Estados miembros introducir medidas que apoyen operaciones de inversión que contribuyan a los objetivos de la STEP en sus planes de recuperación y resiliencia.
El MRR tiene como objetivo promover la cohesión económica, social y territorial de la UE mediante:
La financiación del MRR estará disponible para aquellas medidas que «no causen un perjuicio significativo», es decir que no perjudican al medio ambiente y que no requieren un gasto recurrente, en los seis ámbitos de actuación siguientes:
Pueden concederse algunas excepciones temporales en relación con los capítulos REPowerEU para medidas que abordan cuestiones inmediatas de seguridad energética de la UE, minimizan posibles daños medioambientales y no ponen en peligro los objetivos climáticos de la UE.
El presupuesto del MRR de 648 000 millones EUR (en precios del 2022):
Con la modificación del Reglamento del MRR para incluir REPowerEU, se han puesto a disposición de los Estados miembros subvenciones adicionales en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) y de Reserva de Adaptación al Brexit (RAB). Por lo tanto, los 357 000 millones EUR en subvenciones se dividen ahora en 338 000 millones EUR en subvenciones originales del MRR, 17 300 millones EUR en subvenciones del RCDE y 1 600 millones EUR en subvenciones de la RAB. Además, los Estados miembros podrían solicitar apoyo financiero hasta agosto de 2023. De la dotación total disponible de 385 000 millones EUR, se habían asignado cerca de 291 000 millones EUR a finales de 2023. Estos dos cambios (más subvenciones disponibles a través del RCDE y la RAB, y menos préstamos solicitados que la dotación disponible total) dieron lugar a una dotación total del MRR de 648 000 millones EUR a finales de 2023. El importe anteriormente mencionado de 723 000 millones EUR representó el importe máximo de las subvenciones del MRR (338 000 millones EUR) y de los préstamos del MRR (385 000 millones EUR) de conformidad con el Reglamento del MRR.
El Reglamento de modificación (UE) 2024/795 establece la iniciativa STEP, que tiene por objeto reforzar la soberanía y la seguridad de la UE, acelerar sus transiciones ecológicas y digitales, mejorar su competitividad y reducir sus dependencias estratégicas en tres campos industriales estratégicos: la innovación digital y en tecnologías profundas, las tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos y las biotecnologías. El Reglamento de modificación permite aprovechar los recursos de los programas de la UE existentes, como el MRR, sin necesidad de crear nuevos fondos. Las nuevas normas permiten a los Estados miembros incluir, en su plan de recuperación y resiliencia, en función de los costes estimados, el importe de la contribución en efectivo al compartimento de los Estados miembros. Este es el caso exclusivamente de las medidas de apoyo a las operaciones de inversión que contribuyen a los objetivos de la STEP. Los Estados miembros pueden conceder hasta el 10 % de su asignación nacional a los instrumentos pertinentes para STEP en el marco de InvestEU (véase la síntesis).
Para beneficiarse del apoyo prestado en el marco del mecanismo, los Estados miembros han elaborado y presentado planes nacionales de recuperación y resiliencia, que describen las reformas e inversiones que aplicarían desde el comienzo de la pandemia en febrero de 2020 hasta el , con hitos y objetivos claros. Los Estados miembros podrán recibir financiación hasta un importe máximo acordado anteriormente. Los planes tenían que asignar como mínimo el 37 % de su presupuesto a medidas ecológicas y el 20 % a medidas digitales. Además, los planes debían ser coherentes con:
Asimismo, los Estados miembros pueden revisar sus planes basándose en los motivos jurídicos disponibles establecidos en el Reglamento del MRR, incluida su capacidad de demostrar que las circunstancias objetivas hacen imposible la aplicación de determinados hitos y objetivos.
El módulo MRR está basado en el rendimiento. Esto significa que la Comisión solo abona los importes a cada Estado miembro cuando han alcanzado los hitos y objetivos acordados para completar las reformas e inversiones incluidas en su plan. Cuando hayan cumplido estos hitos y objetivos acordados, los gobiernos solicitarán el pago sobre esta base (hasta dos veces al año).
Los Estados miembros:
Cada dos meses, la comisión del Parlamento pertinente puede invitar a la Comisión para un intercambio de puntos de vista sobre los avances en el marco del Mecanismo.
La Comisión ha presentado los siguientes informes al Parlamento Europeo y al Consejo:
En diciembre de 2021, la Comisión puso en marcha el cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia, una plataforma pública en línea destinada a mostrar los progresos realizados en la aplicación del MRR en su conjunto y de los distintos planes nacionales de recuperación y resiliencia.
El Reglamento Delegado (UE) 2021/2105 complementa el Reglamento (UE) 2021/241 al definir una metodología para notificar los gastos sociales. Esta metodología, que incluye los gastos sociales relativos a la infancia y la juventud, y a la igualdad de género en el marco del Mecanismo, se basa en el gasto estimado que figura en los planes de recuperación y resiliencia aprobados.
El Reglamento Delegado (UE) 2021/2106 complementa el Reglamento (UE) 2021/241 definiendo los indicadores comunes y los elementos detallados del cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia.
Para más información, véase:
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (DO L 57 de , pp. 17-75).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2021/241 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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