Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Requisitos de diseño ecológico y etiquetado energético: refrigeradores domésticos

Requisitos de diseño ecológico y etiquetado energético: refrigeradores domésticos

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2019/2019 por el que se establecen los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de refrigeración

Reglamento delegado (UE) 2019/2016 por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1369 en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTOS REGLAMENTOS?

El Reglamento (UE) 2019/2019 de la Comisión establece los requisitos de diseño ecológico * para la venta o puesta en servicio de aparatos de refrigeración * que funcionen mediante conexión a la red eléctrica * y tengan una capacidad de entre 10 y 1 500 litros.

El Reglamento delegado (UE) 2019/2016 establece las normas de etiquetado, y suministro de información adicional sobre el producto, para estos aparatos de refrigeración.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento (UE) 2019/2019 de la Comisión:

  • establece, en el anexo II, las fechas de entrada en vigor de los requisitos de diseño ecológico: 1 de marzo de 2021 en primera instancia y medidas más restrictivas a partir del 1 de marzo de 2024. Estos abarcan:
    • la eficiencia energética
    • los aspectos funcionales
    • la utilización eficiente de los recursos
    • la información para los instaladores y los usuarios finales;
  • establece el procedimiento de evaluación de la conformidad y, en el anexo III, los métodos de cálculo y medición que deben seguirse.

Las autoridades nacionales deben aplicar los procedimientos de verificación recogidos en el anexo IV cuando efectúen los controles de vigilancia del mercado.

Los fabricantes, los importadores o sus representantes autorizados no deben ofrecer para la venta productos que puedan detectar que son objeto de ensayo y cambiar su rendimiento en consecuencia.

En el anexo V se establecen los valores de referencia indicativos basados en los productos y las tecnologías de mayor rendimiento disponibles para los aparatos de refrigeración desde el punto de vista de su índice de eficiencia energética y ruido emitido.

Este Reglamento derogará el Reglamento (CE) n.o 643/2009 a partir del 1 de marzo de 2021.

El Reglamento delegado (UE) 2019/2016 establece obligaciones en relación con:

  • los proveedores, a fin de garantizar que:
    • cada aparato de refrigeración cuente con una etiqueta impresa en el formato establecido en el anexo III
    • los parámetros de la ficha de información del producto, previstos en el anexo V, y el contenido de la documentación técnica (anexo VI) se introduzcan en la base de datos de los productos
    • la publicidad visual de un modelo particular contenga la clase de eficiencia energética y la variedad de clases disponibles de acuerdo con los anexos VII y VIII
    • el material técnico de promoción, incluido el de internet, relativo a un modelo particular que describa sus parámetros específicos indique la clase de eficiencia energética del aparato y la variedad de clases disponibles de conformidad con el anexo VII
    • para cada aparato de refrigeración, los distribuidores reciban una etiqueta electrónica con el formato recogido en el anexo III y una ficha electrónica de información del producto según lo previsto en el anexo V;
  • los distribuidores, a fin de garantizar que:
    • cada aparato de refrigeración que se ponga a la venta, también en las ferias comerciales, vaya provisto de una etiqueta, facilitada por los proveedores, que sea claramente visible, de conformidad con el anexo III
    • en los casos de venta a distancia, la etiqueta y la ficha de información del producto cumplan con los anexos VII y VIII
    • la publicidad visual, incluida la de internet, de un modelo particular contenga la clase de eficiencia energética y la variedad de clases disponibles de acuerdo con el anexo VII
    • el material técnico de promoción, incluido el de internet, relativo a un modelo particular que describa sus parámetros específicos indique la clase de eficiencia energética del aparato y la variedad de clases disponibles de conformidad con el anexo VII;
  • las plataformas de alojamiento de datos en internet, a fin de garantizar que
    • la etiqueta electrónica y la ficha electrónica de información del producto facilitadas por el distribuidor se presenten claramente, de conformidad con el anexo VIII, en todos los aparatos de refrigeración que se vendan directamente a través del sitio web.

Las autoridades nacionales deben aplicar el procedimiento de verificación recogido en el anexo IX cuando efectúen los controles de vigilancia del mercado.

La clase de eficiencia energética se basa en un índice establecido en el anexo II.

La Comisión Europea debe revisar el Reglamento 6 años después de su entrada en vigor, a la luz de los avances tecnológicos, También debe considerar abordar aspectos de la economía circular y la posibilidad de introducir símbolos para compartimentos que puedan reducir el desperdicio de alimentos y para el consumo anual de energía.

Este Reglamento derogará el Reglamento (UE) n.o 1060/2020 a partir del 1 de marzo de 2021.

Ninguno de los Reglamentos es aplicable a:

  • los armarios de conservación refrigerados profesionales y armarios abatidores de temperatura de uso profesional, salvo los arcones congeladores profesionales;
  • los aparatos de refrigeración utilizados directamente para la venta;
  • los aparatos móviles de refrigeración;
  • los aparatos cuya función principal no sea la conservación de alimentos mediante refrigeración.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ENTRAN EN VIGOR ESTOS REGLAMENTOS?

Ambos Reglamentos entrarán en vigor a partir del 1 de marzo de 2021.

ANTECEDENTES

La Directiva 2009/125/CE establece un marco para la definición de requisitos de diseño ecológico para los productos relacionados con la energía. Encarga a la Comisión que defina dichos requisitos para los productos que se vendan y comercialicen ampliamente en la Unión Europea (UE) y tengan un impacto medioambiental importante. El Reglamento (UE) 2017/1369 establece un marco para la definición de requisitos de etiquetado energético para los productos relacionados con la energía con el fin de permitir que los consumidores elijan productos más eficientes para reducir su consumo energético.

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Diseño ecológico: política destinada a mejorar, mediante un mejor diseño, el comportamiento medioambiental de los productos a lo largo de todo su ciclo de vida, en especial su eficiencia energética.
Aparato de refrigeración: armario aislado con uno o más compartimentos controlados a temperaturas específicas, refrigerados por convección natural o forzada.
Red eléctrica: suministro eléctrico procedente de la red de 230 voltios.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Reglamento (UE) 2019/2019 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de refrigeración de conformidad con la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga el Reglamento (CE) n.o 643/2009 de la Comisión (DO L 315 de 5.12.2019, pp. 187-208).

Reglamento delegado (UE) 2019/2016 de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración domésticos y se deroga el Reglamento Delegado (UE) n.o 1060/2010 de la Comisión (DO L 315 de 5.12.2019, pp. 102-133).

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017, por el que se establece un marco para el etiquetado energético y se deroga la Directiva 2010/30/UE (DO L 198 de 28.7.2017, pp. 1-23).

Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía (DO L 285 de 31.10.2009, pp. 10-35)

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2009/125/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 31.10.2019

Top