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Faster, more efficient cross-border criminal investigations in the EU
Investigaciones penales transfronterizas más rápidas y eficaces en la UE
Investigaciones penales transfronterizas más rápidas y eficaces en la UE
Investigaciones penales transfronterizas más rápidas y eficaces en la UE
La Directiva relativa a la Orden Europea de Investigación (OEI) establece un nuevo sistema general que permite que los países de la Unión Europea (UE) obtengan pruebas en otros países de la UE para causas penales en las que intervenga más de un país.
ACTO
Directiva 2014/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la orden europea de investigación en materia penal.
SÍNTESIS
Esta Directiva tiene por objeto la simplificación y aceleración de las investigaciones penales transfronterizas en la UE. Presenta la Orden Europea de Investigación, que permite que las autoridades judiciales de un país de la UE («Estado de emisión») soliciten que se obtengan pruebas y se transfieran desde otro país de la UE («Estado de ejecución»).
Dado que las OEI se basan en el principio de reconocimiento mutuo, teóricamente cada país de la UE está obligado a reconocer y atender dichas peticiones. Además, debe hacerse con prontitud y sin requerir otra formalidad.
Las OEI facilitan la lucha contra hechos constitutivos de delito, como la corrupción, el tráfico de drogas y el crimen organizado. Por ejemplo, la policía griega puede pedir a sus homólogos del Reino Unido (1) que lleven a cabo registros domiciliarios o que interroguen a los testigos en su nombre.
Las OEI mejoran la legislación europea en este ámbito estableciendo plazos estrictos para la obtención de pruebas solicitadas y limitando los motivos para la denegación de este tipo de solicitudes. Además, reducen el papeleo con la introducción de un formulario estándar único para que las autoridades soliciten ayuda cuando necesiten pruebas.
Aspectos clave de las OEI
Noventa días para actuar
Tras recibir una OEI, el Estado de ejecución deberá dar curso a la solicitud. Solamente podrá negarse a ello en determinadas circunstancias, como por ejemplo si la solicitud es contraria a los principios jurídicos fundamentales de ese país o perjudica sus intereses de seguridad nacional. Todos los costes de dar curso a la solicitud serán soportados por el Estado de ejecución.
El organismo que atienda la solicitud podrá elegir una medida de investigación alternativa a una OEI, si cree que generará resultados similares.
Las OEI también permiten:
Esta Directiva es aplicable a todos los países de la UE, salvo Dinamarca e Irlanda, que optaron por quedarse fuera y sustituye a los planes europeos de asistencia judicial mutua existentes, en particular al Convenio europeo de asistencia judicial mutua de 2000 y la Decisión Marco 2008/978/JAI relativa al exhorto europeo de obtención de pruebas.
REFERENCIAS
Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial de la Unión Europea |
Directiva 2014/41/UE |
21.5.2014 |
22.5.2017 |
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última actualización 10.09.2015
(1) El Reino Unido se retira de la Unión Europea y se convierte en un tercer país (no perteneciente a la UE) a partir del 1 de febrero de 2020.