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Strengthening economic and monetary union
Refuerzo de la unión económica y monetaria
Refuerzo de la unión económica y monetaria
Artículo 119 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
Artículo 120 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
Artículo 121 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
Esta Comunicación establece las medidas que deberían adoptarse para completar la etapa 1 de la unión económica y monetaria (UEM), que se inició el 1 de julio de 2015, no más tarde de principios de 2017. Desde entonces, ha seguido un documento de reflexión de la Comisión Europea con visión de futuro sobre la intensificación de la UEM.
Los artículos 119, 120 y 121 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea hacen referencia a la política económica y monetaria de la UE. En virtud de estos artículos, los países de la UE acuerdan:
La Comunicación pide:
En mayo de 2017, la Comisión, basándose en la comunicación de 2015, publicó un documento de reflexión sobre la profundización de la UEM. Este documento respaldó los 4 principios para fortalecer la moneda única y abordar conjuntamente cuestiones de interés común que van más allá de las fronteras nacionales. Los objetivos son:
El documento destacó la necesidad de avanzar en 3 áreas:
En junio de 2015, los presidentes de la Comisión, el Parlamento, el Banco Central Europeo, la Cumbre del Euro y el Eurogrupo presentaron su informe (Informe de los «5 presidentes») sobre la realización de una UEM. La comunicación detalla la hoja de ruta de la Fase 1 que contenía su informe.
El documento de reflexión de la UEM de la Comisión es parte de una serie lanzada por su Libro Blanco sobre el futuro de Europa en marzo de 2017, que incluye:
Para más información, véase:
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Tercera parte. Políticas y acciones internas de la Unión. Título VIII. Política económica y monetaria. Artículo 119 (antiguo artículo 4 del TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 96-97)
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Tercera parte. Políticas y acciones internas de la Unión. Título VIII. Política económica y monetaria. Capítulo 1. Política económica. Artículo 120 (antiguo artículo 98 del TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 97)
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Tercera parte. Políticas y acciones internas de la Unión. Título VIII. Política económica y monetaria. Capítulo 1. Política económica. Artículo 121 (antiguo artículo 99 del TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 97-98)
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Banco Central Europeo: Medidas destinadas a realizar la Unión Económica y Monetaria [COM(2015) 600 final de 21.10.2015]
Documento de reflexión sobre la profundización de la Unión Económica y Monetaria [COM(2017) 291 final, de 31.5.2017]
Realizar la Unión Económica y Monetaria europea, Informe de Jean-Claude Juncker en estrecha cooperación con Donald Tusk, Jeroen Dijsselbloem, Mario Draghi y Martin Schulz, 22 de junio de 2015
última actualización 01.12.2017
(1) El Reino Unido se retira de la Unión Europea y se convierte en un tercer país (no perteneciente a la UE) a partir del 1 de febrero de 2020.