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Mejora de los programas de calidad para productos agrícolas y alimenticios

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Mejora de los programas de calidad para productos agrícolas y alimenticios

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.o 1151/2012 sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

  • Busca mejorar la política de calidad de la Unión Europea (UE) en lo relativo a productos agrícolas al aumentar la coherencia de diversos programas de calidad.
  • Incluye medidas para garantizar condiciones equitativas de competencia para los agricultores y los productores que utilicen denominaciones de productos registrados, como la denominación de origen protegida (DOP), la indicación geográfica protegida (IGP) y la especialidad tradicional garantizada (ETG), a fin de:
    • proteger los derechos de propiedad intelectual;
    • proporcionar información veraz a los consumidores sobre dichos productos; y
    • apoyar actividades agrícolas y de procesado,
  • así como sistemas de cultivo asociados con productos de alta calidad, en línea con los objetivos de las políticas de desarrollo rural de la UE.

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

El Reglamento cubre productos agrícolas destinados al consumo humano, excepto las bebidas espirituosas y los productos vitivinícolas.

Características principales

Las características principales del Reglamento son las siguientes:

  • agrupa en un solo Reglamento las normas para el registro de productos designados como DOP, IGP y ETG desde la aplicación del Reglamento de Modificación (UE) 2021/2117;
  • establece un único conjunto de normas para las DOP, las IGP y las ETG referente a los procedimientos y el papel de los productores;
  • fortalece y simplifica los regímenes para las DOP, las IGP y las ETG;
  • refuerza y clarifica el nivel de protección de los nombres registrados y de los símbolos comunes de la UE;
  • abrevia y simplifica el procedimiento para registrar nombres (DOP, IGP y ETG);
  • permite presentar una objeción razonada por escrito en un plazo de tres meses a partir de la publicación de la solicitud en el Diario Oficial de la Unión Europea;
  • exige que los productos de la UE registrados y marcados como DOP, IGP o ETG según el presente Reglamento, así como los materiales publicitarios de tales productos, lleven etiquetas que muestren el símbolo de la UE y el nombre del producto;
  • desde la aplicación del Reglamento de Modificación (UE) 2017/625 (véase la síntesis), exige que antes de comercializar los productos se lleve a cabo una comprobación del respeto de las especificaciones de producto por parte de:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento (UE) n.o 1151/2012 está en vigor desde el 3 de enero de 2013, aunque el artículo 12, punto 3, y el artículo 23, punto 3, están en vigor desde el 4 de enero de 2016, sin efectos negativos para los productos ya comercializados antes de esta fecha.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 343 de 14.12.2012, pp. 1-29).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 999/2001, (CE) n.o 396/2005, (CE) n.o 1069/2009, (CE) n.o 1107/2009, (UE) n.o 1151/2012, (UE) n.o 652/2014, (UE) 2016/429 y (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 1/2005 y (CE) n.o 1099/2009 del Consejo, y las Directivas 98/58/CE, 1999/74/CE, 2007/43/CE, 2008/119/CE y 2008/120/CE del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 854/2004 y (CE) n.o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 89/608/CEE, 89/662/CEE, 90/425/CEE, 91/496/CEE, 96/23/CE, 96/93/CE y 97/78/CE del Consejo y la Decisión 92/438/CEE del Consejo (Reglamento sobre controles oficiales) (DO L 95 de 7.4.2017, pp. 1-142).

Véase la versión consolidada.

Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (DO L 336 de 23.12.2015, pp. 1-26).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 671-854).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1924/2006 y (CE) n.o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.o 608/2004 de la Comisión (DO L 304 de 22.11.2011, pp. 18-63).

Véase la versión consolidada.

última actualización 23.09.2022

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