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Document 52015AE6712

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro» [COM(2015) 692 final]

OJ C 177, 18.5.2016, p. 41–46 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

18.5.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 177/41


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro»

[COM(2015) 692 final]

(2016/C 177/07)

Ponente:

Michael IKRATH

Coponente:

Anne DEMELENNE

El 22 de diciembre de 2015, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro

[COM(2015) 692 final].

La Sección Especializada de unión económica y monetaria y Cohesión Económica y Social, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 3 de marzo de 2016.

En su 515.o pleno celebrado los días 16 y 17 de marzo de 2016 (sesión del 17 de marzo de 2016), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 201 votos a favor, 3 en contra y 6 abstenciones el presente dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.

El CESE acoge favorablemente, en principio, la creación de programas económicos prioritarios destinados a estimular el crecimiento en los países de la zona del euro al inicio del Semestre Europeo. No obstante, el Comité lamenta que no se haya consultado a la sociedad civil –en particular a los interlocutores sociales– sobre la concepción y los procesos nacionales del Semestre Europeo.

1.2.

El CESE considera que estas recomendaciones deben ayudar a reducir, y de ningún modo ampliar, la brecha existente entre los países de la zona del euro y el resto de Estados miembros. En particular, el objetivo es hacer un seguimiento a largo plazo de la evolución del euro a fin de que se convierta en la moneda común de todos los Estados miembros.

1.3.

El CESE reconoce la importancia del documento de la Comisión para la profundización de la unión económica y monetaria (UEM). Como ya se ha señalado en anteriores dictámenes (1), el Comité expresa su firme apoyo a reforzar aún más la UEM y culminarla. Los Estados miembros, tanto individual como colectivamente, deberían adoptar todas las medidas necesarias para garantizar una mayor convergencia e integración, especialmente en el ámbito económico. Ello debe ir aparejado con el avance hacia una unión fiscal de la zona del euro (que incluya un presupuesto específico), una unión social y una representación exterior única ante las instituciones financieras internacionales.

1.4.

El CESE reconoce la necesidad política de proporcionar a la zona del euro un sólido fundamento político e institucional, algo que no se ha logrado hasta ahora desde que se estableció la unión monetaria (2). Deben valorarse positivamente algunas iniciativas concretas como la creación de una unión bancaria y una unión de los mercados de capitales, pero estas no sustituyen la sólida arquitectura que se requiere.

1.5.

Asimismo, es evidente que los recientes programas de inversión para impulsar el empleo no han alcanzado sus objetivos de modo suficiente. Para lograr una recuperación del crecimiento y del empleo se necesita una combinación de políticas financieras, fiscales, presupuestarias, económicas y sociales. En contraposición con lo que se afirma en la Recomendación de la Comisión, la estrategia de la política presupuestaria debería diseñarse para ser más expansionista en lugar de neutra.

1.6.

El CESE considera que una política presupuestaria neutra, aunque sea preferible a una austeridad presupuestaria continuada, no es apropiada en las circunstancias actuales. Habida cuenta de que la recesión se traduce en un menor potencial de crecimiento, las políticas presupuestarias de la zona del euro han de hacer más de lo habitual para estimular la economía de la zona del euro en su conjunto. En este momento, los riesgos de recalentamiento de las economías son muy inferiores a los riesgos que se derivan del mantenimiento de una inflación baja o de una deflación. Por consiguiente, el CESE recomienda que se fomente un estímulo presupuestario centrado en la inversión pública: esto supondría un aumento de la demanda a corto plazo pero también incrementaría el potencial de crecimiento a largo plazo.

1.7.

Asimismo, el CESE aboga por una reducción de la fiscalidad del trabajo, siempre y cuando no se ponga en peligro la sostenibilidad financiera de los sistemas de protección social, que ya ahora son vulnerables. El Comité recuerda que los sistemas modernos de protección social deberían basarse en los principios de la solidaridad e igualdad de oportunidades, y no solamente en el fomento de la empleabilidad. Además, desde el punto de vista presupuestario, habrá que tener en cuenta las consecuencias de la robótica y la digitalización, que alterarán el mercado laboral, lo que probablemente tendrá un impacto en los ingresos fiscales.

1.8.

El CESE acoge con satisfacción que se haya revisado el concepto de flexibilidad, pero lo ideal sería que los contratos temporales dieran origen a contratos permanentes y no a empleo precario. Para combatir las crecientes desigualdades sociales es necesario crear empleo y hacer hincapié en la calidad del trabajo. Al mismo tiempo, el potencial de la economía colaborativa (sharing economy) debe explotarse plenamente y no sufrir menoscabo, y es preciso utilizar nuevas formas de empleo y de trabajo en beneficio de la sociedad, sin poner en peligro los derechos de los trabajadores y los sistemas de protección social.

1.9.

En los últimos ocho años el crecimiento de la zona del euro se ha visto afectado por la baja demanda y no por la escasez de la oferta. El ajuste de los mercados laborales ha sido asimétrico y desequilibrado y ha tenido lugar especialmente a través de la disminución de los salarios nominales y reales y la reducción de los costes laborales unitarios en los Estados miembros más afectados por la crisis. Así pues, el CESE concluye que las reformas estructurales por sí solas, destinadas a mejorar el lado de la oferta de las economías y, de esta manera, estimular la inversión y el crecimiento, no pueden ser la respuesta al problema de la débil recuperación. Al menos deberían priorizarse las reformas estructurales que puedan tener efectos positivos en la demanda a corto plazo, incluso en una situación de restricciones del crédito para los hogares y las empresas.

1.10.

Asimismo, el CESE pide un esfuerzo coordinado para crear un entorno más favorable a las pequeñas y medianas empresas (el 99 % de las empresas de la UE y aproximadamente el 60 % de los trabajadores, o alrededor de 65 millones de personas) mediante una mejora de la legislación y una reducción coherente de la burocracia, la garantía de una financiación suficiente y adecuada («acceso a la financiación») (3) y la facilitación sistemática de las exportaciones a mercados de fuera de la Unión Europea. Esto generará un margen para que las empresas inviertan en crecimiento y empleo.

1.11.

El CESE acoge favorablemente las iniciativas para la financiación de las pymes en el marco de la unión de los mercados de capitales. Sin embargo, existe particular necesidad de abrir nuevas oportunidades de financiación para las microempresas y las empresas emergentes, por ejemplo, el capital inicial, el capital riesgo, la microfinanciación y la microinversión colectiva y formas innovadoras de financiación como el capital de inversión. En este contexto, el CESE subraya la necesidad de crear, tal y como está previsto, un fondo de capital riesgo de la UE. Es oportuno evaluar de forma urgente las oportunidades que los nuevos modelos de banca (4) pueden brindar para la financiación de las empresas en la UE.

2.   Contexto

2.1.

A raíz del Informe de los cinco presidentes «Realizar la unión económica y monetaria europea», el Semestre Europeo cuenta con un nuevo enfoque para reforzar la integración entre la zona del euro y las esferas nacionales. Por primera vez, la Comisión publicó en noviembre una Recomendación para la zona del euro, junto con el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento para 2016, con el fin de integrar mejor la zona del euro y las dimensiones nacionales de la gobernanza económica de la UE.

2.2.

El objetivo es ofrecer oportunidades de debate y emitir recomendaciones para la zona del euro, antes de entablarse los debates específicos por países, de modo que los retos comunes se reflejen plenamente en acciones específicas para cada país. Esto supone un cambio importante respecto de los anteriores Semestres en los que las recomendaciones para la zona del euro se emitieron junto con las recomendaciones específicas por país al final del Semestre.

2.3.

La Comisión presentó cuatro recomendaciones sobre la política económica de la zona del euro, a saber:

seguir políticas que respalden la recuperación, fomenten la convergencia, faciliten la corrección de los déficits macroeconómicos y mejoren la capacidad de ajuste;

aplicar reformas que combinen contratos de trabajo flexibles y fiables, estrategias globales de aprendizaje permanente, políticas efectivas para ayudar a los desempleados a reintegrarse en el mercado de trabajo, sistemas de protección social modernos así como mercados de productos y servicios abiertos y competitivos. Reducir la cuña fiscal sobre el factor trabajo, especialmente sobre los trabajadores con bajos salarios, de forma neutra para el presupuesto a fin de reforzar la creación de empleo;

mantener en 2016 la estrategia fiscal globalmente neutra prevista. En cuanto a 2017, reducir la deuda pública para restablecer los estabilizadores presupuestarios, evitando al mismo tiempo la aparición de efectos procíclicos, en plena conformidad con las exigencias del Pacto de estabilidad y crecimiento, así como

facilitar la reducción gradual de los préstamos no productivos de los bancos y mejorar los procedimientos de insolvencia para las empresas y los hogares.

3.   Observaciones generales

3.1.

Por primera vez, los proyectos de recomendaciones de la zona del euro se publicarán a principios del ciclo del Semestre Europeo, junto con el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, el Informe sobre el Mecanismo de Alerta y el proyecto de Informe Conjunto sobre el Empleo. El CESE está de acuerdo en que este nuevo proceso puede ayudar a tener mejor en cuenta los intereses de toda la zona del euro a la hora de diseñar las políticas nacionales presentadas en los programas de estabilidad y los programas nacionales de reforma.

3.2.

El CESE lamenta que no se consultara a los interlocutores sociales y a la sociedad civil sobre el proyecto de recomendaciones económicas de la zona del euro y que los procedimientos nacionales aún no se hayan ajustado a la nueva versión del Semestre Europeo. En el marco del Semestre Europeo, el diálogo social puede impulsar el éxito económico, sostenible e inclusivo, así como el empleo y las reformas sociales. Los interlocutores sociales a todos los niveles deberían ponerse de acuerdo con las autoridades públicas competentes sobre una implicación auténtica, oportuna y significativa en el Semestre Europeo. Además, el CESE recomienda encarecidamente establecer una cooperación constante y estrecha en el futuro entre la Sección ECO del CESE y la Comisión ECON del PE.

3.3.

El CESE apoya el énfasis que se pone tanto en un enfoque coordinado por parte de todos los Estados miembros de la zona del euro como en las políticas monetarias, fiscales y estructurales y en las relativas a la oferta. Además, el CESE propone que las reformas estructurales se concreten en medidas políticas, de modo que se pueda apoyar la recuperación económica a corto plazo. La flexibilidad de los mercados laborales no debería dar lugar, como en años anteriores, a una pérdida del poder adquisitivo de los trabajadores a fin de que la demanda interna, un motor clave de crecimiento, no se vea comprometida. Esto significa que la competencia debe impulsarse mediante un aumento de la calidad y el crecimiento de la productividad debe fomentarse mediante la innovación, y no a través de la reducción de los precios y los salarios.

3.4.

Aunque el CESE reconoce que seguir profundizando y consolidando el euro presenta enormes desafíos ahora y en el futuro próximo para asegurar la protección a largo plazo de la moneda y de la zona del euro, considera que es deseable alcanzar los objetivos siguientes:

establecimiento de una representación exterior única de la zona del euro en los foros internacionales (Fondo Monetario Internacional, OCDE, etc.) (5);

establecimiento de una unión fiscal del euro;

establecimiento de una unión social, lo que significa que la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo deben involucrar aún más a los interlocutores sociales en todas las iniciativas legislativas.

3.5.

A la vista de la revisión intermedia del marco financiero plurianual (MFP) de la UE para 2014-2020 y de las reflexiones preparatorias sobre el nuevo MFP posterior a 2020, el CESE propone que la zona del euro tenga un presupuesto específico que debería: i) prever una transferencia de recursos temporal pero significativa en caso de perturbaciones regionales; ii) contrarrestar recesiones graves en toda la zona; iii) garantizar la estabilidad financiera. En la misma línea, la zona del euro debe tener —como primer paso hacia un gobierno económico— su propio ministro de Hacienda, que disponga de un sistema de recursos propios guiado por los principios de simplicidad, transparencia, equidad y responsabilidad democrática.

4.   Observaciones específicas

4.1.    Desequilibrios macroeconómicos

4.1.1.

El CESE coincide con la Comisión en que las reformas estructurales en los Estados miembros deberían continuar en función de las circunstancias específicas de cada país, con el fin de promover la convergencia y facilitar la corrección de los desequilibrios macroeconómicos. No obstante, debe existir un equilibrio entre las reformas estructurales y la inversión en actividades productivas que conduzca a la creación de empleo.

4.1.2.

El CESE acoge favorablemente la recomendación de la Comisión Europea de que los Estados miembros con grandes superávits en su balanza por cuenta corriente apliquen, con carácter prioritario, medidas que contribuyan a canalizar sus excesos de ahorro hacia la economía nacional para, de esta forma, impulsar la inversión interna. No obstante, estas medidas no deberían limitarse al lado de la oferta (por ejemplo, reformas de los mercados de productos) sino también incluir iniciativas gubernamentales más decisivas en materia de inversión pública, como el actual plan Juncker (6).

4.1.3.

El CESE considera que las subvenciones estatales deben adaptarse en particular a las pymes innovadoras. Para facilitar a este tipo de empresas un acceso más sencillo a la financiación, es responsabilidad del Estado, por un lado, conceder financiación que proporcione un impulso y, por otro, ofrecer un sistema de garantías públicas. La interacción pertinente entre el Estado, las pymes y las universidades e instituciones de investigación constituye un elemento importante del sistema de inversión.

4.1.4.

El CESE destaca que las exportaciones representan un motor clave de crecimiento para las pymes de la zona del euro. Además del tipo de cambio euro-dólar favorable que conlleva la política monetaria del BCE, los acuerdos de libre comercio son esenciales para aumentar las exportaciones. Si bien el CESE apoya la atención actual que recibe la negociación de la ATCI, también recomienda celebrar un acuerdo que facilite el acceso al mercado para las empresas europeas en sus intercambios comerciales con los mercados emergentes de elevado crecimiento. Es importante garantizar la protección de los derechos humanos y de las normas de la OIT, los derechos de los consumidores y la normativa medioambiental vigente en la UE.

4.2.    Mercados de trabajo, productos y servicios

4.2.1.

El CESE toma nota de que, aunque los mercados laborales siguen mejorando gradualmente (según los informes de la Comisión Europea), no se menciona que la tasa de empleo en la zona del euro, que ascendía al 68,9 % en 2015, sigue estando muy por debajo del objetivo principal de la Estrategia Europa 2020, cifrado en el 75 %. El CESE observa que, según las pruebas facilitadas por los servicios de la Comisión Europea (base de datos LABREF), no parece existir una relación positiva entre el número de reformas del mercado de trabajo aplicadas en cualquier fase (antes o después de la crisis) y el funcionamiento de ese mercado en los Estados miembros (7).

4.2.2.

Las reformas estructurales de los mercados de trabajo deben favorecer las inversiones sociales, es decir, las medidas que apoyan la formación permanente de los trabajadores empleados y desempleados, y garantizar que se fomente su seguridad económica, especialmente en el caso de los desempleados. Asimismo, el CESE aboga por una reducción de la fiscalidad del trabajo, siempre que esta reducción se vea compensada por otras fuentes de ingresos públicos. A medio plazo, un aumento de la tasa de población activa también puede contribuir a este proceso.

4.2.3.

Para solucionar los problemas europeos de competencia y sostenibilidad, el CESE recomienda crear un conglomerado digital europeo según el modelo del grupo Airbus, que goza de gran éxito. Esta cooperación multinacional incluye varias filiales de diferentes Estados miembros de la UE y es un actor clave en la economía y la industria europeas.

4.2.4.

El dominio digital de Estados Unidos ya representa una nueva forma de dominio mundial. Esto puede observarse de forma particularmente drástica en el campo financiero, donde los grandes bancos de inversión estadounidenses han creado vínculos muy estrechos de capital con las innovadoras tecnologías financieras que, a su vez, amenazan el modelo europeo de bancos clásicos para clientes (boring banks) y pueden competir con éxito en sus funciones básicas.

4.2.5.

Para concebir y desarrollar los detalles de un modelo comparable de conglomerado digital europeo, el CESE propone establecer a corto plazo un grupo de proyecto interdisciplinario. En este grupo, que debería contar con la cooperación del CESE, tendrían que participar representantes de la Comisión (comisario Oettinger) y de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (ITRE) del Parlamento Europeo. Con respecto a las cuestiones sobre financiación, es importante tener en cuenta desde el principio la compatibilidad con el programa de inversiones de Jean-Claude Juncker. La estrecha colaboración de las unidades de competencias del conglomerado digital europeo con las propias pymes dará un fuerte impulso al crecimiento y a la creación de nuevos puestos de trabajo.

4.3.    Políticas presupuestarias

4.3.1.

El CESE acoge con satisfacción que la Comisión Europea haga hincapié en examinar la estrategia presupuestaria de la zona del euro en su conjunto durante la elaboración de orientaciones para las políticas presupuestarias nacionales. No obstante, sin perjuicio de la independencia del BCE, el CESE señala que llama la atención la falta de un análisis de los cambios que se han registrado en la evolución de la política monetaria en la zona del euro a la hora de valorar si una política presupuestaria neutra es adecuada. Esto es, al menos, extraño, habida cuenta de que los miembros del Consejo de Gobierno del BCE se han referido públicamente en repetidas ocasiones a las políticas presupuestarias de la zona del euro (8).

4.3.2.

Esta omisión es preocupante, ya que la zona del euro se encuentra actualmente en una situación en que la capacidad de la política monetaria para estimular la demanda es muy limitada. La demanda se ha mantenido débil por tanto tiempo que la inflación (incluso sin considerar los precios del petróleo) está muy por debajo del objetivo del BCE del 2 %, mientras que los principales tipos de interés del BCE son casi cero, lo que no permitirá ninguna reducción adicional de importancia. La economía de la zona del euro se encuentra en la denominada «trampa de liquidez» y corre el riesgo de caer en una «trampa de deflación» si la inflación no repunta pronto. Si esto sucediera, la economía de la zona del euro se estancaría durante muchos años y, finalmente, amenazaría la viabilidad política del euro.

4.3.3.

La política poco convencional de expansión cuantitativa que el BCE ha mantenido con toda seriedad desde principios de 2015 no parece haber marcado una diferencia considerable (9) en el estímulo de la demanda. En tales circunstancias, y dada la presencia del fenómeno de la «histéresis» mencionado anteriormente (cuando la recesión se traduce en un menor potencial de crecimiento), las políticas presupuestarias en la zona del euro han de hacer más de lo habitual para estimular la economía de la zona del euro en su conjunto (10). Habida cuenta de las limitaciones de las políticas presupuestarias de los Estados miembros del sur de la zona del euro, sería necesario que las políticas presupuestarias de los Estados miembros que tienen un nivel de inflación por debajo del objetivo, unos reducidos costes de deuda pública, un ratio deuda/PIB comparativamente bajo y superávits en su balanza por cuenta corriente se expandieran para presionar la inflación por encima del objetivo del BCE del 2 %, de manera que, por término medio, la inflación en la zona del euro pudiera acelerarse de nuevo para acercarse al objetivo. En este momento, los riesgos de recalentamiento de las economías son muy inferiores a los riesgos que se derivan del mantenimiento de una inflación baja o de una deflación.

4.3.4.

Sin embargo, dada la inquietud sobre la sostenibilidad de la deuda pública, en un contexto de cambios demográficos, las políticas presupuestarias expansionistas, especialmente en los Estados miembros con elevados superávits en la balanza por cuenta corriente, pueden y deben expandirse gracias a un aumento del gasto en inversión pública. Un estímulo presupuestario centrado en la inversión pública supondría un aumento de la demanda a corto plazo pero también incrementaría el potencial de crecimiento a largo plazo. Esta inversión pública podría centrarse no solo en las infraestructuras sino también en las políticas de educación y desarrollo de las competencias («inversión social»).

4.4.    El sector financiero

4.4.1.

El CESE pide la creación de una legislación europea sobre insolvencia que, por una parte, abra la posibilidad de aliviar la deuda de los hogares y, por otra, facilite a las empresas emergentes afrontar las situaciones de quiebra. De este modo, se mejorará el poder adquisitivo de los hogares y se fomentará la creación de empresas.

4.4.2.

Un problema aún sin resolver, pero grave, es que en los bancos de la zona del euro haya unos 900 000 millones de euros de préstamos no productivos. Solo si los reducen podrán los bancos ampliar sus préstamos a empresas y hogares, aumentando así la eficacia de la relajación de la política monetaria del BCE para mejorar las perspectivas de crecimiento y reforzar la confianza del mercado. Debería solicitarse a las instituciones políticas y de supervisión pertinentes de la zona del euro que presentaran proyectos relevantes al respecto.

4.4.3.

Como consecuencia de la crisis financiera se llegó al consenso de que uno de los objetivos centrales consistía en reducir significativamente los riesgos soberanos en los balances de los bancos europeos. La situación actual de la mayoría de los bancos demuestra que los riesgos soberanos han aumentado de forma espectacular. El CESE subraya que la primera prioridad debería consistir en reducir estos riesgos soberanos en los balances para garantizar en el futuro la estabilidad del sector bancario y financiero, también a la luz de la reciente propuesta del Sistema de Garantía de Depósitos Europeo (11) («EDIS», por sus siglas en inglés),

4.4.4.

El CESE señala que, para que los efectos positivos en la demanda se materialicen, los hogares y las empresas no deben ver limitada su liquidez. Restablecer los flujos de crédito positivos ayudaría a estimular la demanda pero también a aumentar la eficacia de la política monetaria del BCE a la hora de mejorar las perspectivas de crecimiento y reforzar la confianza del mercado. Debería solicitarse a las instituciones políticas y de supervisión pertinentes de la zona del euro que presentaran proyectos relevantes al respecto.

4.4.5.

Por otra parte, el CESE pide que el programa de reformas y los organismos de supervisión hagan mayor hincapié en una mayor transparencia y en la supervisión de las entidades no bancarias y del sistema bancario en la sombra a fin de garantizar de manera sostenible la estabilidad de los sistemas financieros y restaurar su función para la economía real, en particular en el ámbito de la titulización (12). Debería garantizarse que los fondos especulativos y las entidades financieras que deben cumplir objetivos de máximo rendimiento (fondos buitre) no utilicen los valores como instrumentos de inversión de carácter especulativo.

4.4.6.

Dado que las actividades especulativas de los bancos de inversión fueron en gran medida las causantes de la crisis financiera, la actividad bancaria especulativa sigue constituyendo una amenaza latente para la estabilidad del mercado financiero. Aún no se ha examinado a fondo cómo es posible que las actividades de mercado muy especulativas (como la negociación de alta frecuencia) puedan tener lugar cuando el objetivo es conseguir mercados más estables en el mundo, y es necesario separar estrictamente las prácticas de inversión de bajo riesgo y el negocio crediticio de las actividades de alto riesgo de los bancos de inversión. Para esto ya existe una serie de modelos, como el modelo Vickers y la norma Volcker. El CESE recomienda establecer una Ley Glass-Steagall en la Unión Europea, ya que otros mercados financieros (como Estados Unidos y los países BRIC) están debatiendo volver a aplicarla para mejorar la estabilidad del sector bancario. Esto evitaría riesgos a los ahorradores y los contribuyentes.

Bruselas, 17 de marzo de 2016.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Georges DASSIS


(1)  Véanse los Dictámenes del CESE «Completar la UEM-la próxima legislatura europea» (DO C 451 de 16.12.2014, p. 10); y «Completar la UEM: el pilar político», (DO C 332 de 8.10.2015, p. 8).

(2)  Ídem.

(3)  Véase el Dictamen del CESE sobre el tema «Plan de acción para una unión de los mercados de capitales» (DO C 133 de 14.4.2016, p. 17).

(4)  Véanse, por ejemplo, los comentarios relativos a la finanza islámica en los anteriores dictámenes del CESE «Estructuras de financiación para las pymes en el contexto de la situación financiera actual» (DO C 48 de 15.2.2011, p. 33) y «Un plan de acción para mejorar el acceso a financiación de las pymes» (DO C 351 de 15.11.2012, p. 45).

(5)  Véase el Dictamen del CESE sobre el tema «Representación exterior de la zona del euro» (véase la página 16 del presente Diario Oficial).

(6)  OFCE, ECLM, IMK, AK-Wien, INE-GSEE (2015), The Independent Annual Growth Survey 2016, París.

(7)  ETUI/ETUC (2015), Benchmarking Working Europe 2015, Bruselas, ETUI, p. 26.

(8)  El ejemplo más destacado fue el discurso El desempleo en la zona del euro del presidente Draghi en Jackson Hole, agosto de 2014 (https://www.ecb.europa.eu/press/key/date/2014/html/sp140822.en.html).

(9)  http://epthinktank.eu/2015/12/10/the-ecbs-quantitative-easing-early-results-and-possible-risks/.

(10)  Theodoropoulou S. (2015), How to avert the risk of deflation in Europes: rethinking the policy mix and European economic governance, Bruselas, ETUI.

(11)  Véase el Dictamen del CESE sobre el tema «Sistema Europeo de Garantía de Depósitos» (véase la página 21 del presente Diario Oficial).

(12)  Véase el Dictamen del CESE sobre el tema «Marco jurídico para la titulización» (DO C 82 de 3.3.2016, p. 1).


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