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Document 32024D3206
Council Implementing Decision (EU) 2024/3206 of 10 December 2024 amending Implementing Decision (EU) 2015/2429 authorising Latvia to introduce a special measure derogating from point (a) of Article 26(1) and Articles 168 and 168a of Directive 2006/112/EC on the common system of value added tax
Decisión de Ejecución (UE) 2024/3206 del Consejo, de 10 de diciembre de 2024, que modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2429 por la que se autoriza a Letonia a aplicar una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, letra a), y en los artículos 168 y 168 bis de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido
Decisión de Ejecución (UE) 2024/3206 del Consejo, de 10 de diciembre de 2024, que modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2429 por la que se autoriza a Letonia a aplicar una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, letra a), y en los artículos 168 y 168 bis de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido
ST/15717/2024/INIT
DO L, 2024/3206, 19.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/3206/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Extended validity | 32015D2429 | 12/12/2024 | 31/12/2027 | ||
Modifies | 32015D2429 | sustitución | artículo 6 | 12/12/2024 |
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Diario Oficial |
ES Serie L |
2024/3206 |
19.12.2024 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2024/3206 DEL CONSEJO
de 10 de diciembre de 2024
que modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2429 por la que se autoriza a Letonia a aplicar una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, letra a), y en los artículos 168 y 168 bis de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (1), y en particular su artículo 395, apartado 1, párrafo primero,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Los artículos 168 y 168 bis de la Directiva 2006/112/CE regulan el derecho de los sujetos pasivos a deducir el impuesto sobre el valor añadido (IVA) que grava las entregas de bienes y las prestaciones de servicios que vayan a utilizar para las necesidades de sus operaciones gravadas. El artículo 26, apartado 1, letra a), de esa Directiva exige la declaración del IVA cuando los bienes de la empresa se utilizan con fines privados de los sujetos pasivos o de su personal o, más en general, con fines distintos de los profesionales. |
(2) |
La Decisión de Ejecución (UE) 2015/2429 del Consejo (2), en su versión modificada por las Decisiones de Ejecución (UE) 2018/1921 (3) y (UE) 2021/1968 del Consejo (4), autoriza a Letonia, hasta el 31 de diciembre de 2024, a limitar al 50 % el derecho a deducción del IVA aplicable a los gastos relacionados con los vehículos de turismo no utilizados exclusivamente con fines profesionales y a no asimilar a una prestación de servicios a título oneroso la utilización con fines privados de un vehículo de turismo que figure entre los bienes afectados a la empresa de un sujeto pasivo, cuando dicho vehículo esté sujeto a una restricción autorizada de conformidad con el artículo 1 de dicha Decisión (en lo sucesivo, «medida especial»). |
(3) |
Mediante carta registrada en la Comisión el 15 de mayo de 2024, Letonia solicitó una autorización, de conformidad con el artículo 395, apartado 2, párrafo primero, de la Directiva 2006/112/CE, para seguir aplicando la medida especial (en lo sucesivo, «solicitud»). |
(4) |
De conformidad con el artículo 395, apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva 2006/112/CE, la Comisión transmitió la solicitud a los demás Estados miembros mediante carta de 10 de septiembre de 2024. Mediante carta de 11 de septiembre de 2024, la Comisión notificó a Letonia que disponía de toda la información necesaria para examinar su solicitud. |
(5) |
De conformidad con el artículo 6, apartado 2, de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2429, Letonia presentó, junto con la solicitud, un informe que incluía la revisión del porcentaje fijado para la limitación del derecho a la deducción del IVA a que se refiere el artículo 1 de dicha Decisión de Ejecución. Teniendo en consideración la información actualmente disponible, a saber, la experiencia en materia de auditorías tributarias y los datos estadísticos relativos al uso privado de los vehículos de turismo, Letonia sostiene que el límite del 50 % sigue siendo justificable y adecuado. |
(6) |
Dado que la medida especial ha tenido un impacto positivo en lo que respecta a la carga administrativa de los contribuyentes y de las autoridades tributarias, al simplificar la recaudación del IVA y prevenir la evasión fiscal que podría derivarse de una incorrecta llevanza de registros, la Comisión considera adecuado autorizar la prórroga de la medida especial. Por lo tanto, procede autorizar a Letonia a seguir aplicando la medida especial hasta el 31 de diciembre de 2027. |
(7) |
Procede limitar la duración de la prórroga de la medida especial, de modo que pueda evaluarse su eficacia y determinarse si el tipo de reparto resulta adecuado. |
(8) |
La medida especial es proporcionada a los objetivos perseguidos, a saber, simplificar el procedimiento de recaudación del IVA e impedir determinadas formas de evasión o elusión fiscal, ya que tiene una duración y un ámbito de aplicación limitados. Además, la medida especial no implica un riesgo de que el fraude se desplace a otros sectores o a otros Estados miembros. |
(9) |
En caso de que Letonia considere necesario solicitar una prórroga de la medida especial más allá de 2027, debe remitir una solicitud para dicha prórroga a la Comisión, a más tardar el 31 de marzo de 2027. Dicha solicitud debe venir acompañada de un informe que incluya una revisión del porcentaje aplicado. |
(10) |
Según la información facilitada por Letonia, la medida especial solo tendrá una incidencia insignificante sobre el importe global de los ingresos tributarios recaudados por Letonia en la fase de consumo final y no tendrá repercusiones negativas sobre los recursos propios de la Unión procedentes del IVA. |
(11) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2429 en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 6 de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2429 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 6
1. La presente Decisión expirará el 31 de diciembre de 2027.
2. Cualquier solicitud de prórroga de la autorización establecida en la presente Decisión se transmitirá a la Comisión el 31 de marzo de 2027 a más tardar e irá acompañada de un informe que incluya la revisión del porcentaje establecido en el artículo 1.».
Artículo 2
La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.
Artículo 3
El destinatario de la presente Decisión es la República de Letonia.
Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2024.
Por el Consejo
El Presidente
VARGA M.
(1) DO L 347 de 11.12.2006, p. 1.
(2) Decisión de Ejecución (UE) 2015/2429 del Consejo, de 10 de diciembre de 2015, por la que se autoriza a Letonia a aplicar una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, letra a), y en los artículos 168 y 168 bis de la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 334 de 22.12.2015, p. 15).
(3) Decisión de Ejecución (UE) 2018/1921 del Consejo, de 4 de diciembre de 2018, que modifica la Decisión de Ejecución 2013/191/UE por la que se autoriza a Letonia a aplicar una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, letra a), y en los artículos 168 y 168 bis de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 311 de 7.12.2018, p. 36).
(4) Decisión de Ejecución (UE) 2021/1968 del Consejo, de 9 de noviembre de 2021, que modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2429 por la que se autoriza a Letonia a aplicar una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, letra a), y en los artículos 168 y 168 bis de la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 401 de 12.11.2021, p. 1).
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/3206/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)