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Document 32009D0621
2009/621/EC: Commission Decision of 20 August 2009 amending Decision 2008/185/EC as regards the inclusion of Northern Ireland in the list of regions where an approved national control programme for Aujeszky’s disease is in place (notified under document C(2009) 6394) (Text with EEA relevance )
2009/621/CE: Decisión de la Comisión, de 20 de agosto de 2009 , por la que se modifica la Decisión 2008/185/CE en lo que respecta a la inclusión de Irlanda del Norte en la lista de regiones donde existe un programa nacional aprobado de lucha contra la enfermedad de Aujeszky [notificada con el número C(2009) 6394] (Texto pertinente a efectos del EEE )
2009/621/CE: Decisión de la Comisión, de 20 de agosto de 2009 , por la que se modifica la Decisión 2008/185/CE en lo que respecta a la inclusión de Irlanda del Norte en la lista de regiones donde existe un programa nacional aprobado de lucha contra la enfermedad de Aujeszky [notificada con el número C(2009) 6394] (Texto pertinente a efectos del EEE )
OJ L 217, 21.8.2009, p. 5–6
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Special edition in Croatian: Chapter 03 Volume 040 P. 252 - 253
No longer in force, Date of end of validity: 20/04/2021; derog. impl. por 32021R0620
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32008D0185 | sustitución | anexo 2 | DATEFF |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Implicitly repealed by | 32021R0620 | 21/04/2021 |
21.8.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 217/5 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 20 de agosto de 2009
por la que se modifica la Decisión 2008/185/CE en lo que respecta a la inclusión de Irlanda del Norte en la lista de regiones donde existe un programa nacional aprobado de lucha contra la enfermedad de Aujeszky
[notificada con el número C(2009) 6394]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/621/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Directiva 64/432/CEE establece las normas aplicables a los intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina. Su artículo 9 establece los criterios de aprobación de los programas nacionales obligatorios de lucha contra algunas enfermedades contagiosas, como la enfermedad de Aujeszky. |
(2) |
La Decisión 2008/185/CE de la Comisión, de 21 de febrero de 2008, por la que se establecen garantías suplementarias en los intercambios intracomunitarios de animales de la especie porcina en relación con la enfermedad de Aujeszky, así como los criterios para facilitar información sobre dicha enfermedad (2), prescribe garantías adicionales para los desplazamientos de cerdos entre Estados miembros. Dichas garantías están relacionadas con la clasificación de los Estados miembros en función de su situación respecto a la citada enfermedad. |
(3) |
En el anexo II de la Decisión 2008/185/CE figura una lista de los Estados miembros o las regiones de los mismos donde existen programas aprobados de lucha contra la enfermedad de Aujeszky. |
(4) |
El Reino Unido ha presentado a la Comisión los justificantes relativos a la situación respecto a la enfermedad de Aujeszky en Irlanda del Norte. Allí se aplica un programa nacional de lucha contra la enfermedad de Aujeszky desde hace varios años. |
(5) |
La Comisión ha examinado la documentación presentada por el Estado miembro y ha comprobado que el programa nacional de lucha contra esta enfermedad en Irlanda del Norte cumple los criterios establecidos en el artículo 9, apartado 1, de la Directiva 64/432/CEE. En consecuencia, debe incluirse a Irlanda del Norte en la lista del anexo II de la Decisión 2008/185/CE. |
(6) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión 2008/185/CE en consecuencia. |
(7) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo II de la Decisión 2008/185/CE se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 20 de agosto de 2009.
Por la Comisión
Androulla VASSILIOU
Miembro de la Comisión
(1) DO 121 de 29.7.1964, p. 1977/64.
(2) DO L 59 de 4.3.2008, p. 19.
ANEXO
«ANEXO II
Estados miembros o regiones de los mismos en los que existen programas aprobados de lucha contra la enfermedad de Aujeszky
Código ISO |
Estado miembro |
Regiones |
BE |
Bélgica |
Todas las regiones |
ES |
España |
El territorio de las Comunidades Autónomas de Galicia, País Vasco, Asturias, Cantabria, Navarra y La Rioja El territorio de las provincias de León, Zamora, Palencia, Burgos, Valladolid y Ávila en la Comunidad Autónoma de Castilla y León El territorio de la provincia de Las Palmas en Canarias |
HU |
Hungría |
Todas las regiones |
IT |
Italia |
La provincia de Bolzano |
UK |
Reino Unido |
Todas las regiones de Irlanda del Norte» |