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Document C2009/315/04

    Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5685 — Louis Dreyfus/Fin Lov/SBM/Mangas Gaming) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado Texto pertinente a efectos del EEE

    DO C 315 de 23.12.2009, p. 8–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    23.12.2009   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 315/8


    Notificación previa de una operación de concentración

    (Asunto COMP/M.5685 — Louis Dreyfus/Fin Lov/SBM/Mangas Gaming)

    Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    2009/C 315/04

    1.

    El 14 de diciembre de 2009, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), y siguiendo un proceso de remisión conforme a su artículo 4, apartado 5, de un proyecto de concentración por el cual las empresas Louis Dreyfus S.A.S. («LD», Francia), Financières Lov S.A.S.(«Fin Lov», Francia) y la Société Anonyme des Bains de Mer et du Cercle des Etrangers à Monaco («SBM», Mónaco) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento, de Mangas Gaming S.A.S. («MG», Francia) mediante la adquisición de acciones.

    2.

    Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

    LD: actividades en los sectores del negocio de cereales, de materias primas (arroz, azúcar, etanol, café, algodón, cítricos, oleaginosos, etc.), de la energía e inmobiliario,

    Fin Lov: sociedad de cartera integrada en el Lov Group. Lov Group está presente principalmente en los sectores de la producción audiovisual, la hostelería, los juegos en línea (a través de MG), de la energía y de la promoción musical en línea,

    SBM: actividades en los sectores de la hostelería, la restauración, los casinos e inmobiliario. Actividades en el sector de los juegos en línea a través de su participación en MG,

    MG: actividades en el sector de los juegos en línea.

    3.

    Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

    4.

    La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

    Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301 o 22967244) o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5685 — Louis Dreyfus/Fin Lov/SBM/Mangas Gaming, a la siguiente dirección:

    Comisión Europea

    Dirección General de Competencia

    Registro de Concentraciones

    1049 Bruxelles/Brussel

    BELGIQUE/BELGIË


    (1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

    (2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


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