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Document C2006/036/23

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta), de 15 de diciembre de 2005 , en el asunto C-253/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Helénica ( Incumplimiento de Estado — Directiva 2002/21/CE — Redes y servicios de comunicaciones electrónicas — Marco regulador común — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado )

DO C 36 de 11.2.2006, p. 13–13 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

11.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 36/13


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Quinta)

de 15 de diciembre de 2005

en el asunto C-253/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Helénica (1)

(«Incumplimiento de Estado - Directiva 2002/21/CE - Redes y servicios de comunicaciones electrónicas - Marco regulador común - No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»)

(2006/C 36/23)

Lengua de procedimiento: griego

En el asunto C-253/04, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 14 de junio de 2004, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. G. Zavvos y M. Shotter) contra República Helénica (agente: Sra. N. Dafniou), el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por el Sr. J. Makarczyk, Presidente de Sala, y la Sra. R. Silva de Lapuerta y el Sr. P. Kūris (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. A. Tizzano; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 15 de diciembre de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Declarar que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva «marco»), al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva.

2)

Condenar en costas a la República Helénica.


(1)  DO C 201, de 7.8.2004.


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