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Document C2005/082/25

Asunto C-31/05: Recurso interpuesto el 28 de enero de 2005 contra la República francesa por la Comisión de las Comunidades Europeas

DO C 82 de 2.4.2005, p. 12–12 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

2.4.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 82/12


Recurso interpuesto el 28 de enero de 2005 contra la República francesa por la Comisión de las Comunidades Europeas

(Asunto C-31/05)

(2005/C 82/25)

Lengua de procedimiento: francés

En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 28 de enero de 2005 un recurso contra la República francesa formulado por la Comisión de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. Michael Shotter, en calidad de agente, que designa domicilio en Luxemburgo.

La Comisión de las Comunidades Europeas solicita al Tribunal de Justicia que:

1)

Declare que la República francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud:

del artículo 18 de la Directiva 2002/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión (Directiva «acceso»), DO L 108 de 24.4.2002, p. 7;

del artículo 18 de la Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva «autorización»), DO L 108 de 24.4.2002, p. 21;

del artículo 28 de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva «marco»), DO L 108 de 24.4.2002, p. 33;

al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dichas Directivas o, en cualquier caso, al no haberlas comunicado a la Comisión.

2)

Condene en costas a la República francesa.

Motivos y principales alegaciones

El plazo para la adaptación del Derecho interno a la Directiva expiró el 24 de julio de 2003.


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