Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62022TN0076

    Asunto T-76/22: Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2022 — Schwa-Medico/EUIPO — Med-El Elektromedizinische Geräte (STIWELL)

    DO C 148 de 4.4.2022, p. 36–37 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
    DO C 148 de 4.4.2022, p. 29–29 (GA)

    4.4.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 148/36


    Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2022 — Schwa-Medico/EUIPO — Med-El Elektromedizinische Geräte (STIWELL)

    (Asunto T-76/22)

    (2022/C 148/48)

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: francés

    Partes

    Recurrente: Schwa-Medico, Medizinische Apparate, Vertriebsgesellschaft mbH (Ehringshausen, Allemagne) (representantes: E. Fortunet y P. Marchiset, abogados)

    Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Med-El Elektromedizinische Geräte GesmbH (Innsbruck, Austria)

    Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

    Titular de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

    Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión STIWELL — Marca de la Unión n.o 4072542

    Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de anulación

    Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de noviembre de 2021 en el asunto R 1383/2020-1

    Pretensiones

    La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

    Anule la resolución impugnada, en la medida en que desestima la solicitud de caducidad de la marca de la Unión STIWELL n.o 4 072 542 para los productos «aparatos de estimulación neuromuscular» de la clase 10, y en la medida en que rehúsa fijar el punto de partida de la fecha de caducidad respecto de la totalidad de los productos el día del quinto aniversario de la publicación del registro de dicha marca en el Boletín de marcas de la Unión Europea (el 21 de febrero de 2011).

    Condene a la EUIPO y a la sociedad Med-El a cargar con las costas del presente recurso.

    Motivos invocados

    Infracción del artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo y motivación insuficiente de su resolución, por cuanto la Sala de Recurso analizó incorrectamente el concepto de uso efectivo de la marca al no llevar a cabo una apreciación global que tuviese en cuenta todos los factores y se apoyase en la totalidad de los hechos.

    Infracción del artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo y motivación insuficiente de su resolución por cuanto la Sala de Recurso analizó incorrectamente el concepto de uso efectivo de la marca al apreciar la especificidad de los productos atendiendo a la actividad del titular de la marca y no atendiendo a la denominación de los productos.

    Infracción del artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 2017/1001 del Parlamento y del Consejo y motivación insuficiente de su resolución por cuanto la Sala de Recurso analizó incorrectamente el concepto de uso efectivo de la marca al adoptar motivos contradictorios en relación con la supuesta especificidad de los referidos productos.

    Error cometido por la Sala de Recurso en cuanto a la fijación de la fecha de efecto de la caducidad y en cuanto al hecho de haber exigido un motivo legítimo y de haber interpretado mal ese motivo legítimo.


    Top