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Document 62021CA0516

Asunto C-516/21, Finanzamt X (Herramientas y maquinaria de instalación fija): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 4 de mayo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof — Alemania) — Finanzamt X / Y [Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 135, apartado 2, párrafo primero, letra c) — Excepciones a la exención prevista en el artículo 135, apartado 1, letra l) — Arrendamiento de herramientas y de maquinaria de instalación fija en el marco del arrendamiento de un edificio agrícola]

DO C 216 de 19.6.2023, p. 10–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

19.6.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 216/10


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 4 de mayo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof — Alemania) — Finanzamt X / Y

[Asunto C-516/21, (1) Finanzamt X (Herramientas y maquinaria de instalación fija)]

(Procedimiento prejudicial - Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 135, apartado 2, párrafo primero, letra c) - Excepciones a la exención prevista en el artículo 135, apartado 1, letra l) - Arrendamiento de herramientas y de maquinaria de instalación fija en el marco del arrendamiento de un edificio agrícola)

(2023/C 216/12)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesfinanzhof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Finanzamt X

Recurrida: Y

Fallo

El artículo 135, apartado 2, párrafo primero, letra c), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido,

debe interpretarse en el sentido de que

no se aplica al arrendamiento de herramientas y maquinaria de instalación fija cuando ese arrendamiento constituye una prestación accesoria a una prestación principal de arrendamiento de un edificio, realizada en el marco de un contrato de arrendamiento celebrado entre las mismas partes y exenta en virtud del artículo 135, apartado 1, letra l), de esa Directiva, y tales prestaciones forman una prestación económica única.


(1)  DO C 95 de 28.2.2022.


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