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Document 62020CA0697
Case C-697/20: Judgment of the Court (Sixth Chamber) of 24 March 2022 (request for a preliminary ruling from the Naczelny Sąd Administracyjny — Poland) — W.G. v Dyrektor Izby Skarbowej w L. (Reference for a preliminary ruling — Taxation — Value added tax (VAT) — Directive 2006/112/EC — Article 9 — Taxable person — Articles 295 and 296 — Flat-rate scheme for farmers — Spouses engaged in an agricultural activity using property forming part of the marital community of property — Possibility for those spouses to be regarded as separate taxable persons for VAT purposes — Choice on the part of one of the spouses to give up flat-rate farmer status and to bring her activity under the normal VAT arrangements — Loss of flat-rate farmer status for the other spouse)
Asunto C-697/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 24 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — W.G. / Dyrektor Izby Skarbowej w L. [Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 9 — Sujeto pasivo — Artículos 295 y 296 — Régimen de tanto alzado de los productores agrícolas — Cónyuges que ejercen una actividad agrícola utilizando el patrimonio de su sociedad de gananciales — Posibilidad de que dichos cónyuges sean considerados sujetos pasivos distintos a efectos del IVA — Decisión de uno de los cónyuges de renunciar al estatuto de agricultor en régimen de tanto alzado y de someter su actividad al régimen general del IVA — Pérdida para el otro cónyuge de la condición de agricultor en régimen de tanto alzado]
Asunto C-697/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 24 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — W.G. / Dyrektor Izby Skarbowej w L. [Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 9 — Sujeto pasivo — Artículos 295 y 296 — Régimen de tanto alzado de los productores agrícolas — Cónyuges que ejercen una actividad agrícola utilizando el patrimonio de su sociedad de gananciales — Posibilidad de que dichos cónyuges sean considerados sujetos pasivos distintos a efectos del IVA — Decisión de uno de los cónyuges de renunciar al estatuto de agricultor en régimen de tanto alzado y de someter su actividad al régimen general del IVA — Pérdida para el otro cónyuge de la condición de agricultor en régimen de tanto alzado]
DO C 198 de 16.5.2022, p. 8–8
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 198 de 16.5.2022, p. 7–8
(GA)
16.5.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 198/8 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 24 de marzo de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — W.G. / Dyrektor Izby Skarbowej w L.
(Asunto C-697/20) (1)
(Procedimiento prejudicial - Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 9 - Sujeto pasivo - Artículos 295 y 296 - Régimen de tanto alzado de los productores agrícolas - Cónyuges que ejercen una actividad agrícola utilizando el patrimonio de su sociedad de gananciales - Posibilidad de que dichos cónyuges sean considerados sujetos pasivos distintos a efectos del IVA - Decisión de uno de los cónyuges de renunciar al estatuto de agricultor en régimen de tanto alzado y de someter su actividad al régimen general del IVA - Pérdida para el otro cónyuge de la condición de agricultor en régimen de tanto alzado)
(2022/C 198/11)
Lengua de procedimiento: polaco
Órgano jurisdiccional remitente
Naczelny Sąd Administracyjny
Partes en el procedimiento principal
Demandante: W.G.
Demandada: Dyrektor Izby Skarbowej w L.
Fallo
Los artículos 9, 295 y 296 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, deben interpretarse en el sentido de que:
— |
se oponen a la práctica de un Estado miembro que excluye que los cónyuges que ejercen una actividad agrícola en el marco de una misma explotación, utilizando el patrimonio de su sociedad de gananciales, puedan ser considerados sujetos pasivos distintos a efectos del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en el caso de que cada uno de los cónyuges ejerza una actividad económica con carácter independiente; |
— |
no se oponen a que, en circunstancias en las que los cónyuges ejercen dicha actividad agrícola en el régimen de tanto alzado de los productores agrícolas, la decisión de uno de los cónyuges de someter su actividad al régimen general del IVA suponga para el otro cónyuge la pérdida del estatuto de agricultor en régimen de tanto alzado cuando, tras examinar la situación concreta, ello resulte necesario para evitar riesgos de abuso y de fraude que no pueden ser excluidos mediante la aportación por los cónyuges de pruebas adecuadas, o cuando el ejercicio por los cónyuges de dicha actividad, de forma independiente y cada uno de ellos en el marco del régimen general del IVA, no presente dificultades administrativas con respecto a la situación de la existencia concomitante de dos estatutos diferentes para dichos cónyuges. |