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Document 62019CN0209

Asunto C-209/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Saarbrücken (Alemania) el 5 de marzo de 2019 — SM/Sparkasse Saarbrücken

DO C 206 de 17.6.2019, pp. 22–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

17.6.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 206/22


Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Saarbrücken (Alemania) el 5 de marzo de 2019 — SM/Sparkasse Saarbrücken

(Asunto C-209/19)

(2019/C 206/27)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landgericht Saarbrücken

Partes en el procedimiento principal

Demandante: SM

Demandada: Sparkasse Saarbrücken

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Debe interpretarse el artículo 10, apartado 2, letra p), de la Directiva 2008/48/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo, en el sentido de que los datos necesarios sobre el «plazo» o las «demás condiciones para [ejercer el derecho de desistimiento]» incluyen también las condiciones para que comience a correr el plazo de desistimiento?

2.

En caso de respuesta afirmativa a la cuestión 1:

¿Se opone el artículo 10, apartado 2, letra p), de la Directiva 2008/48 a una interpretación según la cual la información sobre el derecho de desistimiento es «clara» y «concisa» cuando, por lo que respecta al comienzo del plazo de desistimiento, no incluye todos los datos obligatorios que deben facilitarse para que comience a correr dicho plazo, sino que se remite a este respecto a una disposición nacional —en el presente caso, el artículo 492, apartado 2, del Bürgerliches Gesetzbuch (Código Civil; en lo sucesivo, «BGB»), en su versión vigente hasta el 12 de junio de 2014— que a su vez se remite a otras disposiciones nacionales —en el presente caso, el artículo 247, parágrafos 3 a 13, de la Einführungsgesetz zum Bürgerlichen Gesetzbuche (Ley de introducción al Código Civil; en lo sucesivo, «EGBGB»), en su versión vigente hasta el 12 de junio de 2014—, por lo que el consumidor está obligado a leer numerosas disposiciones legales en diferentes textos legislativos para averiguar qué información obligatoria debe facilitarse para que el plazo de desistimiento comience a correr en el caso de su contrato de préstamo?

3.

En caso de respuesta negativa a la cuestión 2 (y de que no existan objeciones de principio a una remisión a disposiciones nacionales):

¿Se opone el artículo 10, apartado 2, letra p), de la Directiva 2008/48 a una interpretación según la cual la información sobre el desistimiento es «clara» y «concisa» cuando la remisión a una disposición nacional —en el presente caso, el artículo 492, apartado 2, del BGB, en su versión vigente entre el 30 de julio de 2010 y el 12 de junio de 2014— y la remisión que esta hace a su vez —en el presente caso, al artículo 247, parágrafos 3 a 13, de la EGBGB, en su versión vigente entre el 4 de agosto de 2011 y el 12 de junio de 2014— implican necesariamente que el consumidor no pueda limitarse a la mera lectura de las disposiciones y deba llevar a cabo una labor de subsunción jurídica —por ejemplo, si el préstamo le fue concedido en condiciones normales para los contratos con garantía real inmobiliaria y para su financiación provisional o si existen contratos vinculados— para conocer qué información obligatoria debe facilitarse para que el plazo de desistimiento comience a correr en el caso de su contrato de préstamo?


(1)  DO 2008, L 133, p. 66.


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