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Document 62019CA0942

    Asunto C-942/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 3 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón) — Servicio Aragonés de Salud / LB (Procedimiento prejudicial — Política social — Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada — Cláusula 4 — Principio de no discriminación — Denegación de una solicitud de excedencia por prestación de servicios en el sector público prevista para el personal estatutario fijo — Normativa nacional que excluye la concesión de esta excedencia en caso de pase a un empleo temporal — Ámbito de aplicación — Inaplicabilidad de la cláusula 4 — Incompetencia del Tribunal de Justicia)

    DO C 289 de 19.7.2021, p. 12–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.7.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 289/12


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 3 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón) — Servicio Aragonés de Salud / LB

    (Asunto C-942/19) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Política social - Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada - Cláusula 4 - Principio de no discriminación - Denegación de una solicitud de excedencia por prestación de servicios en el sector público prevista para el personal estatutario fijo - Normativa nacional que excluye la concesión de esta excedencia en caso de pase a un empleo temporal - Ámbito de aplicación - Inaplicabilidad de la cláusula 4 - Incompetencia del Tribunal de Justicia)

    (2021/C 289/16)

    Lengua de procedimiento: español

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunal Superior de Justicia de Aragón

    Partes en el procedimiento principal

    Recurrente: Servicio Aragonés de Salud

    Recurrida: LB

    Fallo

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea carece de competencia para responder a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón mediante auto de 17 de diciembre de 2019.


    (1)  DO C 103 de 30.3.2020.


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