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Document 62019CA0459

Asunto C-459/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 17 de marzo de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por el Upper Tribunal (Tax and Chancery Chamber) — Reino Unido] — The Commissioners for Her Majesty’s Revenue & Customs / Wellcome Trust Ltd [Procedimiento prejudicial — Armonización de las legislaciones fiscales — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículos 43 y 44 — Lugar de prestación de servicios a un sujeto pasivo que actúe como tal — Lugar de prestación de servicios de gestión de inversiones a una organización benéfica para los fines de una actividad profesional no económica por parte de proveedores establecidos fuera de la Unión Europea]

DO C 182 de 10.5.2021, p. 7–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

10.5.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 182/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 17 de marzo de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por el Upper Tribunal (Tax and Chancery Chamber) — Reino Unido] — The Commissioners for Her Majesty’s Revenue & Customs / Wellcome Trust Ltd

(Asunto C-459/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Armonización de las legislaciones fiscales - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículos 43 y 44 - Lugar de prestación de servicios a un sujeto pasivo que actúe como tal - Lugar de prestación de servicios de gestión de inversiones a una organización benéfica para los fines de una actividad profesional no económica por parte de proveedores establecidos fuera de la Unión Europea)

(2021/C 182/09)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Upper Tribunal (Tax and Chancery Chamber)

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: The Commissioners for Her Majesty’s Revenue & Customs

Recurrida: Wellcome Trust Ltd

Fallo

El artículo 44 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en su versión modificada por la Directiva 2008/8/CE del Consejo, de 12 de febrero de 2008, debe interpretarse en el sentido de que, en el supuesto de que un sujeto pasivo que desarrolla una actividad no económica con carácter profesional adquiera servicios para los fines de esa actividad no económica, tales servicios han de considerarse prestados a ese sujeto pasivo «que actúe como tal» en el sentido de dicho artículo.


(1)  DO C 280 de 19.8.2019.


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