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Document 62018TN0720

    Asunto T-720/18: Recurso interpuesto el 10 de diciembre de 2018 — AMVAC Netherlands/EFSA

    DO C 65 de 18.2.2019, p. 40–41 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    18.2.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 65/40


    Recurso interpuesto el 10 de diciembre de 2018 — AMVAC Netherlands/EFSA

    (Asunto T-720/18)

    (2019/C 65/52)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: AMVAC Netherlands BV (Ámsterdam, Países Bajos) (representantes: C. Mereu, M. Grunchard y S. Englebert, abogados)

    Demandada: Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA)

    Pretensiones

    La demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule la decisión de la EFSA de 1 de octubre de 2018, notificada a la demandante el 2 de octubre de 2018, sobre la evaluación de las solicitudes de confidencialidad presentadas en relación con la solicitud de renovación de la aprobación de Ethoprophos como sustancia activa.

    Condene en costas a la demandada.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la demandante invoca tres motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en el exceso de poder

    La demandante alega que los documentos que han de ser publicados como resultado de la decisión impugnada deben publicarse únicamente de forma confidencial porque la demandada ha realizado una actividad (la propuesta de clasificación de la sustancia) que está expresamente excluida de su ámbito de facultades.

    2.

    Segundo motivo, basado en la violación de principios fundamentales del Derecho de la Unión

    La demandante alega que la decisión impugnada resulta de un procedimiento en el que se vulneró su derecho de defensa.

    3.

    Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 63 del Reglamento 1107/2009. (1)

    La demandante alega que parte de los documentos que deben publicarse como resultado de la decisión impugnada contienen información que resulta de una valoración errónea y parcial, y que su publicación perjudica sus intereses comerciales.


    (1)  Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (DO 2009, L 309, p. 1).


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