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Document 62018TN0247

    Asunto T-247/18: Recurso interpuesto el 16 de abril de 2018 — Lucena Ramírez/Consejo

    DO C 200 de 11.6.2018, p. 48–49 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    201805250611897332018/C 200/622472018TC20020180611ES01ESINFO_JUDICIAL20180416484922

    Asunto T-247/18: Recurso interpuesto el 16 de abril de 2018 — Lucena Ramírez/Consejo

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    C2002018ES4820120180416ES0062482492

    Recurso interpuesto el 16 de abril de 2018 — Lucena Ramírez/Consejo

    (Asunto T-247/18)

    2018/C 200/62Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: Tibisay Lucena Ramírez (Venezuela) (representantes: L. Giuliano y F. Di Gianni, abogados)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule la Decisión (PESC) 2018/90 del Consejo, de 22 de enero de 2018, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/2074 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela y el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/88, de 22 de enero de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/2063 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela, en la medida en que afectan a la demandante.

    Condene en costas al Consejo.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en que el Consejo vulneró el principio de buena administración, así como su derecho de defensa y su derecho a la tutela judicial efectiva, al denegarle el acceso a las pruebas en las que supuestamente se basa su inclusión en la lista dentro de un plazo razonable.

    2.

    Segundo motivo, basado en que el Consejo incurrió en un error de apreciación al no haber demostrado que las acciones y políticas de la demandante hayan menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela.

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