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Document 62012TA0329

    Asuntos acumulados T-329/12 y T-74/13: Sentencia del Tribunal General de 9 de julio de 2014  — Al-Tabbaa/Consejo ( «Política extranjera y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra Siria — Congelación de capitales y de recursos económicos — Restricciones a la entrada en el territorio de la Unión y al tránsito por él — Derechos de defensa — Derecho a un recurso judicial efectivo — Obligación de motivación — Error de apreciación» )

    DO C 282 de 25.8.2014, p. 29–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    25.8.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 282/29


    Sentencia del Tribunal General de 9 de julio de 2014 — Al-Tabbaa/Consejo

    (Asuntos acumulados T-329/12 y T-74/13) (1)

    ((«Política extranjera y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra Siria - Congelación de capitales y de recursos económicos - Restricciones a la entrada en el territorio de la Unión y al tránsito por él - Derechos de defensa - Derecho a un recurso judicial efectivo - Obligación de motivación - Error de apreciación»))

    2014/C 282/38

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: Mazen Al-Tabbaa (Beirut, Líbano) (representantes: M. Lester, Barrister, y G. Martin, Solicitor)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: S. Kyriakopoulou y V. Piessevaux, agentes)

    Objeto

    Anulación de actos del Consejo que contienen medidas restrictivas relativas al demandante, a saber, inicialmente, la Decisión de Ejecución 2012/256/PESC del Consejo, de 14 de mayo de 2012, por la que se aplica la Decisión 2011/782/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L 126, p. 9) y el Reglamento de Ejecución (UE) n o 410/2012 del Consejo, de 14 de mayo de 2012 , por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) n o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO L 126, p. 3).

    Fallo

    1)

    Anular la Decisión de Ejecución 2012/256/PESC del Consejo, de 14 de mayo de 2012, por la que se aplica la Decisión 2011/782/PESC del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria y el Reglamento de Ejecución (UE) n o 410/2012 del Consejo, de 14 de mayo de 2012, por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) n o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria en la medida en que afectan al Sr. Mazen Al-Tabbaa.

    2)

    Anular la Decisión 2012/739/PESC del Consejo, de 29 de noviembre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria y por la que se deroga la Decisión 2011/782/PESC y el Reglamento de Ejecución (UE) no 1117/2012 del Consejo, de 29 de noviembre de 2012, por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento no 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria, en la medida en que afectan al Sr. Al-Tabbaa.

    3)

    Anular el Reglamento de Ejecución (UE) no 363/2013 del Consejo, de 22 de abril de 2013, por el que se aplica el Reglamento no 36/2012, y la Decisión de Ejecución 2013/185/PESC del Consejo, de 22 de abril de 2013, por la que se aplica la Decisión 2012/739, en la medida en que afectan al Sr. Al-Tabbaa.

    4)

    Anular la Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria en la medida en que afecta al Sr. Al-Tabbaa.

    5)

    Mantener los efectos de la Decisión 2013/255 en lo que atañe al Sr, Al-Tabbaa hasta que sea efectiva la anulación parcial del Reglamento de Ejecución no 36/2013, por el que se aplica el Reglamento no 36/2012.

    6)

    Sobreseer el recurso en el asunto T-74/13.

    7)

    El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las causadas por el demandante en el asunto T-329/12 y con las tres cuartas partes de las costas causadas por éste en el asunto T-74/13.

    8)

    El demandante cargará con una cuarta parte de sus costas en el asunto T-74/13.


    (1)  DO C 273, de 8.9.2012.


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