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Document 62011CN0573
Case C-573/11 P: Appeal brought on 15 November 2011 by ClientEarth against the order of the General Court (Sixth Chamber) delivered on 6 September 2011 in Case T-452/10: ClientEarth, supported by Kingdom of Denmark, Republic of Finland and Kingdom of Sweden, v Council of the European Union
Asunto C-573/11 P: Recurso de casación interpuesto el 15 de noviembre de 2011 por ClientEarth contra el auto del Tribunal General (Sala Sexta) dictado el 6 de septiembre de 2011 en el asunto T-452/10, ClientEarth, apoyada por Reino de Dinamarca, República de Finlandia y Reino de Suecia/Consejo de la Unión Europea
Asunto C-573/11 P: Recurso de casación interpuesto el 15 de noviembre de 2011 por ClientEarth contra el auto del Tribunal General (Sala Sexta) dictado el 6 de septiembre de 2011 en el asunto T-452/10, ClientEarth, apoyada por Reino de Dinamarca, República de Finlandia y Reino de Suecia/Consejo de la Unión Europea
DO C 39 de 11.2.2012, p. 9–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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11.2.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 39/9 |
Recurso de casación interpuesto el 15 de noviembre de 2011 por ClientEarth contra el auto del Tribunal General (Sala Sexta) dictado el 6 de septiembre de 2011 en el asunto T-452/10, ClientEarth, apoyada por Reino de Dinamarca, República de Finlandia y Reino de Suecia/Consejo de la Unión Europea
(Asunto C-573/11 P)
(2012/C 39/15)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: ClientEarth (representante: P. Kirch, abogado)
Otras partes en el procedimiento: Reino de Dinamarca, República de Finlandia, Reino de Suecia, Consejo de la Unión Europea
Pretensiones de la parte recurrente
La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:
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Anule el auto del Tribunal General de 6 de septiembre de 2011 en el asunto T-452/10. |
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Condene a la Comisión al pago de la totalidad de las costas. |
Motivos y principales alegaciones
La recurrente alega que el Tribunal General incurrió en error de Derecho al interpretar los conceptos de «independencia» y «tercero» en el contexto de la aplicación del artículo 19, párrafos primero, tercero y cuarto, del Estatuto del Tribunal de Justicia y el artículo 43, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento.