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Dokument 62009CN0345

    Asunto C-345/09: Petición de decisión prejudicial planteada por el Centrale Raad van Beroep (Países Bajos) el 27 de agosto de 2009 — J.A. van Delft y otros/College van zorgverzekeringen

    DO C 11 de 16.1.2010, s. 12—13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    16.1.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 11/12


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Centrale Raad van Beroep (Países Bajos) el 27 de agosto de 2009 — J.A. van Delft y otros/College van zorgverzekeringen

    (Asunto C-345/09)

    2010/C 11/21

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Centrale Raad van Beroep

    Partes en el procedimiento principal

    Recurrente: J.A. van Delft y otros

    Recurrida: College van zorgverzekeringen

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Deben interpretarse los artículos 28, 28 bis y 33 del Reglamento no 1408/71, (1) lo dispuesto en el anexo VI, parte R, punto 1, letras a) y b) del Reglamento no 1408/71 y el artículo 29 del Reglamento no 574/72 en el sentido de que se oponen a una disposición nacional como el artículo 69 de la Zvw, en la medida en que el titular de una jubilación o de una renta que, en principio, puede beneficiarse de los derechos derivados de los artículos 28 y 28 bis del Reglamento no 1408/71, está obligado a inscribirse en el Cvz y en la medida en que debe retenerse una cotización de la jubilación o la renta de este titular, aunque no se haya inscrito en el sentido del artículo 29 del Reglamento no 574/72? (2)

    2)

    ¿Debe interpretarse el artículo 39 CE, o el artículo 18 CE, en el sentido de que dichos artículos se oponen a una disposición nacional como el artículo 69 de la Zvw, en la medida en que un ciudadano de la UE que, en principio, puede beneficiarse de los derechos derivados de los artículos 28 y 28 bis del Reglamento no 1408/71, está obligado a inscribirse en el Cvz y en la medida en que debe retenerse una cotización de la jubilación o renta de este titular, aunque no se haya inscrito en el sentido del artículo 29 del Reglamento no 574/72?


    (1)  Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (DO L 149, p. 2; EE 05/01, p. 98).

    (2)  Reglamento (CEE) no 574/72 del Consejo, de 21 de marzo de 1972, por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (CEE) no 1408/71 (DO L 74, p. 1; EE 05/01, p. 156).


    Nahoru