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Document 52020PC0384

    Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO que modifica la Decisión n.º 445/2014/UE, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033

    COM/2020/384 final

    Bruselas, 18.8.2020

    COM(2020) 384 final

    2020/0179(COD)

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

    que modifica la Decisión n.º 445/2014/UE, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033

    (Texto pertinente a efectos del EEE)


    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    1.CONTEXTO DE LA PROPUESTA

    En lo que se refiere a los títulos de 2020 a 2033, la acción Capitales Europeas de la Cultura (CEC) se rige por la Decisión n.º 445/2014/UE 1 . En su anexo, la Decisión incluye una lista cronológica en la que se indica cuándo tienen derecho a acoger la acción los Estados miembros (dos por año) o los países candidatos o candidatos potenciales participantes en el Programa Europa Creativa o en los subsiguientes programas de la Unión de apoyo a la cultura. Los concursos para la concesión del título de CEC comienzan seis años antes del año del título, con la publicación de convocatorias de solicitudes por la autoridad competente.

    La Decisión (UE) 2017/1545 2 amplió la acción a ciudades de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio que sean parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y participen en el Programa Europa Creativa o en los subsiguientes programas de la Unión de apoyo a la cultura. En consecuencia, el calendario del anexo de la Decisión n.º 445/2014/UE fue sustituido por el calendario del anexo de la Decisión (UE) 2017/1545.

    Los objetivos generales y específicos de la acción CEC se describen en el artículo 2 de la Decisión n.º 445/2014/UE. Se trata de los siguientes: proteger y promover la diversidad de culturas en Europa; fomentar la contribución de la cultura al desarrollo a largo plazo de las ciudades; aumentar la amplitud, la diversidad y la dimensión europea de la oferta cultural en las ciudades, en particular a través de la cooperación transnacional; ampliar el acceso y la participación culturales; reforzar la capacidad del sector cultural y sus vínculos con otros sectores, y elevar el perfil internacional de las ciudades a través de la cultura.

    La consecución de estos objetivos está ligada a la movilidad, los viajes, la organización de eventos y la participación pública, y se ha visto seriamente comprometida por la pandemia de COVID-19, que ha tenido graves consecuencias en la ejecución y la preparación de las CEC actuales y futuras.

    La Decisión n.º 445/2014/UE no ofrece la flexibilidad necesaria para tener en cuenta circunstancias extraordinarias como esta.

    Por consiguiente, si se desea garantizar la consecución de los objetivos de la acción CEC en estas circunstancias, es necesario modificar la Decisión n.º 445/2014/UE. Las modificaciones no deben desviarse de los principios, las normas y los procedimientos originales de la Decisión, sino limitarse a lo estrictamente necesario para abordar esta situación sin precedentes.

    Obviamente, las CEC más afectadas son las que deberían estar ejecutando su programa este año (las dos CEC de 2020) o acelerando los trabajos preparatorios para llegar a tiempo el año que viene (las tres CEC de 2021). Las dos CEC de 2022 y la CEC de 2023 se han visto mucho menos afectadas, pues todavía tienen tiempo suficiente para reflexionar a fondo sobre cómo ajustar sus programas a posibles restricciones futuras.

    Las dos CEC de 2020 han tenido que aplazar o anular todos los eventos desde marzo de 2020 sin tener ninguna certeza sobre cuándo la situación volverá a la normalidad. No están pudiendo llevar a la práctica su año como CEC ni aprovechar la buena preparación que realizaron. Aunque las ciudades no recuperarían las enormes pérdidas que están sufriendo, una posible prórroga a 2021 de los programas culturales de las CEC de 2020 ofrecería una mayor y renovada visibilidad a las actividades de ambas CEC durante los primeros meses de 2021. También se beneficiarían durante más tiempo de la atención que despierta la marca CEC.

    Por otro lado, la COVID-19 ha provocado una gran incertidumbre en casi todos los ámbitos asociados a las CEC del año 2021: inseguridad en cuanto a las perspectivas de financiación por socios públicos y privados, desconocimiento de las normas de seguridad que afectan tanto al trabajo participativo con los ciudadanos como a los tipos de eventos que podrán autorizarse, así como restricciones de viaje que reducen los flujos turísticos y las posibilidades de crear asociaciones europeas e internacionales. Las medidas preventivas han ralentizado el trabajo preparatorio de las tres CEC de 2021 hasta un punto crítico, en un momento en que, en circunstancias normales, deberían estar redoblando sus esfuerzos. Los equipos de ejecución estuvieron confinados durante unos meses y existe incertidumbre en cuanto a la supervivencia económica de los posibles socios contratantes. Se recomienda, por tanto, aplazar las tres CEC de 2021 a 2022 o 2023.

    Tras la retirada del Reino Unido de la Unión, está previsto que el título de CEC en 2023 lo acoja una sola ciudad. Aplazar dos de las tres CEC de 2021 a 2023 sería más equilibrado, pues habría tres CEC en 2022 y tres CEC en 2023. Este enfoque equilibrado maximizaría la visibilidad de la acción CEC.

    Para adaptarse a las circunstancias anteriormente descritas, es decir, para dar la posibilidad a las dos CEC de 2020 de prorrogar sus programas culturales a 2021 y aplazar los años en que los países de las CEC de 2021 podrán acoger el título, es necesario modificar la Decisión n.º 445/2014/UE.

    2.BASE JURÍDICA, SUBSIDIARIEDAD Y PROPORCIONALIDAD

    Base jurídica

    La presente propuesta modifica la Decisión n.º 445/2014/UE, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033, y, por tanto, se basa en la misma base jurídica, a saber, el artículo 167, apartado 5, del TFUE.

    Subsidiariedad (en el caso de competencia no exclusiva)

    Dado que la Decisión n.º 445/2014/UE es un acto jurídico de la Unión, solo puede modificarse mediante un acto jurídico equivalente. Los Estados miembros no pueden actuar individualmente.

    Proporcionalidad

    Las modificaciones propuestas son adecuadas para abordar la situación extraordinaria a la que se enfrentan las CEC de 2020 y 2021 mediante la creación de condiciones más favorables para que puedan llevar a la práctica sus programas y actividades culturales y garanticen así la consecución de los objetivos de la acción.

    Las modificaciones propuestas no van más allá de lo necesario para alcanzar el objetivo mencionado, ya que se limitan a los años 2020 y 2021, en los que se espera que el impacto de la pandemia sea mayor.

    Elección del instrumento

    La Decisión n.º 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo es un acto jurídico de la Unión, por lo que solo puede modificarse mediante un acto jurídico del mismo tipo.

    3.RESULTADOS DE LAS CONSULTAS CON LAS PARTES INTERESADAS

    Desde el inicio de la pandemia de COVID-19, la Comisión ha mantenido un estrecho contacto y conversaciones con los equipos de ejecución de todas las CEC de 2020 a 2023 en diversos contextos individuales, bilaterales y colectivos, con el fin de comprender mejor el impacto de la pandemia en la ejecución y la preparación de las Capitales Europeas de la Cultura actuales y futuras. Los equipos de ejecución, a su vez, han mantenido contactos con sus consejos respectivos, así como con las autoridades locales, regionales y nacionales, a fin de analizar con ellos los mejores foros para avanzar. Algunas autoridades nacionales también han contactado directamente con la Comisión (Irlanda, Rumanía, Grecia, Lituania, Luxemburgo, Hungría y Serbia).

    Concretamente, se organizaron cuatro reuniones conjuntas en línea durante ese período: el 2 de abril, una teleconferencia conjunta con las dos CEC de 2020 y los representantes de los Ministerios de Cultura irlandés y croata; el 29 de abril, una reunión conjunta en línea con las dos CEC de 2022; el 30 de abril, una reunión conjunta en línea con las tres CEC de 2021; y el 5 de mayo, una reunión conjunta en línea con las ocho CEC de 2020-2023.

    Por invitación de la Comisión, todas las CEC de 2020, 2021, 2022 y 2023 enviaron a esta una carta (la mayoría de ellas firmadas también por los respectivos ministros o Ministerios de Cultura) para comunicar si estaban dispuestas a prolongar/aplazar el programa cultural de su año de capitalidad y para justificar su posición con motivos de peso.

    Los apartados siguientes ofrecen una visión general del resultado de ese proceso de consulta.

    Las dos CEC de 2020 son las que se han visto afectadas de manera más grave y directa. Ambas han tenido que aplazar o anular todos los eventos desde marzo de 2020 sin tener ninguna certeza sobre cuándo la situación volverá a la normalidad, ni si efectivamente lo hará. No están pudiendo llevar a la práctica su año como CEC ni aprovechar la inmensa inversión realizada. Los equipos de ejecución de ambas CEC han tenido que despedir personal y están prácticamente inactivos.

    En cuanto a las tres CEC de 2021, la pandemia ha provocado una enorme incertidumbre en casi todos los ámbitos relacionados con la preparación: inseguridad en cuanto a las perspectivas de financiación por socios públicos y privados, desconocimiento de las futuras normas de seguridad que afectarán tanto al trabajo participativo como a los tipos de eventos que podrán autorizarse, así como restricciones de viaje que reducen los flujos turísticos y las posibilidades de crear asociaciones europeas e internacionales. Debido al confinamiento de los equipos de ejecución y a la incertidumbre en cuanto a la supervivencia económica de los posibles socios contratantes, las medidas preventivas han ralentizado el trabajo preparatorio de las tres CEC de 2021 hasta un punto crítico en un momento en que, en circunstancias normales, deberían estar redoblando sus esfuerzos.

    Las dos CEC de 2022 y la CEC de 2023 se han visto mucho menos afectadas, pues todavía tienen tiempo suficiente para reflexionar a fondo sobre cómo ajustar sus programas a posibles restricciones futuras.

    En conclusión, parece que las CEC de 2020 a 2023 no se han visto afectadas de la misma manera por la pandemia.

    Obviamente, las CEC más afectadas son las que deberían estar ejecutando su programa este año (las dos CEC de 2020) o acelerando los trabajos preparatorios para llegar a tiempo el año que viene (las tres CEC de 2021).

    También cabe señalar que las CEC de un mismo año pueden haberse visto afectadas en distinto grado, porque las medidas de confinamiento no han sido iguales en toda Europa, porque la resiliencia del sector cultural y la capacidad financiera de sus autoridades locales, regionales y nacionales no son las mismas, o porque no habían alcanzado el mismo nivel de desarrollo en su preparación cuando llegó la pandemia, lo que pudo provocar que a algunas les afectara en un momento en que tenían que avanzar rápidamente.

    4.REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS

    La propuesta de la Comisión no tiene ninguna repercusión presupuestaria directa. El premio pecuniario Melina Mercouri, que se abona a cada ciudad designada antes de que finalice el mes de marzo del año del título con arreglo a las condiciones especificadas en el artículo 14 de la Decisión, y los costes relacionados con el trabajo de los miembros del comité de expertos designados por las instituciones y organismos de la Unión están cubiertos por los recursos del Programa Europa Creativa para el marco financiero 2014-2020, o lo estarán por los subsiguientes programas de la Unión de apoyo a la cultura para los años posteriores a 2020. Además, la propuesta no provocará un incremento del número de Capitales Europeas de la Cultura durante el período 2020-2033.

    5.OTROS ELEMENTOS

    En su propuesta, la Comisión propone:

    autorizar que los Estados miembros incluidos en el calendario del anexo sean más de dos en el año 2023;

    dar a las CEC designadas por Croacia e Irlanda para 2020 la posibilidad de ejecutar sus programas hasta el 30 de abril de 2021, sin cambiar el año de designación;

    aplazar de 2021 a 2023 el año en que Rumanía y Grecia tienen derecho a acoger el título de CEC;

    aplazar de 2021 a 2022 el año en que un país candidato o candidato potencial tiene derecho a acoger el título de CEC;

    confirmar la validez de los procesos a que se refieren los artículos 7 a 11 y el artículo 13 de la Decisión n.º 445/2014/UE que ya hayan concluido para el año del título 2021 (solo cambiará el año del título, tal como se ha indicado anteriormente);

    actualizar en consecuencia las fechas de presentación de las evaluaciones finales establecidas para las CEC de 2020.

    2020/0179 (COD)

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

    que modifica la Decisión n.º 445/2014/UE, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 167, apartado 5,

    Vista la propuesta de la Comisión Europea,

    Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los parlamentos nacionales,

    Visto el dictamen del Comité de las Regiones 3 ,

    De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario,

    Considerando lo siguiente:

    (1)De conformidad con el artículo 2 de la Decisión n.º 445/2014/UE, los objetivos de la acción Capitales Europeas de la Cultura son: proteger y promover la diversidad de culturas en Europa; fomentar la contribución de la cultura al desarrollo a largo plazo de las ciudades; aumentar la amplitud, la diversidad y la dimensión europea de la oferta cultural en las ciudades, en particular a través de la cooperación transnacional; ampliar el acceso y la participación culturales; reforzar la capacidad del sector cultural y sus vínculos con otros sectores, y elevar el perfil internacional de las ciudades a través de la cultura.

    (2)La consecución de estos objetivos requiere movilidad, viajes, la organización de eventos y la participación pública, todos ellos extremadamente difíciles, si no prácticamente imposibles, en la era de la pandemia de COVID-19.

    (3)Como consecuencia directa de las medidas de confinamiento adoptadas en toda Europa, se han cerrado centros culturales y se han cancelado o aplazado eventos culturales por un período indefinido. Los proyectos europeos e internacionales de cooperación cultural se han ralentizado de manera radical, ya que se ha limitado el cruce físico de las fronteras. Por último, debido a la rápida disminución de los ingresos y a las necesidades emergentes relacionadas con la salud pública, los gobiernos locales, regionales y nacionales están sometidos a mayores presiones presupuestarias. El patrocinio privado de la cultura también es cada vez más difícil, porque no hay ningún evento público que patrocinar o porque las empresas dan prioridad a actividades de patrocinio de la salud pública.

    (4)Las Capitales Europeas de la Cultura actuales y futuras se han visto afectadas en distinto grado, principalmente en función del año en que acogen el título. Parece que el mayor impacto se concentra en la puesta en práctica de las dos Capitales Europeas de la Cultura de 2020 y en la preparación de las tres Capitales Europeas de la Cultura de 2021.

    (5)Las dos Capitales Europeas de la Cultura de 2020 han tenido que aplazar o anular todos los eventos desde marzo sin tener ninguna certeza sobre cuándo la situación volverá a la normalidad, ni si efectivamente lo hará. No están pudiendo llevar a la práctica su año como Capitales Europeas de la Cultura ni aprovechar la inmensa inversión realizada.

    (6)En el caso de las tres Capitales Europeas de la Cultura de 2021, la pandemia ha provocado una enorme incertidumbre en casi todos los ámbitos relacionados con la preparación: inseguridad en cuanto a las perspectivas de financiación por socios públicos y privados, desconocimiento de las futuras normas de seguridad que afectarán tanto al trabajo participativo como a los tipos de eventos que podrán autorizarse, así como restricciones de viaje que reducen los flujos turísticos y las posibilidades de crear asociaciones europeas. Las medidas preventivas han ralentizado el trabajo preparatorio de las tres Capitales Europeas de la Cultura de 2021 hasta un punto crítico en un momento en que, en circunstancias normales, deberían estar redoblando sus esfuerzos, debido al confinamiento de los equipos de ejecución y a la incertidumbre en cuanto a la supervivencia económica de los posibles socios contratantes.

    (7)La Decisión n.º 445/2014/UE no ofrece la flexibilidad necesaria para tener en cuenta estas circunstancias extraordinarias y, más concretamente, no incluye ninguna disposición relativa a la prórroga o el aplazamiento del año en que una ciudad concreta acoge el título de Capital Europea de la Cultura.

    (8)Por consiguiente, procede modificar la Decisión n.º 445/2014/UE para adaptarla expresamente a la necesidad de abordar esta situación excepcional y permitir así que las ciudades que acojan el título de Capital Europea de la Cultura y se hayan visto más gravemente afectadas por la pandemia ejecuten sus programas de un modo que permita conseguir los objetivos de la acción.

    (9)A raíz de un proceso de consulta en el que participaron las ciudades y los Estados miembros afectados, se ha llegado a la conclusión de que conviene prever la posibilidad de que las ciudades CEC designadas por Croacia e Irlanda para 2020 puedan seguir ejecutando sus programas hasta el 30 de abril de 2021, sin cambiar el año de designación. Por lo tanto, los artículos 3, 4 y 16 de la Decisión n.º 445/2014/UE deben modificarse en consecuencia.

    (10)A raíz de un proceso de consulta en el que participaron las ciudades y los Estados miembros afectados, se ha llegado a la conclusión de que debe aplazarse de 2021 a 2023 el año en que Rumanía y Grecia tienen derecho a acoger el título de Capital Europea de la Cultura, y de 2021 a 2022 el año en que un país candidato o candidato potencial tiene derecho a acoger el título de CEC. Procede, por tanto, modificar en consecuencia el artículo 3 de la Decisión n.º 445/2014/UE y el calendario que figura en el anexo de dicha Decisión. La presente Decisión no debe afectar a la validez de los procedimientos a que se refieren los artículos 7 a 11 y el artículo 13 que ya hayan concluido respecto al año del título 2021.

    HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La Decisión n.º 445/2014/UE se modifica como sigue:

    1)El artículo 3 se modifica como sigue:

    a)en el apartado 2, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

    «El título se concederá cada año a un máximo de una ciudad de cada uno de los dos Estados miembros que figuren en el calendario que aparece en el anexo («el calendario») y, en los años pertinentes, a una ciudad de un país de la Asociación Europea de Libre Comercio que sea parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («país AELC/EEE») o de los países candidatos y candidatos potenciales o a una ciudad de un país que se adhiera a la Unión en las circunstancias que se especifican en el apartado 5. En 2023, acogerá el título un máximo de una ciudad de cada uno de los tres Estados miembros que figuran en el calendario incluido en el anexo.»;

    b)el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:

    «Las ciudades de los Estados miembros podrán acoger el título durante un año de acuerdo con el orden de Estados miembros que figura en el calendario. Las ciudades que acojan el título en 2020 tendrán la posibilidad de seguir ejecutando su programa cultural hasta el 30 de abril de 2021, sin que cambie su año de designación.».

    2)En el artículo 4, apartado 2, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

    «El programa cultural durará el año del título y se elaborará específicamente para el título, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 5. Las ciudades que acojan el título en 2020 tendrán la posibilidad de seguir ejecutando su programa cultural hasta el 30 de abril de 2021.».

    3)En el artículo 16, apartado 1, se añade el siguiente párrafo quinto:

    «Las ciudades que acojan el título en 2020 elaborarán sus informes de evaluación y los transmitirán a la Comisión a más tardar el 30 de abril de 2022.».

    4)El anexo se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.

    Artículo 2

    Los procedimientos a que se refieren los artículos 7 a 11 y el artículo 13, apartado 2, letra a), de la Decisión n.º 445/2014/UE que ya hayan concluido para el año del título 2021 seguirán siendo válidos. El año del título se modificará con arreglo al anexo de la presente Decisión.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el

    Por el Parlamento Europeo    Por el Consejo

    El Presidente    El Presidente

    (1)    Decisión n.º 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033 y se deroga la Decisión n.º 1622/2006/CE (DO L 132 de 3.5.2014, p. 1).
    (2)    Decisión (UE) 2017/1545 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017, que modifica la Decisión n.º 445/2014/UE por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033 (DO L 237 de 15.9.2017, p. 1).
    (3)    DO C  de , p. .
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    Bruselas, 18.8.2020

    COM(2020) 384 final

    ANEXO

    de la

    Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

    que modifica la Decisión n.º 445/2014/UE, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033


    ANEXO

    CALENDARIO

    2020

    Croacia

    Irlanda

    2021

    2022

    Lituania

    Luxemburgo

    País candidato o candidato potencial

    2023

    Hungría

    Rumanía

    Grecia

    2024

    Estonia

    Austria

    País AELC/EEE, país candidato o candidato potencial

    2025

    Eslovenia

    Alemania

    2026

    Eslovaquia

    Finlandia

    2027

    Letonia

    Portugal

    2028

    Chequia

    Francia

    País AELC/EEE, país candidato o candidato potencial

    2029

    Polonia

    Suecia

    2030

    Chipre

    Bélgica

    País AELC/EEE, país candidato o candidato potencial

    2031

    Malta

    España

    2032

    Bulgaria

    Dinamarca

    2033

    Países Bajos

    Italia

    País AELC/EEE, país candidato o candidato potencial

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