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Document 52016AP0127

    P8_TA(2016)0127 Utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (UE-PNR)) ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave (COM(2011)0032 — C7-0039/2011 — 2011/0023(COD)) P8_TC1-COD(2011)0023 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 14 de abril de 2016 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2016/… del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave

    DO C 58 de 15.2.2018, p. 254–255 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.2.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 58/254


    P8_TA(2016)0127

    Utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (UE-PNR)) ***I

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave (COM(2011)0032 — C7-0039/2011 — 2011/0023(COD))

    (Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

    (2018/C 058/42)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0032),

    Vistos el artículo 294, apartado 2, el artículo 82, apartado 1, párrafo 2, letra d), y el artículo 87, apartado 2, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0039/2011),

    Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vistas las contribuciones presentadas por el Parlamento búlgaro, el Senado checo, el Bundesrat alemán, el Senado italiano, el Senado neerlandés, el Consejo Nacional austríaco, el Parlamento portugués y el Senado rumano sobre el proyecto de acto legislativo;

    Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 5 de mayo de 2011 (1),

    Visto el dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos, de 25 de marzo de 2011 (2),

    Vista la sentencia del Tribunal de Justicia de 8 de abril de 2014 en los asuntos acumulados C-293/12 Digital Rights Ireland y C-594/12 Seitlinger y otros (3),

    Vista la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (4),

    Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 7 de diciembre de 2015, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vistos los artículos 59 y 188 de su Reglamento,

    Vistos el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Transportes y Turismo (A7-0150/2013),

    Vista la Decisión de la Conferencia de Presidentes, de 18 de septiembre de 2014, relativa a los asuntos pendientes de la séptima legislatura,

    Vistos el segundo informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Transportes y Turismo (A8-0248/2015),

    1.

    Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

    2.

    Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

    3.

    Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.


    (1)  DO C 218 de 23.7.2011, p. 107.

    (2)  DO C 181 de 22.6.2011, p. 24.

    (3)  Sentencia del Tribunal de Justicia de 8 de abril de 2014, Digital Rights Ireland y Seitlinger y otros, asuntos acumulados C-293/12 y C-594/12, ECLI:EU:C:2014:238.

    (4)  DO L 281 de 23.11.1995, p. 31.


    P8_TC1-COD(2011)0023

    Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 14 de abril de 2016 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2016/… del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave

    (Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, la Directiva (UE) 2016/681.)


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