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Document 52011PC0475
OPINION OF THE COMMISSIONpursuant to Article 294(7)(c) of the Treaty on the Functioning of the European Union,on the European Parliament's amendment[s]to the Council's position regarding the proposal for a REGULATION OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCILon the provision of food information to consumers, amending Regulations (EC) No 1924/2006 and (EC) No 1925/2006 and repealing Directives 87/250/EEC, 90/496/EEC, 1999/10/EC, 2000/13/EC, 2002/67/EC, 2008/5/EC and Regulation (EC) No 608/2004
DICTAMEN DE LA COMISIÓN con arreglo al artículo 294, apartado 7, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sobre la[s] enmienda[s] del Parlamento Europeoa la posición del Consejo sobre la propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJOsobre la información alimentaria facilitada al consumidor, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 y se derogan las Directivas 87/250/CEE, 90/496/CEE, 1999/10/CE, 2000/13/CE, 2002/67/CE, 2008/5/CE y el Reglamento (CE) nº 608/2004
DICTAMEN DE LA COMISIÓN con arreglo al artículo 294, apartado 7, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sobre la[s] enmienda[s] del Parlamento Europeoa la posición del Consejo sobre la propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJOsobre la información alimentaria facilitada al consumidor, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 y se derogan las Directivas 87/250/CEE, 90/496/CEE, 1999/10/CE, 2000/13/CE, 2002/67/CE, 2008/5/CE y el Reglamento (CE) nº 608/2004
/* COM/2011/0475 final - 2008/0028 (COD) */
DICTAMEN DE LA COMISIÓN con arreglo al artículo 294, apartado 7, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sobre la[s] enmienda[s] del Parlamento Europeoa la posición del Consejo sobre la propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJOsobre la información alimentaria facilitada al consumidor, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 y se derogan las Directivas 87/250/CEE, 90/496/CEE, 1999/10/CE, 2000/13/CE, 2002/67/CE, 2008/5/CE y el Reglamento (CE) nº 608/2004 /* COM/2011/0475 final - 2008/0028 (COD) */
2008/0028 (COD) DICTAMEN DE LA COMISIÓN
con arreglo al artículo 294, apartado 7, letra c), del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, sobre la[s] enmienda[s] del Parlamento
Europeo
a la posición del Consejo sobre la propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO
Y DEL CONSEJO
sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, por el que se
modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 y se derogan
las Directivas 87/250/CEE, 90/496/CEE, 1999/10/CE, 2000/13/CE, 2002/67/CE,
2008/5/CE y el Reglamento (CE) nº 608/2004 1. Introducción De conformidad con el artículo 294, apartado
7, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión
debe emitir un dictamen sobre las enmiendas propuestas por el Parlamento
Europeo en segunda lectura. La Comisión expone a continuación su dictamen sobre
las enmiendas propuestas por el Parlamento. 2. Antecedentes Fecha de transmisión de la propuesta al Parlamento Europeo y al Consejo [documento COM(2008) 40 final – 2008/0028(COD)]: || 1 de febrero de 2008 Fecha del dictamen del Comité Económico y Social Europeo: || 18 de septiembre de 2008 Fecha del dictamen del Parlamento Europeo en primera lectura: || 16 de junio de 2010 Fecha de transmisión de la propuesta modificada: || ninguna Fecha de adopción de la Posición del Consejo: || 21 de febrero de 2011 Fecha del dictamen del Parlamento Europeo en segunda lectura: || 6 de julio de 2011 3. Objeto de la propuesta de la Comisión La propuesta
consolida y actualiza dos ámbitos importantes de la legislación sobre
etiquetado, el etiquetado de los alimentos en general y el etiquetado sobre las
propiedades nutritivas, contemplados respectivamente en las Directivas
2000/13/CE[1] y
90/496/CEE[2]. La
propuesta refunde también otras seis Directivas relativas a determinadas
categorías de alimentos. Estos eran, entre otros, los objetivos principales de
la propuesta: –
crear un instrumento único para los principios
y los requisitos de etiquetado horizontal por lo que se refiere al etiquetado
en general y el etiquetado sobre propiedades nutritivas; –
incluir disposiciones específicas sobre las
responsabilidades a lo largo de la cadena alimentaria con respecto a la
presencia de información alimentaria y la precisión de la misma; –
establecer criterios medibles para determinados
aspectos relativos a la legibilidad del etiquetado alimentario; –
aclarar las normas aplicables respecto al
etiquetado sobre el país de origen o el lugar de procedencia; –
introducir un etiquetado obligatorio sobre
propiedades nutritivas en el campo de visión principal para la mayoría de los
alimentos transformados. 4. Dictamen de la Comisión sobre las
enmiendas del Parlamento Europeo El Parlamento Europeo votó en segunda lectura
un texto consolidado que contiene una serie de enmiendas al texto de la Posición
Común en primera lectura. Este texto es resultado de negociaciones entabladas
entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión. La Comisión acepta todas
las enmiendas votadas por el Parlamento, que son el resultado de negociaciones
interinstitucionales que permitieron un acuerdo en segunda lectura. [1] Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 20 de marzo de 2000, relativa a la aproximación de las
legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y
publicidad de los productos alimenticios (DO L 109 de 6.5.2000, p. 29). [2] Directiva 90/496/CEE del Consejo, de 24 de
septiembre de 1990, relativa al etiquetado sobre propiedades nutritivas de los
productos alimenticios (DO L 276 de 6.10.1990, p. 40).