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Document 52011BP0927(26)
Resolution of the European Parliament of 10 May 2011 with observations forming an integral part of its Decision on discharge in respect of the implementation of the budget of the European Agency for Safety and Health at Work for the financial year 2009
Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011 , que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2009
Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011 , que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2009
DO L 250 de 27.9.2011, pp. 202–204
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011 , que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2009
Diario Oficial n° L 250 de 27/09/2011 p. 0202 - 0204
Resolución del Parlamento Europeo de 10 de mayo de 2011 que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2009 EL PARLAMENTO EUROPEO, Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2009, Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia [1], Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011), Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas [2], y, en particular, su artículo 185, Visto el Reglamento (CE) no 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994, por el que se crea una Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo [3], y, en particular, su artículo 14, Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas [4], y, en particular, su artículo 94, Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento, Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A7-0104/2011), A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares; B. Teniendo en cuenta que el 5 de mayo de 2010 el Parlamento aprobó la gestión del Director de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2008 [5], y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento señaló, en particular, que: - la Agencia prorrogó 3400000 EUR (es decir, el 44 % de sus créditos operativos), de los cuales, aproximadamente 1000000 EUR correspondía a compromisos referidos íntegramente al ejercicio 2009, - el Tribunal de Cuentas detectó una irregularidad en un procedimiento de contratación (utilización de un contrato marco por encima de su montante máximo previsto); C. Tomando nota de que el presupuesto de la Agencia relativo al ejercicio 2009 ascendía a 15100000 EUR, lo que supuso un incremento del 0,6 % con respecto al ejercicio 2008, Resultados 1. Reitera su petición a la Agencia para que presente, en un esquema adjuntado al próximo informe del Tribunal de Cuentas, un cuadro comparativo entre las operaciones llevadas a cabo durante el ejercicio que nos ocupa y las efectuadas durante el ejercicio precedente, a fin de facilitar a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria la tarea de comparar el rendimiento de la Agencia de un año a otro; 2. Celebra el plan de la Agencia de elaborar un pronóstico del impacto que las innovaciones tecnológicas en "empleos verdes" tendrán de aquí a 2020 en los ámbitos de la seguridad y la salud; toma nota de la recogida de datos relativos a la seguridad y la salud de las mujeres en el trabajo; Administración de la Agencia 3. Señala que los costes fijos de gobernanza de la Agencia ascienden al 1,35 % de su presupuesto, toda vez que su Consejo de administración se compone de 84 miembros y la plantilla de 64 empleados (datos del ejercicio 2008); subraya que esta situación se deriva del Reglamento de base (CE) no 2062/94, que prevé un Consejo de administración tripartito, en la medida en que en él figuran incluidos los interlocutores sociales; señala que, en la práctica, el trabajo cotidiano de la Agencia lo efectúa una mesa de 11 Estados miembros designada por el consejo de administración; Créditos prorrogados 4. Expresa su preocupación por el hecho de que, una vez más, el Tribunal de Cuentas informe de prórrogas por un montante de 3500000 EUR (es decir, el 47 % de los compromisos) de las actividades operativas (título III) del ejercicio 2009 al ejercicio 2010; considera que esta situación indica retrasos en la ejecución de las actividades de la Agencia y que contraviene el principio presupuestario de anualidad; reconoce que el problema se debe en parte al carácter plurianual de los proyectos importantes; reconoce, sin embargo, que a principios de 2010 la Agencia estableció un mecanismo mensual de información para controlar la ejecución de las actividades previstas en su programa de trabajo anual, junto a los aspectos presupuestarios de la misma; 5. Pide a la Agencia que trate de reducir la creciente tasa de cancelaciones e informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria de las medidas adoptadas; acoge con satisfacción la promesa de la Agencia de prestar particular atención a los compromisos pendientes a final de ejercicio y la posibilidad de anular compromisos no necesarios y cubrir las obligaciones financieras y legales correspondientes; Auditoría interna 6. Celebra la iniciativa de la Agencia de facilitar a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria el informe anual de auditoría interna relativo a la Agencia elaborado por el Servicio de Auditoría Interna (SAI); considera que se trata de un indicador de transparencia y un ejemplo de buena práctica que deberían seguir también las demás agencias; 7. Felicita a la Agencia por este considerable progreso; reconoce que todas las recomendaciones del Servicio de Auditoría Interna a la Agencia calificadas de "muy importantes" se pusieron debidamente en práctica y se cerraron, con excepción de la recomendación relativa a la validación de los planes contables, recalificada como "importante" únicamente, debido a su aplicación parcial; pide al contable de la Agencia que describa la metodología empleada en la validación de su sistema de contabilidad; apoya la idea de impulsar el desarrollo de la cooperación a través de la red de contables de las agencias con el objeto de que formulen requisitos comunes y desarrollen una metodología común para la validación de los planes contables de las agencias; 8. Pide a la Agencia que revise las listas de control con miras a cerciorarse de que responden a las especificidades de las distintas transacciones financieras y que las haga accesibles a todo el personal; 9. Pide a la Agencia, asimismo, que concluya/actualice sus procedimientos de documentación; pide a la Agencia, en particular, que elabore una lista exhaustiva de las principales operaciones por conformar a los procedimientos requeridos, y que esta lista se actualice regularmente; Papel del coordinador de la red de agencias 10. Felicita a la Agencia por su eficaz trabajo de coordinación de la red de agencias durante el procedimiento de aprobación de la gestión relativa al año 2009; 11. Remite, en relación con las demás observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2011 [6] sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias. [1] DO C 338 de 14.12.2010, p. 46. [2] DO L 248 de 16.9.2002, p. 1. [3] DO L 216 de 20.8.1994, p. 1. [4] DO L 357 de 31.12.2002, p. 72. [5] DO L 252 de 25.9.2010, p. 187. [6] Textos aprobados, P7_TA(2011)0163 (véase la página 269 del presente Diario Oficial). --------------------------------------------------