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Document 52010PC0515

    Complemento a la propuesta COM(2010) 459 de REGLAMENTO (UE) Nº …/ 2010 DEL CONSEJO relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 423/2007

    /* COM/2010/0515 final - NLE 2010/0240 */

    52010PC0515

    /* COM/2010/0515 final - NLE 2010/0240 */ Complemento a la propuesta COM(2010) 459 de REGLAMENTO (UE) Nº …/ 2010 DEL CONSEJO relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 423/2007


    [pic] | COMISIÓN EUROPEA |

    Bruselas, 21.9.2010

    COM(2010) 515 final

    2010/0240 (NLE)

    Complemento a la propuesta COM(2010) 459 de

    REGLAMENTO (UE) Nº …/ 2010 DEL CONSEJO

    relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 423/2007

    (presentado conjuntamente por la Comisión y el Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad)

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    1) El 31 de agosto de 2010, la Comisión y el Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad presentaron conjuntamente una propuesta de Reglamento del Consejo, relativo a medidas restrictivas contra Irán [COM(2010) 459], que debe dar efecto a varias medidas previstas en la Decisión 2010/413/PESC, de 26 de julio de 2010, y reemplazar el Reglamento (CE) nº 423/2007 del Consejo.

    2) En la exposición de motivos de la propuesta se indicaba que se presentaría por separado una propuesta adicional correspondiente a la lista de bienes y tecnologías clave para la industria del petróleo y del gas natural mencionada en el artículo 8 de la propuesta de Reglamento, que se establecería en el anexo VI del Reglamento.

    3) La lista de bienes y tecnologías clave para la industria del petróleo y del gas natural mencionada en el artículo 8 debe comprender los equipos, materiales, equipos lógicos y tecnologías esenciales e indispensables para la prospección, la producción, el refinado y la licuefacción en la industria del petróleo y del gas natural en Irán. La lista debe definir parámetros técnicos que permitan precisar el alcance del control y evitar la duplicación con las listas de los anexos I, II y IV.

    4) La Comisión y el Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad proponen incluir en el anexo VI del Reglamento que se va a adoptar los equipos y las tecnologías enumerados en la presente propuesta.

    2010/0240 (NLE)

    Complemento de la propuesta COM(2010) 459 de

    REGLAMENTO (UE) Nº …/ 2010 DEL CONSEJO

    relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 423/2007

    ANEXO VI

    Lista de equipos y tecnologías clave mencionada en el artículo 8

    Notas generales

    1. El objeto de las prohibiciones contenidas en el presente anexo no deberá quedar sin efecto por la exportación de bienes no prohibidos (incluidas las plantas) que contengan uno o más componentes prohibidos, cuando el componente o componentes prohibidos sean los elementos principales de los bienes y sea viable separarlos o emplearlos para otros fines.

    N.B.: A la hora de juzgar si el componente o componentes prohibidos deben considerarse como el elemento principal, se habrán de ponderar los factores de cantidad, valor y conocimientos tecnológicos involucrados, así como otras circunstancias especiales que pudieran determinar que el componente o componentes prohibidos constituyen los elementos principales de los bienes suministrados.

    2. Los bienes incluidos en el presente anexo pueden ser nuevos o usados.

    Nota general de tecnología (NGT)

    1. La «tecnología» «requerida» para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de los bienes prohibidos será a su vez objeto de prohibición, aun en el caso de que también sea aplicable a bienes no sometidos a prohibición.

    3. No se aplicarán prohibiciones a aquella «tecnología» que sea la mínima necesaria para la instalación, el funcionamiento, el mantenimiento (revisión) y las reparaciones de aquellos bienes no prohibidos o cuya exportación se haya autorizado de conformidad con el Reglamento (CE) nº 423/2007 o con el presente Reglamento.

    4. La prohibición de transferencia de «tecnología» no se aplicará a la información «de conocimiento público», a la «investigación científica básica» ni a la información mínima necesaria para solicitudes de patentes.

    PROSPECCIÓN Y PRODUCCIÓN DE PETRÓLEO CRUDO Y GAS NATURAL

    1.A Equipos

    1. Equipos, vehículos, buques y aeronaves de estudio geofísico especialmente adaptados para la obtención de datos con vistas a la prospección de petróleo y gas, y los componentes especialmente diseñados para ellos.

    2. Sensores especialmente diseñados para operaciones de fondo en los pozos de petróleo y gas, incluidos los utilizados para efectuar mediciones durante la perforación y los equipos asociados especialmente diseñados para la obtención y el almacenamiento de datos procedentes de dichos sensores.

    3. Equipos de perforación diseñados para la perforación de formaciones rocosas con fines de prospección o producción de petróleo, gas y otros hidrocarburos naturales.

    4. Barrenas, floretes de sondeo, collarines de barrena, centralizadores, tuberías de revestimiento para sondeos y otros equipos especialmente diseñados para ser utilizados en y con equipos de perforación de pozos de petróleo y gas.

    5. Cabezas de pozo, bloques obturadores de pozos y árboles de producción y los componentes especialmente diseñados para ellos que cumplan las especificaciones API e ISO para su utilización en pozos de petróleo y gas.

    Notas técnicas:

    a. Un bloque obturador de pozo es un dispositivo que se suele utilizar a nivel del suelo (o si se trata de perforaciones subacuáticas, del lecho marino) con el fin de prevenir el escape accidental de petróleo y/o gas del pozo durante la perforación.

    b. Un árbol de producción (o árbol de navidad) es un dispositivo que se suele utilizar para regular el flujo de fluidos procedentes del pozo cuando este está terminado y ha empezado la producción de petróleo y/o gas.

    c. Las especificaciones API e ISO en cuestión son las especificaciones 6A, 16A, 17D y 11IW del American Petroleum Institute y/o a las especificaciones 10423 y 13533 de la Organización Internacional de Normalización correspondientes a los bloques obturadores de pozos, las cabezas de pozo y los árboles de producción destinados a ser utilizados en pozos de petróleo y/o de gas.

    6. Plataformas de perforación y de producción de petróleo crudo y gas natural.

    7. Buques y barcazas con equipos de perforación y/o tratamiento de petróleo incorporados utilizados en la producción de petróleo, gas y otras materias inflamables naturales.

    8. Equipos de válvulas subterráneas de seguridad que cumplan las especificaciones API e ISO especialmente diseñados para ser utilizados en pozos de petróleo y gas.

    Nota técnica:

    Las especificaciones API e ISO en cuestión son la especificación 14A del American Petroleum Institute y/o a la especificación 10432 de la Organización Internacional de Normalización correspondientes al equipo de válvulas subterráneas de seguridad destinado a ser utilizado en pozos de petróleo y/o gas.

    9. Separadores líquidos/gases que cumplan la especificación 12J de la API especialmente diseñados para el tratamiento de la producción procedente de un pozo de petróleo o de gas, a fin de separar el petróleo líquido del agua y los gases de los líquidos.

    10. Válvulas de tuberías que cumplan las especificaciones API e ISO destinadas a ser utilizadas en sistemas de transporte por tuberías en la industria del petróleo y del gas natural.

    Nota técnica:

    Las especificaciones API e ISO en cuestión son las especificaciones 6D y 6DSS del American Petroleum Institute y/o a las especificaciones 14313 y 14723 de la Organización Internacional de Normalización correspondientes a las válvulas de tuberías.

    11. Bombas y compresores de gas especialmente diseñados para ser utilizados en el primer tratamiento y el transporte del petróleo crudo y de gas natural y los componentes especialmente diseñados para ellos.

    1.B Equipos de ensayo e inspección

    1. Equipos especialmente diseñados para el muestreo, ensayo y análisis de las propiedades del lodo de perforaciones, los cementos para el cementado de pozos petrolíferos y otros materiales especialmente diseñados y/o formulados para ser utilizados en pozos de petróleo y de gas.

    2. Equipos especialmente diseñados para el muestreo, ensayo y análisis de las propiedades de muestras de roca, muestras líquidas y gaseosas y otros materiales extraídos de un pozo de petróleo y/o de gas durante la perforación o después de la misma, o procedentes de las instalaciones de primer tratamiento asociadas.

    3. Equipos especialmente diseñados para recoger e interpretar información sobre las condiciones físicas y mecánicas de un pozo de petróleo y/o de gas, y para determinar las propiedades in situ de la formación rocosa y del yacimiento.

    1.C Materiales

    1. Lodos de perforaciones, aditivos de los lodos de perforaciones y sus componentes especialmente formulados para estabilizar los pozos de petróleo y gas durante la perforación, para recuperar los finos de perforación en la superficie y para lubricar y enfriar el equipo de perforación en el pozo.

    2. Cementos y otros materiales que cumplan las especificaciones API e ISO destinados a ser utilizados en pozos de petróleo y gas.

    Nota técnica:

    Las especificaciones API e ISO en cuestión son la especificación 10A del American Petroleum Institute o la especificación 10426 de la Organización Internacional de Normalización correspondientes a los cementos y otros materiales especialmente formulados para el cementado de pozos de petróleo y gas.

    3. Agentes anticorrosivos, desemulsificantes y despumantes y otros productos químicos especialmente formulados para ser utilizados en la perforación de pozos de petróleo y/o gas y en el primer tratamiento del petróleo extraído.

    1.D Equipos lógicos

    1. Equipos lógicos especialmente diseñados para la recogida e interpretación de datos procedentes de estudios sísmicos, electromagnéticos, magnéticos o gravimétricos con el fin de determinar el potencial de producción de petróleo o de gas.

    2. Equipos lógicos especialmente diseñados para el almacenaje, el análisis y la interpretación de la información adquirida durante la perforación y la producción a fin de evaluar las características físicas y el comportamiento de los yacimientos de petróleo o de gas.

    3. Equipos lógicos especialmente diseñados para la explotación de las plantas de producción y tratamiento de petróleo o de subunidades particulares de dichas plantas.

    1.E Tecnologías

    1. Tecnologías clave requeridas para la prospección, los ensayos, la producción, el primer tratamiento y el transporte de petróleo y de gas natural.

    REFINADO Y LICUEFACCIÓN

    2.A Equipos

    1. Intercambiadores de calor, según se indica a continuación, y los componentes diseñados especialmente para ellos:

    a. intercambiadores de calor de aleta de placa con un coeficiente superficie/volumen superior a 500 m2/m3, especialmente diseñados para el preenfriamiento del gas natural;

    b. intercambiadores de serpentina especialmente diseñados para la licuefacción o el subenfriamiento del gas natural.

    2. Bombas criogénicas para el transporte de materias a una temperatura inferior a -120 ºC con una capacidad de transporte superior a 500 m3/h y los componentes especialmente diseñados para ellas.

    3. «Cajas frías» y equipos de «caja fría» no comprendidos en el punto 2.A1

    Nota técnica:

    Los equipos de «caja fría» designan una construcción especialmente diseñada, específica para las instalaciones de GNL, que incorpora la fase de licuefacción. La «caja fría» consta de intercambiadores de calor, tuberías, otros instrumentos y aislantes térmicos. La temperatura en el interior de la «caja fría» se sitúa en torno a los -120 ºC (condiciones de condensación del gas natural). La función de la «caja fría» es asegurar el aislamiento térmico de los equipos descritos más arriba.

    4. Equipos para terminales de transporte de gas licuado a una temperatura inferior a -120 ºC y los componentes especialmente diseñados para ellos.

    5. Conducto de transferencia, flexible o no, con un diámetro superior a 50 mm para el transporte de materias a una temperatura inferior a -120 ºC.

    6. Buques de transporte marítimo especialmente diseñados para el transporte de GNL.

    7. Unidades de coquefacción y de refinado para la isomerización de cortes C5-C6 y unidades de refinado para la alquilación de olefinas ligeras destinadas a mejorar el octanaje de los cortes de hidrocarburos.

    8. Desaladores electrostáticos especialmente diseñados para eliminar los contaminantes presentes en el petróleo crudo, como las sales, las sustancias sólidas y el agua y los componentes especialmente diseñados para ellos.

    9. Todos los craqueadores, incluidos hidrocraqueadores, especialmente diseñados para la conversión de gasóleos de vacío y los componentes especialmente diseñados para ellos.

    10. Aparatos de hidrogenización especialmente diseñados para la desulfurización de la gasolina y el queroseno y los componentes especialmente diseñados para ellos.

    11. Reformadores catalíticos especialmente diseñados para la conversión de gasolina desulfurada en gasolina de alto octanaje y los componentes especialmente diseñados para ellos.

    Nota técnica:

    La reformación catalítica comprende no solo la reformación con platino sino también la isomerización.

    12. Bombas especialmente diseñadas para el transporte del petróleo crudo y de productos secundarios de una capacidad mínima de 50 m3/h y los componentes especialmente diseñados para ellas.

    13. Tubos de un diámetro externo mínimo de 0,2 mm elaborados con uno de los materiales siguientes:

    a. aceros inoxidables con un mínimo de 23 % de cromo en peso;

    b. aceros inoxidables con un «límite de elasticidad» mínimo de 210 N/mm2;

    c. aceros inoxidables y aleaciones de níquel con un índice de resistencia a la corrosión por picadura (PRE) superior a 33.

    Notas técnicas:

    1) El «límite de elasticidad» es la tensión mecánica a partir de la cual un material comienza a deformarse plásticamente.

    2) El índice PRE («Pitting Resistance Equivalent») de resistencia a la corrosión por picadura caracteriza la resistencia de los aceros inoxidables y las aleaciones de níquel a la corrosión por picadura o a la corrosión cavernosa. La resistencia a la corrosión por picadura de los aceros inoxidables y las aleaciones de níquel viene determinada en primer lugar por su composición, fundamentalmente cromo, molibdeno y nitrógeno. La fórmula para calcular el índice PRE es la siguiente: PRE = Cr + 3,3 % Mo + 30 % N

    14. Rascadores y los componentes especialmente diseñados para ellos.

    Nota técnica:

    El rascador es un dispositivo utilizado normalmente para limpiar el interior de una tubería (estado de corrosión o formación de fisuras) y propulsado por la presión del producto en la tubería.

    15. Trampas de envío y recepción para la introducción o extracción de los rascadores.

    16. Tanques de almacenamiento del petróleo crudo y de los productos secundarios con un volumen superior a 1 000 m3 (1 000 000 litros), como se indica a continuación, y los componentes especialmente diseñados para ellos:

    a. tanques de techo fijo;

    b. tanques de techo flotante.

    17. Tubos submarinos flexibles especialmente diseñados para el transporte de hidrocarburos y fluidos de inyección, agua o gas, de un diámetro superior a 50 mm.

    18. Tubos flexibles a alta presión para aplicaciones submarinas y de superficie.

    19. Equipos de isomerización especialmente diseñados para la producción de gasolina de alto octanaje a partir de hidrocarburos ligeros.

    2.B Materiales

    1. Monoetilenglicol (nº CAS 107-21-1).

    2. N-metil pirrolidona (nº CAS 872-50-4).

    3. Ceolitas, de origen natural o sintético, especialmente diseñadas para el craqueado catalítico fluido.

    4. Catalizadores para el craqueado y la conversión de hidrocarburos, como se indica a continuación:

    a. metal único (grupo del platino) en soporte de tipo alúmina o ceolita, especialmente diseñado para el proceso de reformación catalítica;

    b. especie metálica mixta (platino combinado con otros metales nobles) en soporte de tipo alúmina o ceolita, especialmente diseñada para el proceso de reformación catalítica;

    c. catalizadores de cobalto y níquel dopados con molibdeno en soporte de tipo alúmina o ceolita, especialmente diseñados para el proceso de desulfurización catalítica;

    d. catalizadores de paladio, níquel, cromo y tungsteno en soporte de tipo alúmina o ceolita, especialmente diseñados para el proceso de hidrocraqueado catalítico.

    5. Aditivos de la gasolina especialmente formulados para aumentar el octanaje de la gasolina.

    Nota:

    Esta rúbrica incluye el éter butílico terciario etílico (ETBE) y el éter butílico terciario metílico (MTBE)

    2.C Equipos de ensayo e inspección

    1. Equipos especialmente diseñados para los ensayos y análisis de calidad (propiedades) del petróleo crudo y de los productos secundarios.

    2. Sistemas de control de interfaz especialmente diseñados para el control y la optimización del proceso de desalación.

    2.D Equipos lógicos

    1. Equipos lógicos especialmente diseñados para la explotación de plantas de GNL o de subunidades particulares de dichas plantas.

    2. Equipos lógicos especialmente diseñados para el desarrollo, la producción o la explotación de plantas (incluidas sus subunidades) de refinado de petróleo

    2.E Tecnologías

    1. Tecnologías de purificación de gas natural crudo.

    2. Tecnologías de licuefacción de gas natural, incluidas las tecnologías requeridas para el desarrollo, la producción o la explotación de plantas de GNL.

    3. Tecnologías de transporte de gas natural licuado.

    4. Tecnologías requeridas para el desarrollo, la producción o el uso de buques de transporte marítimo especialmente diseñados para el transporte de gas natural licuado.

    5. Tecnologías requeridas para el desarrollo, la producción o la explotación de una refinería.

    6. Tecnologías de almacenamiento de petróleo crudo y de productos secundarios.

    7. Tecnologías de conversión de olefinas ligeras en gasolina.

    8. Tecnología de reformación con platino y de isomerización.

    9. Tecnología de craqueado térmico.

    10. Tecnología Claus de desulfurización de gas.

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