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Document 52009DC0451

    Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la asistencia mutua en materia de cobro de los créditos correspondientes a determinadas exacciones, derechos, impuestos y otras medidas en el período 2005-2008

    /* COM/2009/0451 final */

    52009DC0451

    Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la asistencia mutua en materia de cobro de los créditos correspondientes a determinadas exacciones, derechos, impuestos y otras medidas en el período 2005-2008 /* COM/2009/0451 final */


    [pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

    Bruselas, 4.9.2009

    COM(2009) 451 final

    INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO

    sobre la asistencia mutua en materia de cobro de los créditos correspondientes a determinadas exacciones, derechos, impuestos y otras medidas en el período 2005-2008

    INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO

    sobre la asistencia mutua en materia de cobro de los créditos correspondientes a determinadas exacciones, derechos, impuestos y otras medidas en el período 2005-2008

    1. Introducción

    Los Estados miembros comunitarios se prestan asistencia mutua para el cobro de créditos correspondientes a determinadas exacciones, derechos, impuestos y otras medidas. La legislación por la que se rige esta asistencia fue establecida originalmente por la Directiva 76/308/CEE, de 15 de marzo de 1976[1], que fue sustituida por la Directiva 2008/55/CE de 26 de mayo de 2008[2]. Conforme a esta legislación la Comisión está obligada a presentar regularmente un informe acerca del uso de las disposiciones sobre asistencia mutua. El primer informe (documento COM (2006) 43) fue publicado el 8 de febrero de 2006. En él se daba una descripción de la asistencia mutua para el cobro de créditos durante 2003 y 2004. El presente informe se refiere a la asistencia prestada en el período 2005-2008 y trata también de las actuales iniciativas de la Comisión en este campo.

    2. ANÁLISIS DEL USO DE LAS MEDIDAS DE ASISTENCIA MUTUA EN 2005-2007

    2.1. Observaciones introductorias

    En su informe anterior la Comisión señalaba que las estadísticas de varios Estados miembros contenían ciertas incoherencias. Las estadísticas sobre el número de solicitudes presentadas en el período 2005-2007 muestran en general un descenso importante de estas incoherencias, aunque el número de solicitudes ha aumentado enormemente.

    Esta mejora demuestra que los Estados miembros han prestado más atención a la preparación de estadísticas correctas. La aprobación, el 5 de diciembre de 2005, de instrucciones precisas sobre las obligaciones de presentar informes estadísticos ha contribuido sin duda a esta mejora en la exactitud de las estadísticas. Además, las preguntas de los Estados miembros sobre esta cuestión se estudiaron detenidamente en el Comité de Cobros, lo cual permitió a las autoridades nacionales acercar puntos de vista divergentes que podían dar lugar a incongruencias en las estadísticas notificadas.

    2.2. Aumento de las solicitudes de asistencia mutua entre Estados miembros

    Las estadísticas aportadas por los Estados miembros muestran un número creciente de solicitudes de asistencia basadas en la Directiva comunitaria (primera columna de la gráfica a continuación).

    Se observa también que los Estados miembros recurren más al marco legislativo comunitario que a cualquier otro acuerdo de asistencia mutua para el cobro de créditos. El recurso a otros acuerdos de asistencia mutua entre Estados miembros ( segunda columna de la gráfica) ha disminuido durante el período 2005-2008 (sólo se dispone de datos sobre el recurso a acuerdos de asistencia mutua durante el período 2005 a 2008)[3].

    2.2.1.

    Evolución de las solicitudes de información

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    2.2.2. Evolución de las solicitudes de notificación

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    2.2.3. Evolución de las solicitudes de cobro

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    2.2.4. Tipo de créditos para cuyo cobro se solicitó asistencia

    El tipo de créditos, en porcentaje del total, se muestra en la gráfica siguiente[4]:

    - [pic] Las solicitudes relativas a créditos del IVA (a las que se refiere el artículo 2 e) de la Directiva 2008/55/CE) representan una parte importante de las solicitudes de medidas de cobro: su porcentaje aumentó del 43 % en 2005 al 57 % en 2007; en 2008 disminuyó al 34 %.

    - [pic] Las solicitudes relativas a los impuestos sobre la renta y el patrimonio (a los que se refiere el artículo 2 g) de la Directiva) representan la otra parte principal de las solicitudes. Esta parte disminuyó del 37 % de todas las solicitudes en 2005 al 26 % en 2007; en 2008 el 50 % de todas las solicitudes se refería a cobros de este tipo.

    - [pic] Las solicitudes referentes a devoluciones, intervenciones y otras medidas que forman parte del sistema de financiación del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola para el Desarrollo Rural (FADER), a exacciones reguladoras agrícolas y derechos previstos en la organización común de mercado para el sector del azúcar; y a derechos de importación y exportación (a los que se refiere el artículo 2 a)-d) de la Directiva) representan aproximadamente el 10 % de todas las solicitudes.

    - [pic] Las solicitudes referentes a impuestos especiales (a los que se refiere el artículo 2 f) de la Directiva) representan también el 10 % del total de solicitudes (excepto en 2007, cuando este porcentaje disminuyó al 4 %).

    - [pic] Las solicitudes relativas a los impuestos sobre primas de seguros (a los que se refiere el artículo 2 h) de la Directiva) sólo representan una pequeña parte de todas las solicitudes. En 2008 ni siquiera hubo solicitudes correspondientes a este tipo de impuestos.

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    2.3. Aumento de las cantidades cobradas

    2.3.1. Evolución global de las cantidades cobradas

    La evolución de las cantidades que efectivamente se cobran también muestra una tendencia al alza. En comparación con las cantidades cobradas en 2003 (100 %), en 2006 y 2008 se ha llegado al 600 %[5].

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    2.3.2. Distribución de las cantidades cobradas para otros Estados miembros, según los años a los que se refieren las solicitudes

    La adopción de medidas de cobro lleva tiempo y sus efectos se producen también una vez transcurrido un cierto plazo. Por ejemplo, las cantidades cobradas por un Estado miembro requerido en 2008 sólo se refieren parcialmente a solicitudes recibidas en 2008; estas cantidades también se refieren a solicitudes recibidas en años anteriores. En las gráficas siguientes se muestra, con respecto a las cantidades efectivamente cobradas en los años 2005 a 2008, a qué año se refieren las solicitudes. En estas estadísticas se observa que más del 80 % de las cantidades cobradas en esos años se refiere a solicitudes presentadas en el mismo año (indicado mediante el signo «=» en las gráficas a continuación) o en los dos años naturales anteriores (indicado mediante «-1» y «-2» en las gráficas).

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    2.4. Falta de eficiencia

    Las estadísticas sobre asistencia mutua para el cobro de créditos correspondientes a 2005-2008 muestran que las cantidades cobradas han aumentado considerablemente. Sin embargo, el número de solicitudes y las cantidades para las que se solicita asistencia en el cobro están creciendo también. En consecuencia, sigue habiendo una gran diferencia entre las cantidades para las que se solicita asistencia y las efectivamente cobradas mediante esa asistencia mutua.

    Como ya se indicaba en el punto 2.3.2., las medidas de cobro tomadas para la ejecución de una solicitud recibida un determinado año no llevan a un cobro inmediato dentro de ese mismo año. No se disponía de estadísticas sobre este efecto tardío de las medidas de cobro para los años anteriores a 2005. Por lo tanto, no se puede tener una idea precisa del porcentaje de las cantidades efectivamente cobradas en comparación con las cantidades para cuyo cobro se solicitó asistencia un determinado año. No obstante, la información parcial actualmente disponible deja claro que el porcentaje global de cobro de las solicitudes entre Estados miembros puede estimarse actualmente en torno al 5 %[6].

    Ante el aumento de las solicitudes y el de las cantidades para cuyo cobro se solicita asistencia, se requieren esfuerzos especiales para mejorar la eficiencia de esta asistencia. Estos esfuerzos tienen que hacerse a nivel nacional y a nivel comunitario:

    - los Estados miembros tienen que fortalecer los instrumentos de cobro disponibles en su legislación y

    - la Comunidad Europea tiene que reforzar y facilitar la asistencia mutua para el cobro de créditos entre los Estados miembros.

    3. NUEVAS INICIATIVAS COMUNITARIAS DESTINADAS A FORTALECER LA ASISTENCIA PARA EL COBRO DE CRÉDITOS

    3.1. La nueva Directiva del Consejo

    La Directiva original sobre la asistencia mutua en materia de cobro de los créditos resultantes de operaciones que formen parte del sistema de financiación del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola, así como de las exacciones reguladoras agrícolas y de los derechos de aduana (Directiva 76/308/CEE) ha sido modificada en varias ocasiones. En aras de una mayor racionalidad y claridad, se ha codificado dicha Directiva. La nueva Directiva (Directiva 2008/55 del Consejo) fue adoptada el 26 de mayo de 2008 y entró en vigor el 30 de junio de 2008.

    3.2. El nuevo Reglamento de la Comisión por el que se facilita el intercambio de solicitudes de asistencia

    El 28 de noviembre de 2008, la Comisión adoptó el Reglamento (CE) nº 1179/2008, que sustituyó a la Directiva 2002/94/CE de la Comisión a partir del 1 de enero de 2009. Esta nueva disposición, que fija normas detalladas para la aplicación de la Directiva del Consejo, facilita la asistencia mutua en la práctica, especialmente la comunicación entre las autoridades competentes de los distintos Estados miembros, cosa que es totalmente indispensable, dado el continuo aumento de solicitudes.

    Según las nuevas normas, la comunicación electrónica de solicitudes y respuestas se aplica, en principio, a todos los tipos de solicitudes de asistencia mutua. Los nuevos formularios normalizados de solicitud contribuyen también a una comunicación más rápida entre la autoridad requirente y la requerida.

    Actualmente se está desarrollando una versión electrónica de estos nuevos formularios de solicitud que permite la traducción automática. El 1 de junio de 2008 se inició una fase de prueba para el uso de estos formularios electrónicos de solicitud. En ella participan autoridades de 6 Estados miembros. Se prevé que durante 2010 todos los Estados miembros podrán utilizar los nuevos formularios electrónicos.

    3.3. Propuesta de nueva legislación del Consejo

    El 2 de febrero de 2009, la Comisión presentó una propuesta para sustituir la Directiva 2008/55/CE del Consejo por una nueva disposición (COM(2009)28), a fin de reforzar la asistencia en el cobro de créditos.

    Los principales objetivos y elementos de la propuesta son:

    - la ampliación del ámbito de aplicación a las exacciones no cubiertas por la actual legislación comunitaria, ya que la competitividad y la neutralidad fiscal del mercado interior no sólo resultan afectadas por el impago de impuestos que ahora entran en el ámbito de aplicación de la Directiva 2008/55/CE; el falseamiento de las condiciones del mercado interior así como la amenaza a los intereses financieros de la Comunidad y los Estados miembros puede derivarse del fraude en otros impuestos;

    - el recurso preferente a la legislación comunitaria para todas las solicitudes de asistencia en el cobro de créditos entre Estados miembros; de esta manera los funcionarios responsables podrían evitar las dificultades que conlleva la aplicación de acuerdos diversos, cada uno con diferentes posibilidades, condiciones, modalidades y métodos de comunicación;

    - el fortalecimiento de las posibilidades de solicitar asistencia mutua y de acelerar el tratamiento de las solicitudes al respecto; esta cuestión es esencial ya que las posibilidades de cobrar créditos están claramente relacionadas con la antigüedad del crédito; a fin de mejorar las posibilidades de cobro, la Comisión propone medidas como:

    - la posibilidad de solicitar medidas de cobro, incluso cuando no se hayan tomado todas las medidas de cobro adecuadas en el Estado miembro requirente;

    - el intercambio espontáneo de ciertos tipos de información;

    - la posibilidad de que los funcionarios responsables del cobro estén presentes en las oficinas administrativas y participen en las investigaciones administrativas en otro Estado miembro;

    - la simplificación de los procedimientos de notificación de documentos mediante la introducción de un método de notificación uniforme, utilizando un formulario normalizado;

    - el desarrollo de instrumentos comunitarios uniformes que permitan la adopción de medidas de ejecución o medidas cautelares, de manera que se eviten problemas de traducción y de reconocimiento de instrumentos extranjeros.

    4. Conclusiones y recomendaciones

    4.1. Conclusiones

    El aumento en el número de solicitudes de asistencia demuestra que los Estados miembros son conscientes de la necesidad de trabajar en estrecha colaboración en la lucha contra el fraude fiscal.

    Aunque las cantidades cobradas han aumentado durante el período 2005-2008, se necesita un mayor fortalecimiento de la legislación actual al respecto, a fin de hacer frente al creciente número de solicitudes de asistencia y de mejorar la eficiencia de esta asistencia.

    4.2. Recomendaciones

    Se insta a los Estados miembros a fortalecer los instrumentos de cobro disponibles en su legislación.

    Se invita al Consejo y al Parlamento a adoptar rápidamente la propuesta que la Comisión presentó el 2 de febrero de 2009 para reforzar la asistencia mutua en el cobro de créditos.

    [1] DO L 73 de 19.3.1976, p. 18.

    [2] DO L 150 de 10.6.2008, p. 28.

    [3] Información tomada de las estadísticas comunicadas por los Estados miembros requeridos.

    [4] Las estadísticas se basan en la media de las solicitudes recibidas y enviadas. Para 2005 estas estadísticas se basaban en los datos comunicados por 17 Estados miembros; para 2006, en los comunicados por 20 Estados miembros; para 2007, en los comunicados por 24 Estados miembros; y, para 2008, en los comunicados por 25 Estados miembros.

    [5] Estadísticas comunicadas por los Estados miembros requeridos como cobradas a instancia de otros Estados miembros.

    [6] Sin embargo, hay que tener en cuenta que la suma total de las cantidades mencionadas en las solicitudes de cobro no corresponde necesariamente a las cantidades realmente adeudadas, por ejemplo, el mismo crédito puede ser objeto de varias solicitudes de diferentes Estados miembros o puede haber solicitudes retiradas en una fase posterior, porque los créditos se han pagado voluntariamente o se han anulado tras un recurso. En la actualidad, las estadísticas disponibles no permiten tener en cuenta todas estas situaciones.

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