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Document 52008PC0687
Commission Opinion pursuant to Article 251(2), third subparagraph, point (c) of the EC Treaty on the European Parliament's amendment to the Council's common position regarding the Proposal for a Regulation of the European Parliament and of the Council amending Regulation (EC) No 881/2004 establishing a European Railway Agency amending the proposal of the Commission pursuant to Article 250 (2) of the EC Treaty
Dictamen de la Comisión emitido en virtud del artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE sobre las enmiendas introducidas por el Parlamento Europeo en la Posición común del Consejo relativa a la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 881/2004 por el que se crea una Agencia Ferroviaria Europea por el que se modifica la Propuesta de la Comision con arreglo al apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE
Dictamen de la Comisión emitido en virtud del artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE sobre las enmiendas introducidas por el Parlamento Europeo en la Posición común del Consejo relativa a la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 881/2004 por el que se crea una Agencia Ferroviaria Europea por el que se modifica la Propuesta de la Comision con arreglo al apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE
/* COM/2008/0687 final - COD 2006/0274 */
Dictamen de la Comisión emitido en virtud del artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE sobre las enmiendas introducidas por el Parlamento Europeo en la Posición común del Consejo relativa a la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 881/2004 por el que se crea una Agencia Ferroviaria Europea por el que se modifica la Propuesta de la Comision con arreglo al apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE /* COM/2008/0687 final - COD 2006/0274 */
[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 30.10.2008 COM(2008) 687 final 2006/0274 (COD) DICTAMEN DE LA COMISIÓN emitido en virtud del artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE sobre las enmiendas introducidas por el Parlamento Europeo en la posición común del Consejo relativa a la propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO que modifica el Reglamento (CE) nº 881/2004 por el que se crea una Agencia Ferroviaria Europea POR EL QUE SE MODIFICA LA PROPUESTA DE LA COMISION con arreglo al apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE 2006/0274 (COD) DICTAMEN DE LA COMISIÓN emitido en virtud del artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE sobre las enmiendas introducidas por el Parlamento Europeo en la posición común del Consejo relativa a la propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO que modifica el Reglamento (CE) nº 881/2004 por el que se crea una Agencia Ferroviaria Europea 1. INTRODUCCIÓN El artículo 251, apartado 2, párrafo tercero, letra c), del Tratado CE dispone que la Comisión emite dictamen sobre las enmiendas que propone el Parlamento Europeo en segunda lectura. Así pues, la Comisión emite su dictamen sobre la enmienda propuesta por el Parlamento. 2. ANTECEDENTES Fecha de transmisión de la propuesta al PE y al Consejo (documento COM(2006) 785 final – 2006/0274 COD): | 13.12.2006 | Fecha del dictamen del Comité Económico y Social Europeo: | 11.7.2007 | Fecha del dictamen del Parlamento Europeo en primera lectura: | 29.11.2007 | Fecha de adopción de la posición común por unanimidad: | 3.3.2008 | Fecha del dictamen del Parlamento Europeo en segunda lectura: | 9.7.2008 | 3. OBJET IVO DE LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN La Comisión Europea adoptó el 13 de diciembre de 2006 una serie de medidas destinadas a apoyar la revitalización del sector de los ferrocarriles eliminando los obstáculos a la circulación de los trenes en la red ferroviaria europea. La Comisión lanzó esta iniciativa por dos razones principales: - facilitar la libre circulación de trenes en la UE haciendo más transparente y eficaz el procedimiento de entrada en servicio de las locomotoras; - simplificar el marco reglamentario agrupando y refundiendo las directivas sobre la interoperatividad ferroviaria. Una de estas medidas consiste en modificar el Reglamento por el que se crea la Agencia Ferroviaria Europea a fin de incluir nuevas tareas con objeto de facilitar la libre circulación de los trenes, en particular: - elaborar un documento de referencia que permita establecer correspondencias entre todas las normas nacionales aplicadas por los Estados miembros en el área de la entrada en servicio de material rodante; - organizar los trabajos de la red de autoridades nacionales de seguridad con el fin de reducir progresivamente la cantidad de normas nacionales impuestas por cada Estado y especificar las que pueden considerarse equivalentes; - preparar dictámenes técnicos a petición de las autoridades nacionales de seguridad o de la Comisión. Por otra parte, aprovechando esta modificación del Reglamento, resulta conveniente precisar varias tareas a partir de la experiencia adquirida desde la instauración de la Agencia, especialmente en relación con la implantación del Sistema Europeo de Gestión del Transporte Ferroviario ( European Rail Traffic Management System , ERTMS) y de los registros del material rodante. 4. DICTAMEN DE LA COMISIÓN SOBRE LAS ENMIENDAS PROPUESTAS POR EL PARLAMENTO EUROPEO Tras varios meses de negociaciones bajo Presidencia eslovena, una solución para alcanzar un acuerdo vio la luz con motivo del diálogo tripartito informal del 24 de junio de 2008. Dicho acuerdo se refiere esencialmente a las tareas de la Agencia en materia de ERTMS. La Comisión puede aceptar la enmienda del compromiso adoptado por el Parlamento Europeo tras la segunda lectura.