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Document 52008AE0751

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión Regiones europeas competitivas gracias a la investigación y la innovación — Una contribución para un mayor crecimiento y más y mejores puestos de trabajo COM(2007) 474 final

DO C 211 de 19.8.2008, pp. 1–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

19.8.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 211/1


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión “Regiones europeas competitivas gracias a la investigación y la innovación — Una contribución para un mayor crecimiento y más y mejores puestos de trabajo”»

COM(2007) 474 final

(2008/C 211/01)

El 16 de agosto de 2007, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión «Regiones europeas competitivas gracias a la investigación y la innovación — Una contribución para un mayor crecimiento y más y mejores puestos de trabajo».

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 3 de abril de 2008 (ponente: Sr. PEZZINI).

En su 444o Pleno de los días 22 y 23 de abril de 2008 (sesión del 22 de abril de 2008), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 130 votos a favor y 2 abstenciones el presente Dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1

El Comité podrá apoyar firmemente la iniciativa de la Comisión únicamente si ésta tiene presentes no sólo los problemas que plantea la demanda, sino también —y sobre todo— la optimización de la oferta, algo que evitará fracasos y carga burocrática.

1.2

El Comité se muestra firmemente convencido de que la promoción de las acciones a escala local y regional y la capacidad de conectarlas en red para llevar a cabo la Estrategia de Lisboa no sólo son esenciales para acometer un esfuerzo conjunto en materia de I+D que conduzca, con éxito, a la creación y el desarrollo de empresas innovadoras en toda la Unión, sino, sobre todo, para lograr la participación de las fuerzas económicas y sociales activas en el territorio, atendiendo al objetivo común de generar más y mejor empleo en un marco de desarrollo sostenible y competitivo en todo el mundo.

1.3

El Comité reafirma la importancia del triángulo del conocimiento —educación, investigación e innovación—, que desempeña un papel fundamental a la hora de promover el crecimiento y el empleo, a la vez que considera prioritario acelerar las reformas, fomentar la excelencia de la enseñanza superior y de la asociación entre las universidades, los centros de investigación y las empresas, así como garantizar que todos los sectores de la educación y la formación cumplen plenamente sus funciones con vistas a promover la creatividad y la innovación, especialmente a nivel local y regional. En este contexto se enmarcan en particular aquellas regiones específicas (EUREGIO) donde la participación en redes de vecinos y socios tiene lugar en zonas que trascienden las fronteras nacionales.

1.4

El Comité considera que la competitividad y el desarrollo económico, social y del empleo en las regiones europeas debe ser abordado por todos de una manera más pro activa y más coordinada que en la actualidad, al objeto de privilegiar una optimización de los resultados concretos para alcanzar los objetivos de la Estrategia de Lisboa.

1.5

Aun cuando comparte plenamente el diagnóstico de la Comisión sobre las carencias en el uso conjunto y coordinado de los instrumentos comunitarios, el Comité se lamenta de que, transcurrida más de una década, una cuestión fundamental como ésta siga todavía afrontándose en términos analíticos, sin llegar al nudo del problema, a fin de desarrollar nuevas capacidades de «ingeniería simultánea» (1) entre los distintos tipos de intervención, comunitaria y europea.

1.6

El Comité considera necesario, aunque no suficiente, actuar del lado de la demanda. Considera que ha llegado el momento de superar las afirmaciones en el sentido de que es necesario prestar más atención a las regiones y pasar a:

una estrategia territorial de investigación y desarrollo tecnológico e innovador,

consideraciones específicas sobre la cooperación transfronteriza (EUREGIO),

un uso coordinado de los instrumentos comunitarios,

una mayor información sobre las oportunidades que se brindan a escala nacional y europea, y

una fuerte disminución de las cargas burocráticas.

1.7

En opinión del Comité, hay que profundizar en el plano de la oferta para asegurar un marco de coherencia y el fácil acceso a todos los instrumentos disponibles, con vistas al desarrollo competitivo de las realidades territoriales europeas, superando los obstáculos de carácter jurídico, las discordancias en los plazos de aplicación y la asignación del apoyo financiero.

1.8

El Comité considera indispensable la elaboración de una guía práctica europea que recapitule en un cuadro sinóptico:

las modalidades viables de intervención comunitaria y paneuropea,

las diferencias en los requisitos exigidos y en los criterios de evaluación,

el sincronismo y asincronismo en materia de procedimientos y gestión, y

la compatibilidad y complementariedad de las posibles intervenciones.

1.9

Además, el Comité considera que no cabe aplazar más una acción comunitaria precisa y puntual si lo que se pretende es garantizar nuevas capacidades de ingeniería simultánea entre los distintos tipos de intervención, y optimizar y concentrar los recursos en el territorio.

1.10

Por todo ello, y de acuerdo con las posiciones que ya ha expuesto con anterioridad el Comité (2), éste considera prioritario remediar los problemas que plantean la multiplicación de los niveles de gobernanza y la fragmentación de las intervenciones —necesarias para la reactivación competitiva de las regiones europeas— y propone lanzar una nueva iniciativa denominada Jasmine (Joint Assistance Supporting Multiprojects for Innovation Networking in Europe) para hacer frente a las lagunas institucionales existentes, por parte tanto de la demanda como de la oferta, y lograr una fuerte disminución de las cargas burocráticas.

1.11

Esta iniciativa deberá encaminarse hacia una mejor comprensión y coherencia de los comportamientos de los distintos agentes, a quienes se exhorta a participar en un proceso decisorio en redes, dentro de un marco unitario y congruente de proyectos territoriales.

2.   Introducción

2.1

Las regiones europeas del conocimiento se enfrentan a numerosos factores de cambio que constituyen otros tantos desafíos —y también oportunidades— que influyen en su capacidad para alcanzar los objetivos de la Estrategia de Lisboa revisada.

2.2

Entre estos factores de cambio, cabe recordar:

—   los factores exógenos: un proceso de globalización cada vez más intenso, la aparición de áreas continentales con una fuerte dinámica de crecimiento, el gran incremento de los precios de la energía y las materias primas, los avances imprevistos en el campo científico y tecnológico, la internacionalización de la innovación, los problemas relacionados con el cambio climático y una presión migratoria frecuentemente incontrolada o incontrolable, y

—   los factores endógenos: el envejecimiento demográfico, la protección del medio ambiente y de la calidad de vida, la obsolescencia del aparato productivo y de servicios, la modernización del sector público, la creciente interacción entre los conocimientos nuevos y emergentes y el capital humano disponible, en la capacidad de desarrollo cultural y creativo y el desarrollo de las infraestructuras territoriales comunes, tanto físicas como inmateriales.

2.3

El Comité ha tenido ocasión de pronunciarse en diversas ocasiones sobre estos temas, bien en un plano general —en el marco de desarrollo de la Estrategia de Lisboa y de las políticas comunitarias de investigación e innovación, de medio ambiente y de educación y formación—, bien en un plano más específico.

2.4

En particular, el Comité ha tenido oportunidad de destacar que se debe «permitir que el conjunto del territorio comunitario se adapte a los retos de la economía del conocimiento y contribuir de ese modo a que todas las regiones puedan asumir los objetivos de Lisboa» (3).

2.5

Además, el Comité ha resaltado que «la nueva configuración de los modelos de competencia en el mercado mundial implica grandes cambios. Las nuevas plataformas integradas y las redes deben dar respuesta a los temas relativos a la investigación y la innovación, la gestión de nuevos recursos humanos, la promoción y la comercialización, las finanzas y el crédito, la logística y la atención al mercado, y los servicios dedicados al cliente» (4).

2.6

El Comité reitera su convencimiento de que la promoción de las acciones a escala local y la capacidad de conectarlas en red para llevar a cabo la Estrategia de Lisboa son fundamentales para alentar la creación de empresas innovadoras en un marco de desarrollo sostenible y competitivo. En este contexto también se deberían enmarcan en particular aquellas regiones (EUREGIO) y actividades donde los sistemas de redes entre vecinos y socios tiene lugar en zonas que trascienden las fronteras nacionales.

2.7

En su Dictamen sobre el Libro Verde «El Espacio Europeo de Investigación: nuevas perspectivas», el Comité recomienda «que se complemente el Espacio Europeo de Investigación con un Espacio Europeo del Conocimiento, con el objetivo de crear una sociedad europea del conocimiento», y señala que «la coordinación por parte de la Comisión es también necesaria para (…) construir estructuras eficaces de dirección y asesoramiento e igualmente organizaciones de trabajo que funcionen bien» (5).

2.8

Por último, el Comité también ha subrayado la importancia del «triángulo del conocimiento»: educación, investigación e innovación, que desempeña un papel esencial en la promoción del crecimiento y el empleo. Por este motivo, es importante acelerar las reformas y promover la excelencia en la enseñanza superior y en los marcos de asociación entre universidades, centros de investigación y empresas, así como garantizar que todos los sectores de la educación y la formación cumplen plenamente su función a la hora de promover la creatividad y la innovación, especialmente a nivel local y regional.

2.9

El Comité considera que la competitividad y el desarrollo económico, social y laboral de las regiones europeas deben ser abordados por todos de una manera más proactiva y coordinada: la Comisión debe intentar ir más allá de las obligaciones que imponen los distintos fundamentos jurídicos y criterios de procedimiento, y privilegiar la optimización de los resultados concretos derivados del cumplimiento de los objetivos de la Estrategia de Lisboa. Para ello se deberá recurrir a los distintos instrumentos presupuestarios de la Unión, respondiendo ante el ciudadano y el contribuyente, también en términos de eficacia por lo que respecta al acceso conjunto, la coordinación, las sinergias y los sincronismos de las posibles intervenciones a escala comunitaria y paneuropea, y todo ello al objeto de alcanzar la masa crítica necesaria para obtener un efecto multiplicador.

2.10

Según las directrices integradas para el crecimiento y el empleo de la Agenda de Lisboa renovada, la política de cohesión esboza tres prioridades estratégicas (6):

mayor capacidad de atracción de los Estados miembros, las regiones y las ciudades (ciudades de la ciencia) (7), mejorando su accesibilidad, asegurando unos adecuados niveles cualitativos de servicios y protegiendo el medio ambiente,

fomento de la innovación y el carácter empresarial, y desarrollo de la economía del conocimiento mediante la investigación y las aplicaciones innovadoras, incluidas las tecnologías de la información y la comunicación, y

creación de más y mejor empleo, atrayendo a más personas hacia la actividad laboral y empresarial, mejorando la adaptabilidad de las empresas y los trabajadores, y aumentando la inversión en capital humano.

2.11

En el plano de la oferta, las dificultades para garantizar un efecto palanca y un uso coordinado de los instrumentos financieros de que se dispone para alcanzar estos objetivos son consecuencia de las características intrínsecas de los propios instrumentos, es decir:

las distintas orientaciones de gestión y procedimientos por las que se rigen,

su dimensión, concretamente la territorial o transnacional,

el carácter específico de los objetivos que se les ha asignado,

los distintos fundamentos jurídicos, y

la atribución de responsabilidades —de decisión y de gestión— a las distintas unidades y organismos.

2.12

Por lo que respecta a la demanda, las regiones afrontan a menudo:

la falta de una visión común clara, definida y compartida en relación con una estrategia territorial de investigación y desarrollo tecnológico e innovador,

dificultades en el ámbito de la información y la comunicación,

una insuficiente capacidad de gobernanza de proyectos complejos y estructurados a distintos niveles y con diversos objetivos,

un insuficiente desarrollo de los clusters y de las redes de polos industriales, y

un desarrollo inadecuado de las capacidades profesionales, técnicas y organizativas necesarias para el óptimo aprovechamiento de la estrategia de innovación.

2.13

Es necesario abordar estas carencias asegurando una asistencia técnica y una coordinación ya en la fase inicial de todos los programas comunitarios.

2.14

Las encomiables iniciativas sinérgicas en la aplicación de los distintos programas e intervenciones estructurales para el periodo 2007-2013 parecen ser una condición necesaria, aunque no suficiente, para optimizar sus resultados concretos.

2.15

El Comité ha tenido ocasión de mostrarse favorable a diversas iniciativas de la Comisión, como Jeremie, y ha propuesto un punto central de información (Focal point Jeremie), entendido como una unidad de coordinación e información entre las distintas acciones, señalando que se echa en falta un proyecto que permita coordinar y llevar a buen término los numerosos instrumentos crediticios existentes (8).

2.16

El Comité apoya y comparte plenamente las declaraciones de la Comisaria Hübner a propósito de Jaspers, Jeremie y Jessica (9) que han creado nuevas dinámicas y perspectivas de inversión, crecimiento y empleo a nivel nacional y regional, y también entre los interlocutores sociales de todas las regiones de la UE.

2.17

El Comité considera que las directrices que la Comisión ha adoptado para la investigación científica y tecnológica en la UE —CREST (10)—, publicadas en septiembre de 2007, representan un instrumento de orientación importante, aun cuando se ven limitadas a las interacciones entre el Programa Marco comunitario de IDT+D y los nuevos Fondos Estructurales.

3.   La propuesta de la Comisión

3.1

La propuesta de la Comisión Europea pone de manifiesto las posibles sinergias que se dan a la hora de planificar los instrumentos para la financiación de las políticas europeas de investigación, innovación y cohesión de que disponen las partes interesadas, al objeto de elevar la competitividad de las regiones europeas en función de su capacidad de absorción.

3.2

Entre los principales instrumentos de acción, cabe señalar el Séptimo Programa Marco (7o PM) de IDT y el nuevo Programa Marco para la competitividad y la innovación (PCI), además de las nuevas orientaciones de los Fondos Estructurales y de Cohesión.

3.3

Según indica la propia Comisión, ésta ha actuado a través de una serie de grupos consultivos de coordinación que han recomendado:

el desarrollo de una estrategia específica para utilizar de forma coordinada el Programa Marco y los programas de la política de cohesión como parte de su estrategia de IDT+D,

el reforzamiento de la gobernanza de las estrategias de IDT a través del intercambio y la creación de redes,

sinergias eficaces para reforzar y desarrollar las capacidades en materia de IDT, el impulso de la excelencia, la atención a las PYME, el establecimiento de marcos de cooperación de ámbito europeo e internacional, y la valorización de los resultados,

la mejora de la comunicación y la colaboración entre los operadores nacionales y regionales, y entre éstos y sus beneficiarios,

el recurso a intervenciones del programa específico «Capacidades» del 7o PM para acciones coordinadas, y

el reforzamiento de las sinergias entre la política de cohesión y el 7o PM en lo relativo a las infraestructuras de investigación, con la participación de los Estados miembros.

3.4

La Comisión invita a los Estados miembros a perfeccionar las modalidades para desarrollar y utilizar de manera coordinada los instrumentos comunitarios con la creación de sistemas destinados a informar a los operadores involucrados acerca de las oportunidades que se les ofrecen. Igualmente, se compromete a publicar durante 2007 una guía práctica sobre las posibilidades de financiación para los centros de investigación, con las modalidades previstas en los mecanismos nacionales y regionales, al objeto de incentivar un acceso coordinado a la financiación.

4.   Observaciones generales

4.1

Aun cuando comparte plenamente el diagnóstico de la Comisión sobre las carencias en el uso conjunto y coordinado de los instrumentos comunitarios que esta institución señala, el Comité no comparte la terapia, al considerarla insuficiente para alcanzar los objetivos de las políticas comunitarias, especialmente en el campo de la investigación, la innovación y la formación.

4.2

El Comité coincide con la Comisión (11) en que «uno de los pilares de la nueva asociación por el crecimiento y el empleo son los esfuerzos encaminados a fomentar la economía del conocimiento, especialmente mediante la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación», pero considera que esta asociación se deriva de la responsabilidad conjunta de todas las partes interesadas, en primer lugar en el ámbito comunitario, además de a nivel nacional, regional y local.

4.3

El Comité opina que hay que ir más allá de la elaboración de una estrategia territorial de investigación y desarrollo tecnológico e innovador haciendo un mayor uso de:

los instrumentos de previsión y de análisis SWOT (12) para determinar las oportunidades estratégicas de las regiones,

las acciones adecuadas en materia de desarrollo de las capacidades y de formación profesional,

el reforzamiento de las capacidades para atraer empleo en el campo de la investigación y el desarrollo, a fin de evitar la fuga de cerebros tanto dentro de la UE como hacia el resto del mundo,

el intercambio de expertos cualificados y de experiencias innovadoras,

el apoyo al desarrollo y la coordinación de los polos industriales del conocimiento,

la vinculación de las plataformas tecnológicas europeas a las iniciativas conjuntas europeas,

el uso coordinado de los instrumentos comunitarios, con la creación de sistemas interactivos encaminados a informar a los operadores interesados de las oportunidades que se les brinda, y

las posibilidades de comunicación e intercambio de experiencias, sobre todo entre las PYME.

4.4

En opinión del Comité, hay que profundizar en el plano de la oferta para asegurar un marco de fácil acceso a todos los instrumentos disponibles, con vistas al desarrollo competitivo de las realidades territoriales europeas, según los objetivos de un «territorio socialmente responsable», con la participación de los interlocutores sociales, las cámaras de comercio, el mundo académico y la asociación y organizada, atendiendo a unas estrategias de sostenibilidad de la política industrial europea (13), tanto en el plano de la producción como del consumo sostenibles.

4.5

Además, el Comité considera que el establecimiento de instrumentos que contribuyan, a través de la investigación y la innovación, a reforzar el crecimiento y la mejora cuantitativa y cualitativa del empleo y de la competitividad de las regiones europeas a través de la investigación y la innovación es parcial desde el punto de vista de los instrumentos correspondientes de intervención comunitarios, y muestra carencias en lo relacionado con las oportunidades que se ofrecen a las regiones europeas y las necesidades de coordinación de los instrumentos que se pueden aplicar a escala paneuropea e internacional.

4.6

En la Comunicación no se mencionan, o se mencionan únicamente de paso (14), posibilidades de intervención como:

el Banco Europeo de Inversiones, con sus numerosas ofertas,

el I2I — Innovation 2010 Initiative,

las acciones de colaboración emprendidas a nivel europeo y comunitario, como el Foro Estratégico Europeo sobre Infraestructuras de Investigación (ESFRI) o las plataformas tecnológicas europeas,

los equipamientos destinados a los recursos humanos europeos en el campo de la ciencia y la tecnología, Eiburs (EIB University Research Sponsorship Programme o programa para el patrocinio de la investigación universitaria del BEI),

el programa Starebei (STAges de REcherche BEI) y las redes universitarias del BEI,

las dotaciones locales y regionales para la I+D y la innovación,

la inversión pública y privada en I+D e innovación,

los servicios en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y el sector audiovisual,

el programa de acción integrada relativo a la educación y la formación 2010, compuesto por otros programas sectoriales al servicio del «aprendizaje permanente para fomentar el conocimiento, la creatividad y la innovación» (15), elemento integrante del «triángulo del conocimiento» (educación, investigación e innovación),

los instrumentos de intervención comunitaria de la sociedad de la información, con los programas inscritos en el marco de la iniciativa «i2010» (16),

la contribución del diálogo social al reforzamiento de la sociedad del conocimiento,

el impulso de la formación permanente y continua, y

el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (17), con el objeto de conceder ayudas únicas y específicas destinadas a facilitar la reinserción laboral de los trabajadores en regiones o sectores damnificados por perturbaciones económicas graves (18).

4.7

Además, tampoco se hace mención ni de las iniciativas ni de los programas paneuropeos, no comunitarios, que, sin embargo, sí favorecen el desarrollo innovador en el territorio de la UE, como:

la iniciativa Eureka, una red paneuropea de organizaciones de investigación y desarrollo industrial orientadas hacia el mercado, que apoya la competitividad de las empresas europeas creando vínculos y redes de innovación en 36 países con los cuales la Comisión ha firmado un acuerdo de cooperación,

el programa Eurostars, iniciativa conjunta CE-Eureka, según un sistema transeuropeo de apoyo a las PYME para el desarrollo de nuevos productos y servicios de mercado,

el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), que ha firmado con la Comisión un acuerdo de asociación con el objetivo de facilitar la elaboración de grandes proyectos cofinanciados por el Fondo de Cohesión y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), principalmente en los nuevos Estados miembros, durante el periodo 2007-2013,

el programa LEED-OECD (Local Economic and Employment Development Programme), que determina, analiza y divulga ideas innovadoras para el desarrollo local y contribuye a mejorar la gobernanza de las pequeñas y medianas empresas, también en cooperación con la Comisión Europea,

el Banco de Desarrollo del Consejo de Europa (BDCE), que mantiene un acuerdo de asociación con la Comisión y financia proyectos sociales destinados a impulsar la cohesión económica y social y reforzar la integración social, la protección medioambiental y el desarrollo del capital humano en las regiones,

diversas actividades e iniciativas en el ámbito de Euregio, y

las iniciativas relacionadas con las «ciudades de la ciencia».

4.8

Asimismo, y teniendo en todo momento presente el apartado 5 del artículo 54 del Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, el Comité considera que es necesario precisar mejor las mencionadas dificultades y obstáculos al uso conjunto y coordinado de los instrumentos aplicables a nivel nacional, regional y local (19) por parte de los distintos operadores, no sólo por las diferencias en materia de fundamentos jurídicos, especialización temática, áreas geográficas o modalidades de actuación, sino también por lo que se refiere a divergencias fundamentales y, en ocasiones, de índole impeditiva, como:

el carácter transnacional o no de los proyectos,

la concordancia en los plazos de lanzamiento,

la concordancia de los plazos de asignación de las ayudas financieras,

la concordancia en los plazos de aplicación, y

la posibilidad y capacidad de desglosar un proyecto global de acción territorial en una serie de «subproyectos», aplicables en función de los requisitos exigidos por cada uno de los programas e instrumentos comunitarios, paneuropeos e internacionales.

4.9

El Comité considera indispensable la elaboración de una guía práctica europea que recapitule en un cuadro sinóptico las modalidades viables de intervención comunitaria y paneuropea, los distintos criterios de evaluación, la compatibilidad y la complementariedad de las posibles intervenciones.

4.10

El Comité reitera la necesidad de una acción coordinada y conjunta en lo referente a «los vínculos que deben establecerse entre las políticas estructurales comunitarias y las políticas de investigación e innovación de la Unión, tal como el propio Comité ha solicitado en reiteradas ocasiones», y subraya que «una estrecha coordinación entre estas políticas es indispensable para obtener un nivel óptimo de sinergia operativa y para permitir responder plenamente a las necesidades de los ciudadanos, de la empresa y la sociedad, dentro del objetivo global de un crecimiento sostenido y armonioso a medio y largo plazo, de acuerdo con la orientación “problem solving” de IDT+D y con el factor clave que representan para el desarrollo las inversiones inmateriales» (20).

4.11

El Comité destaca el gran número de políticas comunitarias que contribuyen, junto con la política de cohesión y la de investigación, a cumplir el objetivo del desarrollo competitivo de las regiones europeas, y reafirma la necesidad de un enfoque integrado y coordinado:

la política industrial sostenible —tal como ya destacó el Consejo Europeo de Bruselas de diciembre de 2007— para «favorecer una visión integrada de la competitividad europea por medio de una política industrial sostenible —y en combinación con la innovación y la capacitación—, y potenciar al mismo tiempo su dimensión exterior con el fin de asegurar unas condiciones de competencia equitativas» (21),

la revisión de la política del mercado único europeo, para garantizar condiciones favorables a la innovación, la protección de la propiedad intelectual, la colaboración entre las universidades, las empresas y los centros de investigación y el impulso a la política de normalización reguladora,

la política social y de empleo, para asegurar un diálogo social estructurado y unos principios compartidos de flexiguridad (22), y favorecer el envejecimiento activo, unas políticas de integración activa y una formación continua a todos los ciudadanos, y

la política para el desarrollo y el consumo sostenible, que conlleva actividades de investigación y la aplicación de tecnologías limpias innovadoras, a la vez que implica una política integrada en los ámbitos climático y energético y en la gestión sostenible de los recursos naturales, de producción y de consumo sostenibles.

4.12

En este contexto, el Comité reitera todo lo ya mencionado con anterioridad (23):

«elaborar y adoptar una estrategia global comunitaria de racionalización de los mecanismos existentes y de integración de las distintas políticas europeas interesadas que, a la vez que respete las especificidades regionales, dé una connotación unívoca a la intervención comunitaria con vistas a la competitividad y el desarrollo sostenible y armonioso del sistema Europa»,

«poner a punto instrumentos integrados de apertura de los mercados locales, regionales y nacionales de la innovación (…)»,

«definir el grado de integración y las necesarias interacciones entre estos mercados, para garantizar una compatibilidad y una mejor sincronización entre los procesos de decisión y aplicación de las políticas estructurales de cohesión, IDT e innovación, para una plena y eficaz integración de éstas»,

«definir nuevos métodos de aplicación integrada de los instrumentos de cohesión e IDT+D, a través de procedimientos y métodos simplificados y, en la medida de lo posible, uniformes y automáticos, aprovechando plenamente las posibilidades ofrecidas por los acuerdos de la OMC de modular los niveles de apoyo a la IDT de las empresas (…)», y

«crear sistemas de control y seguimiento de las acciones conjuntas de IDT+D y cohesión con el fin de evaluar la eficacia sobre la base de los resultados obtenidos en relación con los objetivos declarados, por medio de indicadores de resultado predefinidos y armonizados y de evaluaciones comparativas a nivel regional».

4.12.1

Además, el Comité recomienda la integración de los programas de formación comunitarios.

4.13

El Comité se lamenta de que, transcurrida más de una década, una cuestión fundamental como ésta siga todavía afrontándose en términos analíticos, sin llegar al nudo del problema, que implica la intervención comunitaria a fin de asegurar nuevas capacidades de «ingeniería simultánea» entre los distintos tipos de intervención —tecnológica, demostrativa, innovadora, divulgativa, formativa, financiera, etc.— con el fin de ejercer una influencia positiva en el tejido profesional y productivo de las distintas realidades territoriales (24).

4.14

El Comité considera que no cabe aplazar más una acción comunitaria precisa y puntual, sin correr el riesgo de perder competitividad y empleo en las regiones europeas.

5.   La propuesta del CESE

Iniciativa Jasmine — Joint Assistance Supporting Multiprojects for Innovation Networking in Europe

5.1

El CESE subraya enérgicamente la necesidad de que JASMINE sea un instrumento voluntario para la simplificación y eliminación de los obstáculos burocráticos, conceptuales y de procedimiento al uso conjunto de los programas paneuropeos, comunitarios, nacionales y regionales, en línea con un desarrollo acelerado del Espacio Europeo de Investigación (EEI).

5.2

Así las cosas, el Comité considera prioritario remediar los problemas que plantea la multiplicación de los niveles de gobernanza de las distintas intervenciones aplicables para la reactivación competitiva de las regiones europeas— y propone lanzar una nueva iniciativa denominada Jasmine (Joint Assistance Supporting Multiprojects for Innovation Networking in Europe) para hacer frente a las lagunas institucionales existentes, tanto en el plano de la demanda como en el de la oferta de intervenciones de apoyo a la innovación y la investigación en el territorio.

5.3

La acción comunitaria debería basarse en una política de redes (Policy Networking), y podría materializarse con:

la creación de una iniciativa comunitaria que podría denominarse, a título meramente indicativo, iniciativa comunitaria Jasmine , y que, junto con Jaspers, Jeremie y Jessica, serviría para desarrollar acciones de asistencia técnica orientadas a las autoridades nacionales, regionales y locales, así como a los operadores interesados, para imprimir por fin una eficacia concreta a la coordinación de las intervenciones comunitarias, paneuropeas y nacionales, y para dar respuesta a las necesidades de « ingeniería simultánea » entre las distintas modalidades de intervención,

una acción encaminada a una mayor comprensión y coherencia del comportamiento de los distintos agentes, en cuanto participantes de un proceso decisorio en redes, y a su interdependencia en términos de información, capacidad de gestión, competencia y recursos financieros destinados a emprender simultáneamente intervenciones de gobernanza a múltiples niveles, dentro de un marco unitario y coherente de proyectos territoriales, tanto por lo que respecta a las acciones de asociación entre los sectores público y privado, como a los proyectos nacionales, comunitarios y transnacionales,

una política de red vertical que implique a las instituciones de gobernanza a distintos niveles —internacional, comunitario, nacional y regional— dentro de unos sistemas de cooperación bien definidos y estructurados,

una política de red horizontal que implique a los agentes públicos y privados de cada territorio, como los gobiernos locales, las empresas, los bancos, las organizaciones no gubernamentales, los grupos de interés y las instituciones de diálogo social (25),

la creación de un punto central de información Jasmine como unidad comunitaria de conexión y de información —también a través de un sitio web ad hoc, aunque evitando un excesivo grado de centralización (26)— entre las distintas instancias y modalidades de acción —sometidos a reglas diferentes y con responsabilidades de gestión distintas, tanto dentro como fuera de los servicios de la Comisión—, con el objetivo de optimizar los resultados,

la puesta en práctica de una red comunitaria de puntos de información Jasmine en las regiones que lo deseen, para dar respuesta a los problemas de concepción global que plantean los proyectos articulados en distintos subproyectos; la conexión entre la territorialidad y la transterritorialidad de estos subproyectos; la búsqueda de socios transnacionales y nacionales para las propuestas de proyectos múltiples; la concordancia en sus plazos de aplicación y la prohibición de acumulación; la concordancia en sus plazos de asignación de las ayudas financieras, y la concordancia en sus plazos de aplicación,

la creación voluntaria por parte de las regiones de unos fondos de participación regionales Jasmine que, sometidos a la acreditación de la Comisión según criterios de rentabilidad, eficacia, imparcialidad, igualdad de trato y transparencia en los procedimientos, deberán integrar unos sistemas predefinidos y predispuestos por la Comisión,

el lanzamiento de una acción comunitaria de previsión «Regiones europeas competitivas» que, valiéndose de las experiencias de la DG Investigación, implique a los máximos responsables de todos los servicios interesados de la Comisión, con representación política ante las regiones, el Parlamento Europeo, el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social Europeo, y

la inclusión de acciones de evaluación comparativa específicas sobre «el éxito (…) de nuevos métodos de gobernanza, basados en la transparencia, la simplificación de los procedimientos y una cooperación verdadera con los agentes económicos y sociales, locales y regionales» (27),

acción en favor del desarrollo de las capacidades de las administraciones locales y los operadores socioeconómicos, apoyo al desarrollo de redes transnacionales encaminadas a asociaciones de proyectos, seguimiento de las sinergias y las sincronías de los proyectos y, por ultimo, apoyo a unas acciones de comunicación e información transparentes e interactivas.

5.4

Las nuevas prioridades de los programas regionales enfocados hacia la innovación, la competitividad y el aprendizaje mutuo a lo largo de toda la vida activa deberían permitir el desarrollo de políticas activas de reforzamiento y apoyo de la competitividad territorial, gracias a la financiación de ejercicios de previsión regional e interregional, de clusters y redes de polos industriales que aseguren una visión estratégica común a cada región para una óptima utilización conjunta de los instrumentos más adecuados en el ámbito nacional, comunitario, paneuropeo y en el marco de la asociación entre los sectores público y privado.

5.5

Cabe la posibilidad de proponer Jasmine como un sello de garantía ante los distintos organismos y programas financieros para facilitar así la aprobación de proyectos directos complementarios, u organizados en fases sucesivas, gracias a memorandos de entendimiento o acuerdos de cooperación entre la Comisión Europea y otros organismos comunitarios y no comunitarios, o mediante reglamentos administrativos de la Comisión destinados a sus servicios responsables de los distintos programas, para la aceptación de una única documentación de los proyectos por parte de los diversos entes suministradores, destinatarios de un paquete de propuestas.

5.6

Jasmine tiene como objetivo facilitar la movilización de recursos financieros destinados a distintas responsabilidades de gestión y ámbitos de gobernanza, pública y privada, para alcanzar la masa crítica óptima de recursos —e impulsar el efecto palanca global— con vistas al establecimiento de un marco unitario de multiproyectos que responda plenamente a la visión estratégica común de una región europea para el reforzamiento de sus puntos fuertes en el campo de la tecnología y la innovación.

5.7

Jasmine debería basarse en las experiencias de la iniciativa Lead Market, las plataformas tecnológicas europeas y las iniciativas tecnológicas conjuntas, los resultados de Eranet y Eranet PLUS, las iniciativas «Las regiones, por el cambio económico» y «Pro Inno», así como Jeremie, Jaspers y Jessica (28).

5.8

Jasmine podría optimizar los esfuerzos de innovación e investigación del territorio y las empresas, los recursos humanos, las universidades, los centros de investigación y las administraciones activas en este ámbito —también mediante las comunidades del conocimiento y la innovación del Instituto Europeo de Tecnología (IET). Sin embargo, cabe recordar que la innovación es, en su mayor parte, una actividad empresarial que debe desarrollarse en las mejores condiciones de operatividad posibles, especialmente atendiendo tanto a la imposición fiscal sobre la actividad de investigación y el trato y la protección de la propiedad intelectual, como a unas estructuras de educación y formación de excelencia, para poder generar más y mejor empleo.

5.9

Por último, Jasmine podría contribuir a valorizar las ventajas específicas de las regiones y a promover los intercambios en los ámbitos de la innovación y la investigación.

Bruselas, 22 de abril de 2008.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Dimitris DIMITRIADIS


(1)  Tal como se utiliza en los documentos de la Comisión, en el sentido de «proyectar simultáneamente».

(2)  Véase el Dictamen DO C 44 de 16.2.2008, punto 1.14; ponente: Sr. WOLF, «El Comité recomienda que se definan normas claras y comprensibles referentes a los numerosos instrumentos comunitarios de apoyo y coordinación de I+D, incluida una lista global (con un método de empleo) de todos los instrumentos y formas de apoyo y coordinación de que dispone la Comisión en materia de I+D (…)».

(3)  Véase el Dictamen DO C 10/88 de 14.1.2004 (ponente: Sr. MALOSSE).

(4)  Véase el Dictamen DO C 255 de 14.10.2005, p. 1.

(5)  Véase el Dictamen DO C 44 de 16.2.2008, p. 1.

(6)  Decisión del Consejo del 6 de octubre de 2006.

(7)  Véase también la iniciativa «Science cities»

www.sciencecities.eu.

(8)  Véase el Dictamen DO C 110 de 9.5.2006.

(9)  Jeremie: Recursos europeos conjuntos para las microempresas y las PYME). Jessica: Ayuda europea conjunta en apoyo de inversiones sostenibles en zonas urbanas. Jaspers: Asistencia conjunta en apoyo de proyectos en regiones europeas.

(10)  Directrices CREST — 1.6.2007.

(11)  Véase COM(2007) 474 final.

(12)  SWOT: Strengths, Weaknesses, Opportunities, and Threats (puntos fuertes y débiles, oportunidades y amenazas).

(13)  COM(2007) 374 final de 4.7.2007.

(14)  Véase SEC(2007) 1045 final de 16.8.2007.

(15)  Véase COM(2007) 703 final de 12.11.2007.

(16)  Véase COM(2007) 146 final.

(17)  Véase COM(2006) 91 final.

(18)  Véase el Dictamen DO C 318 de 23.12.2006.

(19)  Véase el Dictamen DO C 44/1 de 16.2.2008: «Instrumentos comunitarios actuales de fomento y coordinación. El Comité, en cambio, recomienda que se definan normativas generales, claras y comprensibles referentes a los numerosos instrumentos comunitarios de apoyo y coordinación de I+D. A tal efecto, sería útil que la Comisión elaborara una lista completa y descriptiva (con un método de empleo comprensible) de todos los instrumentos y formas de apoyo y coordinación de que dispone en materia de I+D. Tal lista permitiría ver nítidamente si el número creciente de instrumentos permite garantizar que las tareas están suficientemente claras y delimitadas y si los instrumentos son transparentes y accesibles para los usuarios potenciales, al igual que para los funcionarios de la Comisión, o si por el contrario deben redefinirse».

(20)  Véase el Dictamen DO C 40 de 15.2.1999.

(21)  Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Bruselas del 14 de diciembre de 2007.

(22)  Tal como se recoge en las conclusiones del Consejo Europeo de los días 13 y 14 de marzo de 2008 (punto 16) y los dictámenes del CESE.

(23)  Véase el Dictamen DO C 40 de 15.2.1999.

(24)  Véase la nota 23.

(25)  Véase DG Política regional, CE, enero de 2003.

(26)  Véase el Dictamen DO C 44/1 de 16.2.2008: «En cualquier caso, habría que evitar dar la impresión de que el objetivo de la Comisión es dar una orientación centralizada a la investigación europea. Eso reforzaría las preocupaciones de los ciudadanos acerca de una centralización excesiva en Bruselas (…)».

(27)  Véase el Dictamen DO C 10/88 de 14.1.2004.

(28)  Véase la nota 9.


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