This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52001PC0805
Proposal for a Council Decision on the Community position in relation to the establishment of a Joint Consultative Committee to be decided on by the association council established by the Europe agreement between the European Communities and the Czech Republic
Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición comunitaria en lo referente a la creación de un Comité Consultivo Mixto sobre el que decidirá el Consejo de asociación establecido por el Acuerdo Europeo entre las Comunidades Europeas y la República Checa
Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición comunitaria en lo referente a la creación de un Comité Consultivo Mixto sobre el que decidirá el Consejo de asociación establecido por el Acuerdo Europeo entre las Comunidades Europeas y la República Checa
/* COM/2001/0805 final - ACC 2001/0319 */
Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición comunitaria en lo referente a la creación de un Comité Consultivo Mixto sobre el que decidirá el Consejo de asociación establecido por el Acuerdo Europeo entre las Comunidades Europeas y la República Checa /* COM/2001/0805 final - ACC 2001/0319 */
Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO RELATIVA A LA POSICIÓN COMUNITARIA EN LO REFERENTE A LA CREACIÓN DE UN COMITÉ CONSULTIVO MIXTO SOBRE EL QUE DECIDIRÁ EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN ESTABLECIDO POR EL ACUERDO EUROPEO ENTRE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y LA REPÚBLICA CHECA (presentada por la Comisión) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. El Acuerdo Europeo, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Checa, por otra, que entró en vigor el 1 de febrero de 1995, estipula, en su artículo 109, que el Consejo de Asociación podrá decidir crear cualquier otro órgano especial que pueda ayudarle en el desempeño de sus tareas. 2. En la Declaración Conjunta nº 12 del Acuerdo Europeo relativa al artículo 109, se acordó que «el Consejo de Asociación examinará la creación de un mecanismo consultivo compuesto por miembros del Comité Económico y Social de la Comunidad y los correspondientes interlocutores de la República Checa». 3. La Comisión propone, por consiguiente, que el Consejo de Asociación cree un Comité Consultivo Mixto que represente a los grupos de interés social y económico de ambas partes respaldando el gran interés demostrado a este respecto por sus respectivos interlocutores sociales, representados por el Comité Económico y Social, por parte de la Comunidad, y por los interlocutores sociales y económicos checos, por parte de la República Checa. 4. El Comité Consultivo propuesto permitirá mantener un diálogo entre los interlocutores sociales de ambas partes que resultará igualmente ventajoso tanto para los interlocutores sociales checos, quienes adquirirán mayor familiaridad con el proceso de consulta que tiene lugar en el Comité Económico y Social y con el diálogo entre los interlocutores sociales de la Unión Europea en general, como para los interlocutores sociales de la Unión Europea, que adquirirán una mayor familiaridad con la dimensión social de las reformas de las estructuras económicas y sociales que están teniendo lugar en la República Checa. El Consejo de Asociación podrá, además, consultar al Comité Consultivo Mixto propuesto antes de tomar decisiones en sectores de interés social evidente. La consulta al Comité quedará, no obstante, a discreción del Consejo de Asociación. 5. El establecimiento del Comité Consultivo Mixto propuesto no tiene ninguna incidencia financiera en el presupuesto de la Comunidad, ya que los participantes checos se harán cargo de sus propios gastos y los gastos de la Comunidad quedarán cubiertos por el presupuesto del Comité Económico y Social. 6. En el anexo se adjunta el texto de la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que la Comunidad deberá adoptar en el seno del Consejo de Asociación, en virtud del apartado 1 del artículo 2 de la Decisión del Consejo y de la Comisión de 19 de diciembre de 1994, relativa a la celebración del mencionado Acuerdo Europeo. Se solicita al Consejo la adopción de la propuesta adjunta de decisión relativa a la posición de la Comunidad en el marco del Consejo de Asociación con la República Checa. 2001/0319 (ACC) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO RELATIVA A LA POSICIÓN COMUNITARIA EN LO REFERENTE A LA CREACIÓN DE UN COMITÉ CONSULTIVO MIXTO SOBRE EL QUE DECIDIRÁ EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN ESTABLECIDO POR EL ACUERDO EUROPEO ENTRE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y LA REPÚBLICA CHECA EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom), Vistos, en particular, los párrafos segundo y tercero del apartado segundo del artículo 300 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el apartado 1 del artículo 2 de la Decisión del Consejo y de la Comisión de 19 de diciembre de 1994, relativa a la celebración del Acuerdo Europeo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados Miembros, por una parte, y la República Checa, por otra, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente: (1) El artículo 109 del mencionado Acuerdo Europeo estipula que el Consejo de Asociación podrá decidir crear algún comité especial u organismo que pueda ayudarle en la consecución de sus cometidos. (2) El diálogo y la cooperación entre los grupos de interés social y económico de la Unión Europea y de la República Checa pueden aportar una valiosa contribución al desarrollo de las relaciones entre las partes. (3) Parece oportuno que dicha cooperación tenga lugar entre los miembros del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y los interlocutores económicos y sociales de la República Checa, DECIDE: La posición que la Comunidad deberá adoptar en el seno del Consejo de Asociación instituido por el Acuerdo Europeo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Checa, por otra, en lo referente a la creación de un Comité Consultivo Mixto se basará en el proyecto de Decisión del mencionado Consejo de Asociación que figura como anexo a la presente Decisión. Hecho en Bruselas, el Por el Consejo El Presidente [...] ANEXO PROYECTO DE DECISIÓN nº ....../2001 del Consejo de Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Checa, por otra, de ........ 2001, por la que se modifica, mediante la creación de un Comité Consultivo Mixto, la Decisión n° 1/95 por la que se establece el reglamento interno del Consejo de Asociación El Consejo de Asociación, Visto el Acuerdo Europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Checa, por otra, y en particular su artículo 109, Considerando lo siguiente: (1) El diálogo y la cooperación entre los grupos de interés social y económico de la Unión Europea y de la República Checa pueden aportar una valiosa contribución al desarrollo de las relaciones entre las partes. (2) Se estima oportuno que dicha cooperación se organice entre los miembros del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y los interlocutores socioeconómicos de la República Checa mediante la creación de un Comité Consultivo Mixto. (3) En consecuencia, debe modificarse el reglamento interno del Consejo de Asociación, adoptado mediante la Decisión 1/95, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Se añadirán las siguientes disposiciones al reglamento interno del Consejo de Asociación: «Artículo 19 Comité Consultivo Mixto Por la presente se crea un Comité Consultivo Mixto encargado de promover el diálogo y la cooperación entre los grupos de interés social y económico de la Unión Europea y de la República Checa. El diálogo y la cooperación abarcarán todos los aspectos socioeconómicos de las relaciones entre la Unión Europea y la República Checa inherentes a la aplicación del Acuerdo Europeo. El Comité Consultivo Mixto se pronunciará sobre las cuestiones planteadas en este ámbito. Artículo 20 El Comité Consultivo Mixto estará compuesto por siete representantes del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y siete representantes de los grupos de interés económico y social de la República Checa. El Comité Consultivo Mixto desempeñará sus actividades en consulta con el Consejo de Asociación o, en lo relativo a la promoción del diálogo entre los grupos de interés económico y social, por iniciativa propia. Los miembros serán elegidos de forma que el Comité Consultivo Mixto refleje lo más fielmente posible los distintos grupos de interés social y económico de la Unión Europea y de la República Checa. El Comité Consultivo Mixto estará presidido conjuntamente por un miembro del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y por un miembro checo. El Comité Consultivo Mixto adoptará su propio reglamento interno. Artículo 21 El Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas, por una parte, y los grupos de interés económico y social checos, por otra, sufragarán respectivamente los gastos de participación en las reuniones del Comité y de sus grupos de trabajo, tanto en lo referente a costes de personal, viajes y estancia como en lo referente a costes postales y de telecomunicaciones. Los gastos de interpretación durante las reuniones, así como los de traducción y de reproducción de los documentos, correrán a cargo del Comité Económico y Social, con excepción de los gastos de interpretación o de traducción desde o hacia el checo, que correrán a cargo de los grupos de interés social y económico checos. Los demás gastos relativos a la organización material de las reuniones correrán a cargo de la parte organizadora de cada reunión.» Artículo 2 La presente Decisión entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente a la fecha de su adopción. Hecho en Bruselas, el Por el Consejo de Asociación El Presidente Los Secretarios Por parte checa : Por la Comunidad Europea: