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Document 32024R1172

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1172 del Consejo, de 19 de abril de 2024, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2020/1998 relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos

ST/7945/2024/INIT

DO L, 2024/1172, 19.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/1172/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/1172/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/1172

19.4.2024

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/1172 DEL CONSEJO

de 19 de abril de 2024

por el que se aplica el Reglamento (UE) 2020/1998 relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2020/1998 del Consejo, de 7 de diciembre de 2020, relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 7 de diciembre de 2020, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2020/1998.

(2)

El 8 de diciembre de 2020, en la Declaración del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante»), en nombre de la Unión Europea, sobre el régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos, la Unión y sus Estados miembros reiteraron su firme compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo. El régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos subraya la determinación de la Unión de reforzar su papel a la hora de hacer frente a violaciones y abusos graves de los derechos humanos en todo el mundo. Lograr el disfrute efectivo de los derechos humanos por parte de todos es un objetivo estratégico de la Unión. El respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y los derechos humanos es un valor fundamental de la Unión y de su política exterior y de seguridad común.

(3)

En su Declaración de 16 de diciembre de 2023, el Alto Representante señaló la preocupación de la Unión por el aumento de la violencia contra los palestinos por parte de colonos extremistas en la Cisjordania ocupada, que ha alcanzado niveles sin precedentes. La Unión ha seguido reiterando su firme condena de la violencia de los colonos y ha pedido responsabilidades. La Unión también ha pedido a Israel que impida la violencia de los colonos y garantice que se exijan responsabilidades a los autores de delitos. Desde los atentados terroristas de Hamás contra Israel del 7 de octubre de 2023, la violencia de los colonos ha aumentado drásticamente.

(4)

En ese contexto, debe incluirse a cuatro personas y dos entidades en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998.

(5)

Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2020/1998 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998 se modifica de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de abril de 2024.

Por el Consejo

La Presidenta

H. LAHBIB


(1)   DO L 410 I de 7.12.2020, p. 1.


ANEXO

El anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998 se modifica como sigue:

1)

En la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos, en la sección A, «Personas físicas», se añaden las entradas siguientes:

 

Nombre (transliteración al alfabeto latino)

Nombre

Datos informativos a efectos de identificación

Motivos de inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

«106.

Neria BEN PAZI

alias Naria BEN FAZI

 

Fecha de nacimiento: 28.11.1993

Nacionalidad: israelí

Sexo: masculino

Número de documento de identidad: 311509004

Neria Ben Pazi creó cuatro de los asentamientos de avanzada más violentos de Cisjordania en 2019.

Es uno de los principales autores del desplazamiento forzoso de la comunidad beduina de Wadi Seeq cerca de Ramala. Desde 2021, Neria Ben Pazi está acusado de atacar repetidamente a palestinos en Wadi Seeq y en Deir Jarir y sus actos han sido equiparados a torturas.

El 12 de octubre de 2023 participó en un ataque violento perpetrado en Wadi Seeq, donde se golpeó gravemente, se esposó y se fotografió en ropa interior a palestinos. Los colonos orinaron y apagaron cigarrillos en ellos.

Por lo tanto, es responsable de violaciones o abusos graves de los derechos humanos contra los palestinos, incluidos torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, lo que también es motivo de grave preocupación por lo que respecta a los objetivos de la política exterior y de seguridad común enunciados en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.

19.4.2024

107.

Yinon LEVI

 

Fecha de nacimiento: 12.12.1992

Nacionalidad: israelí

Sexo: masculino

Número de documento de identidad: 203807276

Yinon Levi ha participado en numerosos actos violentos contra pueblos vecinos desde su residencia en el asentamiento ilegal de la explotación agrícola Mitarim.

Entre ellos se incluye, en particular, asaltar y dañar casas de familias palestinas, en particular en presencia de mujeres y niños. Asimismo, mandó perros a atacar físicamente a pastores palestinos mientras su rebaño pastaba en las tierras que son propiedad privada de dichos pastores.

Por lo tanto, es responsable de violaciones o abusos graves y generalizados del derecho de los palestinos a la integridad física y psíquica, a la propiedad y a la vida privada y familiar, que también son motivo de grave preocupación por lo que respecta a los objetivos de la política exterior y de seguridad común enunciados en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.

19.4.2024

108.

Meir Mordechai ETTINGER

מאיר אטינגר

(Grafía hebrea)

Cargo(s): miembro de Hilltop Youth

Fecha de nacimiento: 4.10.1991

Lugar de nacimiento: Kiryat Moshe, Jerusalén (Israel)

Nacionalidad: israelí

Sexo: masculino

Entidad asociada: Hilltop Youth

Se considera que Meir Ettinger es una figura destacada de la Juventud de las Colinas (Hilltop Youth), un grupo juvenil radical formado por miembros conocidos por llevar a cabo actos violentos contra palestinos y sus pueblos en Cisjordania.

La Juventud de las Colinas se instalan en las colinas de Cisjordania y participa en actos violentos de los colonos a través de los denominados ataques “price tag” (precio a pagar). La violencia de los colonos, que incluye el acoso físico y psicosocial, las palizas, los asesinatos y la demolición de bienes inmuebles, contra palestinos es sistemática.

Meir Ettinger fomenta e incita los ataques y participa en la intimidación con el fin de obligar a los palestinos a abandonar sus tierras. Ha contribuido al establecimiento de asentamientos y asentamientos de avanzada ilegales en tierras palestinas a lo largo de toda Cisjordania, utilizando y aprobando tácticas de intimidación, acoso y violencia.

Participó en un incendio provocado mortal en 2015, cuando ya se consideraba que formaba parte de la Juventud de las Colinas, en una casa palestina en Cisjordania, que mató a dos padres y a su hijo de dieciocho meses.

Por lo tanto, Meir Ettinger es responsable de violaciones o abusos graves de los derechos humanos, incluidos torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como violaciones o abusos del derecho a la propiedad y el derecho a la vida privada y familiar de los palestinos en Cisjordania, y de apoyar y fomentar tales actos. Esos abusos y violaciones son motivo de grave preocupación por lo que respecta a los objetivos de la política exterior y de seguridad común enunciados en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.

19.4.2024

109.

Elisha YERED

אלישע ירד

(Grafía hebrea)

Cargo(s): miembro de Hilltop Youth

Fecha de nacimiento: 2001

Nacionalidad: israelí

Sexo: masculino

Entidades asociadas: Hilltop Youth

Elisha Yered es un activista de los colonos israelíes en Cisjordania, conocido como afiliado a la Juventud de las Colinas (Hilltop Youth), un grupo juvenil radical que participa en actos violentos contra palestinos y sus pueblos en Cisjordania.

La Juventud de las Colinas participa en actos violentos de los colonos a través de los denominados ataques “price tag” (precio a pagar). La violencia de los colonos, que incluye el acoso físico y psicosocial, las palizas, el asesinato y la demolición de bienes inmuebles, contra palestinos es sistemática.

Elisha Yered fomenta estos actos y participa en ellos. Incita regularmente a la violencia contra los palestinos en Cisjordania, en particular mediante la difusión de mensajes como el de “borrar del mapa” un pueblo palestino.

Acosó personalmente a una familia palestina, utilizando un lenguaje intimidatorio y amenazador para impedir su libertad de circulación en sus propias tierras, y está implicado en la destrucción de inmuebles de palestinos en Cisjordania.

Elisha Yered formaba parte de un grupo de colonos armados que, el 4 de agosto de 2023, avanzaron desde la dirección del asentamiento de avanzada ilegal de Oz Zion hacia el pueblo palestino de Burqa, cerca de Ramala. Los colonos dispararon balas a los palestinos, lo que provocó la muerte del palestino Qusai Jammal Mi’tan, de diecinueve años, y heridas a otros palestinos.

Por lo tanto, Elisha Yered es responsable de violaciones o abusos graves de los derechos humanos, incluidos torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como violaciones o abusos del derecho a la propiedad y el derecho a la vida privada y familiar de los palestinos en Cisjordania, y de apoyar y fomentar tales actos, y es responsable de propugnar el odio nacional, racial o religioso, que constituye una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia. Esas violaciones o abusos son motivo de grave preocupación por lo que respecta a los objetivos de la política exterior y de seguridad común enunciados en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.

19.4.2024»

2)

En la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos, en la sección B, «Personas jurídicas, entidades y organismos», se añaden las entradas siguientes:

 

Nombre (transliteración al alfabeto latino)

Nombre

Información identificativa

Motivos de inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

«27.

Lehava

alias Prevention of Assimilation in the Holy Land

להב"ה

(Grafía hebrea)

Teléfono: 079-9130000

Correo electrónico: o.leava@gmail.com

Sitio web:

www.lehava-us.com;

vod.leava.co.il

Lehava es un grupo supremacista judío de extrema derecha dirigido por su fundador Ben-Zion “Bentzi” Gopstein.

Lehava aplica violencia e incita a la violencia contra los palestinos, los cristianos y los judíos mesiánicos, por ejemplo, los miembros de Lehava coreaban “muerte a los árabes” y hacían llamamientos a tomar las armas durante las concentraciones. Lehava organiza protestas violentas contra los matrimonios entre judíos y musulmanes y contra la comunidad LGBTIQ. Los miembros de Lehava acosan y agreden a parejas judeoárabes.

Por lo tanto, Lehava es responsable de violaciones o abusos graves de los derechos humanos, en particular de propugnar de forma sistemática el odio nacional, racial o religioso, lo que constituye incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, siendo también motivo de grave preocupación por lo que respecta a los objetivos de la política exterior y de seguridad común enunciados en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.

19.4.2024

28.

Hilltop Youth

alias No’ar HaGva’ot

נוער הגבעות

(Grafía hebrea)

Personas asociadas:

Meir Mordechai ETTINGER; Elisha YERED

La Juventud de las Colinas (Hilltop Youth) es un grupo juvenil radical formado por miembros conocidos por llevar a cabo actos violentos contra palestinos y sus pueblos en Cisjordania.

El grupo se encuentra instalado en las colinas de Cisjordania y participa en actos violentos de los colonos a través de los denominados ataques “price tag” (precio a pagar). La violencia de los colonos, que incluye el acoso físico y psicosocial, las palizas, el asesinato y la demolición de bienes inmuebles, contra palestinos y sus pueblos es sistemática.

Por lo tanto, la Juventud de las Colinas es responsable de violaciones o abusos graves de los derechos humanos contra los palestinos, incluidos torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como de violaciones o abusos graves del derecho a la propiedad y el derecho a la vida privada y familiar de los palestinos en Cisjordania, que también son motivo de grave preocupación por lo que respecta a los objetivos de la política exterior y de seguridad común enunciados en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.

19.4.2024»


ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/1172/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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