Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32020D2138

    Decisión (UE) 2020/2138 del Consejo de 15 de diciembre de 2020 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en el Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, respecto al establecimiento del reglamento interno del Comité Mixto

    DO L 430 de 18.12.2020, p. 17–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/2138/oj

    18.12.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 430/17


    DECISIÓN (UE) 2020/2138 DEL CONSEJO

    de 15 de diciembre de 2020

    relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en el Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, respecto al establecimiento del reglamento interno del Comité Mixto

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 100, apartado 2, en relación con su artículo 218, apartado 9,

    Vista la propuesta de la Comisión Europea,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo»), fue celebrado por la Unión mediante la Decisión (UE) 2020/948 del Consejo (2) y entró en vigor el 2 de agosto de 2020.

    (2)

    El artículo 22 del Acuerdo crea un Comité Mixto compuesto por representantes de las Partes (en lo sucesivo, «Comité Mixto») con objeto de garantizar la administración y la aplicación adecuada del Acuerdo.

    (3)

    En el artículo 22, apartado 3, del Acuerdo se establece que el Comité Mixto establece su reglamento interno.

    (4)

    Con el fin de garantizar la correcta aplicación del Acuerdo, debe establecerse el reglamento interno del Comité Mixto.

    (5)

    Procede establecer la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la primera reunión del Comité Mixto, ya que la decisión del Comité Mixto por la que se establece su reglamento interno tiene efectos jurídicos para la Unión. La posición de la Unión en el Comité Mixto debe basarse en el proyecto de Decisión del Comité Mixto.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    1.   La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la primera reunión del Comité Mixto creado por el artículo 22 del Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, respecto al establecimiento del reglamento interno del Comité Mixto se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto (3).

    2.   Los representantes de la Unión en el seno del Comité Mixto podrán acordar cambios menores del proyecto de Decisión del Comité Mixto sin necesidad de una posterior decisión del Consejo.

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 2020.

    Por el Consejo

    La Presidenta

    J. KLOECKNER


    (1)   DO L 321 de 20.11.2012, p. 3.

    (2)  Decisión (UE) 2020/948 del Consejo, de 26 de junio de 2020, relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra (DO L 212 de 3.7.2020, p. 3).

    (3)  Véase el documento ST13385/20 en http://register.consilium.europa.eu.


    Top