Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32020D2077

    Decisión (UE) 2020/2077 del Consejo de 8 de diciembre de 2020 por la que se adopta la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 10 de la Unión Europea para el ejercicio 2020

    DO L 424 de 15.12.2020, p. 57–57 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/2077/oj

    15.12.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 424/57


    DECISIÓN (UE) 2020/2077 DEL CONSEJO

    de 8 de diciembre de 2020

    por la que se adopta la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 10 de la Unión Europea para el ejercicio 2020

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 314, en relación con el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 106 bis,

    Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (1), y en particular su artículo 44,

    Considerando lo siguiente:

    El presupuesto de la Unión para el ejercicio 2020 se adoptó definitivamente el 27 de noviembre de 2019 (2).

    El 9 de octubre de 2020, la Comisión presentó una propuesta que contenía el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 10 del presupuesto general para el ejercicio 2020.

    Con vistas a una adopción oportuna por el Parlamento Europeo del presente proyecto de presupuesto rectificativo antes de que finalice el ejercicio 2020, el Consejo debe proceder sin demora a la adopción de su posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 10 del presupuesto general para 2020. Por ello, está justificado, de conformidad con el artículo 3, apartado 3, del Reglamento Interno del Consejo, acortar el plazo de ocho semanas para informar a los Parlamentos nacionales establecido en el artículo 4 del Protocolo n.o 1.

    DECIDE:

    Artículo único

    La posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 10 de la Unión Europea para el ejercicio 2020 se adoptó el 8 de diciembre de 2020.

    El texto completo puede consultarse o descargarse en el sitio web del Consejo: http://www.consilium.europa.eu/.

    Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 2020.

    Por el Consejo

    El Presidente

    M. ROTH


    (1)  DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.

    (2)  DO L 57 de 27.2.2020, p. 1.


    Top