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Document 32020D0467

    Decisión de Ejecución (UE) 2020/467 de la Comisión de 25 de marzo de 2020 que establece la asignación definitiva de ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y la leche destinada a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de julio de 2021 y por la que se modifica la Decisión de Ejecución C(2019) 2249 final [notificada con el número C(2020) 1795]

    C/2020/1795

    DO L 98 de 31.3.2020, p. 34–37 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force: This act has been changed. Current consolidated version: 17/03/2021

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2020/467/oj

    31.3.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 98/34


    DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2020/467 DE LA COMISIÓN

    de 25 de marzo de 2020

    que establece la asignación definitiva de ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y la leche destinada a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de julio de 2021 y por la que se modifica la Decisión de Ejecución C(2019) 2249 final

    [notificada con el número C(2020) 1795]

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (1), y en particular su artículo 5, apartado 6,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    De conformidad con el artículo 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 de la Comisión (2), los Estados miembros que deseen participar en el régimen de ayudas de la Unión para la distribución de frutas y hortalizas, plátanos y leche en los centros escolares (el programa escolar) deben presentar a la Comisión su solicitud de ayuda de la Unión relativa al curso escolar siguiente a más tardar el 31 de enero de cada año y, en su caso, actualizar la solicitud de ayuda de la Unión correspondiente al curso escolar corriente.

    (2)

    De conformidad con el artículo 137, apartado 1, párrafo primero, del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, los programas y actividades de la Unión comprometidos con arreglo al marco financiero plurianual para el período 2014-2020 o a anteriores perspectivas financieras deben aplicarse en 2019 y 2020 con respecto al Reino Unido sobre la base del Derecho de la Unión aplicable.

    (3)

    A fin de garantizar la correcta ejecución del programa escolar, es necesario fijar las asignaciones de ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares entre los Estados miembros participantes, sobre la base de los importes señalados en las solicitudes de ayuda de la Unión presentadas por esos Estados miembros y teniendo en cuenta las transferencias entre las asignaciones indicativas de los Estados miembros contempladas en el artículo 23 bis, apartado 4, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

    (4)

    Todos los Estados miembros han presentado a la Comisión la solicitud de ayuda de la Unión para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de julio de 2021, especificando el importe de la ayuda requerido para las frutas y hortalizas o para la leche destinadas a los centros escolares, o para ambas categorías. En el caso de Bélgica, Francia, Chipre y Suecia, en los importes solicitados se han tenido en cuenta las transferencias entre las asignaciones indicativas.

    (5)

    Con el fin de aprovechar al máximo los fondos disponibles, la ayuda de la Unión no solicitada debe reasignarse entre los Estados miembros participantes en el programa escolar que en su solicitud de dicha ayuda han notificado que, en caso de que se disponga de recursos adicionales, desearían poder utilizar una asignación superior a la indicativa.

    (6)

    En su solicitud de ayuda de la Unión para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de julio de 2021, Suecia y el Reino Unido consignaron asignaciones inferiores a la indicativa para las frutas y hortalizas y/o para la leche destinadas a los centros escolares. Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, España, Croacia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, los Países Bajos, Austria, Polonia, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia y Suecia notificaron que deseaban poder utilizar una asignación superior a la indicativa para las frutas y hortalizas y/o para la leche destinadas a los centros escolares.

    (7)

    A partir de la información notificada por los Estados miembros, debe determinarse la asignación definitiva de ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de julio de 2021.

    (8)

    Mediante la Decisión de Ejecución C(2019) 2249 final de la Comisión (4) se estableció la asignación definitiva de ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares entre los Estados miembros participantes en el programa escolar para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2019 y el 31 de julio de 2020. Algunos Estados miembros han actualizado la solicitud de ayuda de la Unión correspondiente al curso escolar corriente. Alemania, España, Luxemburgo, los Países Bajos y Austria han notificado transferencias entre la asignación definitiva para las frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y la asignación definitiva para la leche destinada a los centros escolares. Bélgica, los Países Bajos y Portugal han solicitado asignaciones inferiores a la definitiva para las frutas y hortalizas y/o para la leche destinadas a los centros escolares. Chequia, Alemania, Estonia, Irlanda, España, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Austria, Rumanía y Eslovaquia han notificado que deseaban poder utilizar una asignación superior a la definitiva para las frutas y hortalizas y/o para la leche destinadas a los centros escolares.

    (9)

    Habida cuenta de la información notificada por los Estados miembros, procede modificar la Decisión de Ejecución C(2019) 2249 final de la Comisión.

    (10)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el anexo I se establece la asignación definitiva de ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares entre los Estados miembros participantes en el programa escolar para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de julio de 2021.

    Artículo 2

    El anexo I de la Decisión de Ejecución C(2019) 2249 se sustituye por el texto del anexo II de la presente Decisión.

    Artículo 3

    Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 25 de marzo de 2020.

    Por la Comisión

    Janusz WOJCIECHOWSKI

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 346 de 20.12.2013, p. 12.

    (2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016, por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la ayuda de la Unión para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas, plátanos y leche (DO L 5 de 10.1.2017, p. 1).

    (3)  Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671).

    (4)  Decisión de Ejecución C(2019) 2249 final de la Comisión, de 27 de marzo de 2019, que establece de manera definitiva la asignación de ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas, las hortalizas y la leche destinadas a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2019 y el 31 de julio de 2020 y por la que se modifica la Decisión de Ejecución C(2018) 1762 final.


    ANEXO I

    CURSO ESCOLAR 2020/2021

    (EUR)

    Estado miembro

    Asignación definitiva para las frutas y hortalizas destinadas a centros escolares

    Asignación definitiva para la leche destinada a centros escolares

    Bélgica

    3 405 459

    1 613 200

    Bulgaria

    2 562 226

    1 145 871

    Chequia

    3 918 810

    1 813 713

    Dinamarca

    2 249 220

    1 578 867

    Alemania

    24 582 347

    10 712 157

    Estonia

    542 176

    727 890

    Irlanda

    2 238 463

    1 029 094

    Grecia

    3 218 885

    1 550 685

    España

    16 237 995

    6 302 784

    Francia

    17 990 469

    17 123 194

    Croacia

    1 636 896

    874 426

    Italia

    20 493 267

    9 016 105

    Chipre

    390 044

    400 177

    Letonia

    769 194

    736 593

    Lituania

    1 089 604

    1 082 982

    Luxemburgo

    333 895

    204 752

    Hungría

    3 666 098

    1 927 193

    Malta

    319 478

    200 892

    Países Bajos

    6 683 866

    2 401 061

    Austria

    2 796 946

    1 250 119

    Polonia

    14 394 215

    10 941 915

    Portugal

    3 283 397

    2 220 981

    Rumanía

    7 866 848

    10 771 254

    Eslovenia

    701 580

    359 649

    Eslovaquia

    2 098 537

    1 004 766

    Finlandia

    1 599 047

    3 824 689

    Suecia

    0

    9 217 369

    Reino Unido

    0

    4 898 661

    Total

    145 068 962

    104 931 038


    ANEXO II

    «ANEXO I

    CURSO ESCOLAR 2019/2020

    (EUR)

    Estado miembro

    Asignación definitiva para las frutas y hortalizas destinadas a centros escolares

    Asignación definitiva para la leche destinada a centros escolares

    Bélgica

    2 506 459

    855 200

    Bulgaria

    2 592 914

    1 156 473

    Chequia

    4 163 260

    2 103 744

    Dinamarca

    1 807 661

    1 460 645

    Alemania

    26 436 867

    10 437 134

    Estonia

    573 599

    765 332

    Irlanda

    2 266 887

    1 201 217

    Grecia

    3 218 885

    1 550 685

    España

    17 454 573

    6 136 910

    Francia

    17 990 469

    17 123 194

    Croacia

    1 660 486

    800 354

    Italia

    20 811 379

    9 120 871

    Chipre

    390 044

    400 177

    Letonia

    814 976

    788 002

    Lituania

    1 144 738

    1 150 401

    Luxemburgo

    381 828

    165 000

    Hungría

    3 886 202

    2 171 100

    Malta

    296 797

    211 122

    Países Bajos

    7 255 860

    1 320 848

    Austria

    3 116 669

    1 113 019

    Polonia

    14 579 625

    11 005 606

    Portugal

    1 553 912

    2 151 570

    Rumanía

    6 866 848

    11 301 317

    Eslovenia

    708 635

    362 276

    Eslovaquia

    2 206 132

    1 140 984

    Finlandia

    1 599 047

    3 824 689

    Suecia

    0

    8 998 717

    Reino Unido

    0

    4 898 661

    Total

    146 284 753

    103 715 247

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