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Document 32018R0420

    Reglamento de Ejecución (UE) 2018/420 del Consejo, de 19 de marzo de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.° 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

    DO L 75I de 19.3.2018, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/420/oj

    19.3.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    LI 75/1


    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/420 DEL CONSEJO

    de 19 de marzo de 2018

    por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011 (1), y en particular su artículo 32, apartado 1,

    Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 36/2012.

    (2)

    Habida cuenta de la gravedad de la situación en Siria, en particular del uso por parte del régimen sirio de armas químicas y de su implicación en la proliferación de armas químicas, conviene añadir a cuatro personas a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012.

    (3)

    Procede, por lo tanto, modificar el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 en consecuencia.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 queda modificado como se establece en el anexo del presente Reglamento.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2018.

    Por el Consejo

    La Presidenta

    F. MOGHERINI


    (1)  DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.


    ANEXO

    Las siguientes personas se añaden a la lista que figura en el anexo II, sección A (Personas), del Reglamento (UE) n.o 36/2012:

     

    Nombre

    Información de identificación

    Motivos

    Fecha de inclusión en la lista

    «260.

    Yusuf Ajeeb

    (alias:Image; Yousef; Ajib)

    General de brigada; médico; jefe de seguridad del Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC)

    Dirección: Scientific Studies and Research Centre (SSRC), Barzeh Street, PO Box 4470, Damasco

    Ostenta el rango de general de brigada, alto mando de la Fuerza Aérea siria, desde mayo de 2011. Desde 2012, es jefe de seguridad del Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC), que participa en el sector de la proliferación de armas químicas. Dado el alto cargo que ocupa como jefe de seguridad del SSRC, se le asocia con la entidad designada SSRC.

    19.3.2018

    261.

    Maher Sulaiman

    (alias:Image; Mahir; Suleiman)

    Médico; director del Instituto Superior de Tecnología y Ciencias Aplicadas (HIAST)

    Dirección: Higher Institute for Applied Sciences and Technology (HIAST), PO Box 31983, Damasco

    Director del Instituto Superior de Tecnología y Ciencias Aplicadas (HIAST), que proporciona formación y apoyo en el marco del sector sirio de la proliferación de armas químicas. Debido a su alto cargo en el HIAST, que es miembro y filial del Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC), se le asocia al HIAST y al SSRC, ambas entidades designadas.

    19.3.2018

    262.

    Salam Tohme

    (alias:Image; Salim; Taame, Ta'mah, Toumah)

    Médico; director general adjunto del Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC)

    Dirección: Scientific Studies and Research Centre (SSRC), Barzeh Street, PO Box 4470, Damasco

    Director general adjunto del Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC), que se ocupa del desarrollo y la producción de armas no convencionales, incluidas armas químicas, y de sus misiles vectores. Debido a su alto cargo en el SSRC, se le asocia a la entidad designada SSRC.

    19.3.2018

    263.

    Zuhair Fadhlun

    (alias:Image; Zoher; Fadloun, Fadhloun)

    Jefe del Instituto 3000 (también Instituto 5000), Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC)

    Dirección: Scientific Studies and Research Centre (SSRC), Barzeh Street, PO Box 4470, Damasco

    Director de una sucursal del Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC) conocida como Instituto 3000 (también Instituto 5000). En su capacidad de director, es responsable de proyectos de armas químicas, como la producción de municiones y agentes químicos. Debido a su alto cargo en el SSRC, se le asocia a la entidad designada SSRC.

    19.3.2018»


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