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Document 32015R1739
Commission Regulation (EU) 2015/1739 of 28 September 2015 amending Annex II to Regulation (EC) No 1333/2008 of the European Parliament and of the Council and the Annex to Commission Regulation (EU) No 231/2012 as regards the use of the iron tartrate as an anti-caking agent in salt and its substitutes (Text with EEA relevance)
Reglamento (UE) 2015/1739 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2015, por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) n° 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) n° 231/2012 de la Comisión en lo referente al uso del tartrato de hierro como antiaglomerante en la sal y sus sustitutos (Texto pertinente a efectos del EEE)
Reglamento (UE) 2015/1739 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2015, por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) n° 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) n° 231/2012 de la Comisión en lo referente al uso del tartrato de hierro como antiaglomerante en la sal y sus sustitutos (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 253 de 30.9.2015, p. 3–6
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32008R1333 | adjunta | anexo II p. B punto 3 TEXT | 20/10/2015 | |
Modifies | 32008R1333 | adjunta | anexo II p. E punto 12.1.1 | 20/10/2015 | |
Modifies | 32008R1333 | adjunta | anexo II p. E punto 12.1.1 FOOTNOTE 92 | 20/10/2015 | |
Modifies | 32008R1333 | adjunta | anexo II p. E punto 12.1.2 | 20/10/2015 | |
Modifies | 32008R1333 | adjunta | anexo II p. E punto 12.1.2 FOOTNOTE 92 | 20/10/2015 | |
Modifies | 32012R0231 | adjunta | anexo texto | 20/10/2015 |
30.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 253/3 |
REGLAMENTO (UE) 2015/1739 DE LA COMISIÓN
de 28 de septiembre de 2015
por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) no 231/2012 de la Comisión en lo referente al uso del tartrato de hierro como antiaglomerante en la sal y sus sustitutos
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios (1), y, en particular, su artículo 10, apartado 3, y su artículo 14,
Visto el Reglamento (CE) no 1331/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, las enzimas y los aromas alimentarios (2), y, en particular, su artículo 7, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008 establece la lista de la Unión de aditivos alimentarios cuyo uso está autorizado en alimentos, y las condiciones de utilización. |
(2) |
En el Reglamento (UE) no 231/2012 de la Comisión (3) se establecen especificaciones respecto a los aditivos alimentarios que figuran en los anexos II y III del Reglamento (CE) no 1333/2008. |
(3) |
La citada lista puede actualizarse de conformidad con el procedimiento común contemplado en el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1331/2008, bien por iniciativa de la Comisión o en respuesta a una solicitud. |
(4) |
El 18 de enero de 2012, se presentó una solicitud de autorización de uso del tartrato de hierro como antiaglomerante en la sal y sus sustitutos. La solicitud se puso posteriormente a disposición de los Estados miembros, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 1331/2008. |
(5) |
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria evaluó la seguridad como aditivo alimentario del tartrato de hierro, que es un producto de complejación de tartrato sódico y cloruro de hierro (III), y en su dictamen de 9 de diciembre de 2014 (4), concluyó que, teniendo en cuenta los datos toxicológicos y los supuestos conservadores en los que se basa la evaluación de la exposición, no hay problemas de seguridad para su utilización como antiaglomerante en la sal y sus sustitutos en el nivel de uso propuesto. |
(6) |
Se considera necesario añadir un antiaglomerante a la sal y sus sustitutos para favorecer la fluidez y evitar la formación de aglomerados endurecidos cuando estos productos están expuestos a la humedad y durante su almacenamiento. La utilización del tartrato de hierro puede servir como alternativa a otros aditivos autorizados en la actualidad, como son los ferrocianuros (E 535-E 538) y el dióxido de silicio y los silicatos (E 551-E 553). Procede, por tanto, autorizar la utilización del tartrato de hierro como antiaglomerante en la sal y sus sustitutos y asignar a este aditivo el número E 534 como número E. |
(7) |
Las especificaciones relativas al tartrato de hierro (E 534) deben incluirse en el Reglamento (UE) no 231/2012 cuando se añada esta sustancia por primera vez a la lista de la Unión de aditivos alimentarios que figura en el anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008. |
(8) |
Procede, por tanto, modificar los Reglamentos (CE) no 1333/2008 y (UE) no 231/2012 en consecuencia. |
(9) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008 queda modificado con arreglo al anexo I del presente Reglamento.
Artículo 2
El anexo del Reglamento (UE) no 231/2012 queda modificado con arreglo al anexo II del presente Reglamento.
Artículo 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2015.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 354 de 31.12.2008, p. 16.
(2) DO L 354 de 31.12.2008, p. 1.
(3) Reglamento (UE) no 231/2012 de la Comisión, de 9 de marzo de 2012, por el que se establecen especificaciones para los aditivos alimentarios que figuran en los anexos II y III del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 83 de 22.3.2012, p. 1).
(4) EFSA Journal 2015;13(1):3980.
ANEXO I
El anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008 se modifica como sigue:
1) |
En la parte B, punto 3 «Aditivos distintos de los colorantes y edulcorantes», se inserta la entrada siguiente después de la entrada correspondiente al aditivo alimentario E 530:
|
2) |
La parte E se modifica como sigue:
|
ANEXO II
En el anexo del Reglamento (UE) no 231/2012, se inserta la entrada siguiente después de la entrada correspondiente al aditivo alimentario E 530:
«E 534 TARTRATO DE HIERRO |
|
Sinónimos |
Meso-tartrato de hierro; producto de complejación de tartrato sódico y cloruro de hierro (III) |
Definición |
El tartrato de hierro se elabora mediante la isomerización de L-tartrato hasta alcanzar una mezcla equilibrada de D-, L- o meso-tartrato, a la que se añade posteriormente cloruro de hierro (III). |
No CAS |
1280193-05-9 |
Denominación química |
Producto de complejación de hierro (III) a partir de ácidos D(+)-, L(-)- o meso- 2,3-dihidroxibutanodioicos |
Fórmula química |
Fe(OH)2 C4H4O6Na |
Peso molecular |
261,93 |
Análisis |
|
meso-tartrato |
> 28 %, expresado como el anión en materia seca |
D(-)tartatro y L(+)-tartrato |
> 10 %, expresado como el anión en materia seca |
Hierro (III) |
> 8 %, expresado como el anión en materia seca |
Descripción |
Solución acuosa de color verde oscuro que suele llevar aproximadamente un 35 % en peso de productos de complejación |
Identificación |
Muy soluble en agua |
|
Resultado positivo respecto al tartrato y al hierro |
|
pH del 35 % de una solución acuosa de productos de complejación entre 3,5 y 3,9 |
Pureza |
|
Cloruro |
No más del 25 % |
Sodio |
No más del 23 % |
Arsénico |
No más de 3 mg/kg |
Plomo |
No más de 2 mg/kg |
Mercurio |
No más de 1 mg/kg |
Oxalatos |
No más del 1,5 % expresado como oxalatos en materia seca.» |