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Document 32012R0718
Commission Implementing Regulation (EU) No 718/2012 of 7 August 2012 amending for the 176th time Council Regulation (EC) No 881/2002 imposing certain specific restrictive measures directed against certain persons and entities associated with the Al Qaida network
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 718/2012 de la Comisión, de 7 de agosto de 2012 , por el que se modifica por 176 a vez el Reglamento (CE) n ° 881/2002 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 718/2012 de la Comisión, de 7 de agosto de 2012 , por el que se modifica por 176 a vez el Reglamento (CE) n ° 881/2002 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida
DO L 211 de 8.8.2012, pp. 1–2
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
| Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
|---|---|---|---|---|---|
| Modifies | 32002R0881 | modificación | anexo I | 09/08/2012 |
|
8.8.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 211/1 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 718/2012 DE LA COMISIÓN
de 7 de agosto de 2012
por el que se modifica por 176a vez el Reglamento (CE) no 881/2002 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida (1) y, en particular, su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento. |
|
(2) |
El 26 de julio de 2012, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió retirar una persona física de la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos. |
|
(3) |
En vista de esto, el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 deberá modificarse en consecuencia, |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 7 de agosto de 2012.
Por la Comisión, en nombre del Presidente
Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior
ANEXO
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado como sigue:
En el epígrafe «Personas físicas» se suprime la siguiente entrada:
«Bekkay Harrach [alias: a) Abu Talha al Maghrabi, b) al Hafidh Abu Talha der Deutsche («al Hafidh Abu Talha el alemán»)]. Fecha de nacimiento: 4.9.1977. Lugar de nacimiento: Berkane, Marruecos. Nacionalidad: alemana. Pasaporte no: 5208116575 (pasaporte alemán expedido en Bonn, Alemania, válido hasta el 7.9.2013). Documento nacional de identidad no: a) 5209243072 [Bundespersonalausweis alemán (documento nacional de identidad)], expedido en Bonn, Alemania, válido hasta el 7.9.2013, b) J17001W6Z12 (permiso de conducción alemán, expedido en Bonn, Alemania). Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 27.5.2009. Información adicional: se cree que en abril de 2009 se encontraba en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán.».