This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32012D0064
2012/64/EU: Commission Implementing Decision of 2 February 2012 on the recognition of the RINA SpA (Italian Register of Shipping) as a classification society for inland waterway vessels (notified under document C(2012) 402) Text with EEA relevance
2012/64/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 2 de febrero de 2012 , sobre el reconocimiento de RINA s.p.a (Registro Naval Italiano) como sociedad de clasificación para las embarcaciones de la navegación interior [notificada con el número C(2012) 402] Texto pertinente a efectos del EEE
2012/64/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 2 de febrero de 2012 , sobre el reconocimiento de RINA s.p.a (Registro Naval Italiano) como sociedad de clasificación para las embarcaciones de la navegación interior [notificada con el número C(2012) 402] Texto pertinente a efectos del EEE
DO L 33 de 4.2.2012, p. 6–6
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
|
4.2.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 33/6 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN
de 2 de febrero de 2012
sobre el reconocimiento de RINA s.p.a (Registro Naval Italiano) como sociedad de clasificación para las embarcaciones de la navegación interior
[notificada con el número C(2012) 402]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2012/64/UE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2006/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por la que se establecen las prescripciones técnicas de las embarcaciones de la navegación interior y se deroga la Directiva 82/714/CEE (1), y, en particular, su artículo 10, apartado 1, y su anexo VII, parte II,
Previa consulta al Comité a que se refiere el artículo 7 de la Directiva 91/672/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1991, sobre el reconocimiento recíproco de los títulos nacionales de patrón de embarcaciones de transporte de mercancías y pasajeros en navegación interior (2),
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
Mediante carta de 22 de julio de 2008, Italia presentó a la Comisión una solicitud de reconocimiento de RINA s.p.a (Registro Naval Italiano, en lo sucesivo denominado «RINA») como sociedad de clasificación con arreglo a la Directiva. RINA tiene su sede central en Italia. |
|
(2) |
Italia presentó, junto con la solicitud, la información y documentación necesarias para comprobar el cumplimiento de los criterios de reconocimiento. |
|
(3) |
En abril de 2009, se organizó una audiencia en la reunión conjunta de expertos de los Estados miembros de la Unión Europea y la Comisión Central de Navegación del Rin (en lo sucesivo denominado «CCNR») sobre las prescripciones técnicas de las embarcaciones de la navegación interior, en la que la autoridad italiana y RINA presentaron ponencias. |
|
(4) |
Se ha consultado a la secretaría de la CCNR conforme a lo dispuesto en el anexo VII, parte II, punto 4, de la Directiva 2006/87/CE. |
|
(5) |
La Comisión ha evaluado el cumplimiento por RINA de los criterios contemplados en el anexo VII, parte I, de la Directiva 2006/87/CE y ha llegado a la conclusión de que RINA los cumple. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La sociedad de clasificación RINA será reconocida de conformidad con el artículo 10 de la Directiva 2006/87/CE.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros con vías navegables interiores según lo contemplado en el artículo 1, apartado 1, de la Directiva 2006/87/CE y el Registro Naval Italiano, Via Corsica 12, 16128 Génova (Italia).
Hecho en Bruselas, el 2 de febrero de 2012.
Por la Comisión
Siim KALLAS
Vicepresidente