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Document 32011R0610

    Reglamento de Ejecución (UE) n ° 610/2011 de la Comisión, de 22 de junio de 2011 , relativo a la asignación de derechos de importación en lo que respecta a las solicitudes presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012 en el marco del contingente arancelario abierto por el Reglamento (CE) n ° 431/2008 para la carne de vacuno congelada

    DO L 163 de 23.6.2011, p. 23–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2011/610/oj

    23.6.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 163/23


    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 610/2011 DE LA COMISIÓN

    de 22 de junio de 2011

    relativo a la asignación de derechos de importación en lo que respecta a las solicitudes presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012 en el marco del contingente arancelario abierto por el Reglamento (CE) no 431/2008 para la carne de vacuno congelada

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

    Visto el Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación (2), y, en particular, su artículo 7, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 431/2008 de la Comisión, de 19 de mayo de 2008, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario de importación de carne de vacuno congelada del código NC 0202 y productos del código NC 0206 29 91 (3), ha abierto un contingente arancelario para la importación de productos del sector de la carne de vacuno.

    (2)

    Las solicitudes de derechos de importación presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012 son superiores a las cantidades disponibles. Por consiguiente, procede determinar la medida en que pueden concederse los derechos de importación mediante la fijación de un coeficiente de asignación que se aplicará a las cantidades solicitadas.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Se aplicará un coeficiente de asignación de 28,953811 % a las solicitudes de derechos de importación relativas al contingente designado con el número de orden 09.4003 y presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012 en virtud del Reglamento (CE) no 431/2008.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 23 de junio de 2011.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 22 de junio de 2011.

    Por la Comisión, en nombre del Presidente

    José Manuel SILVA RODRÍGUEZ

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

    (2)  DO L 238 de 1.9.2006, p. 13.

    (3)  DO L 130 de 20.5.2008, p. 3.


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