Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32011D0091

    2011/91/UE: Decisión de la Comisión, de 10 de febrero de 2011 , por la que se autoriza a un laboratorio de la República de Corea a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas [notificada con el número C(2011) 656] Texto pertinente a efectos del EEE

    DO L 37 de 11.2.2011, p. 18–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/91(1)/oj

    11.2.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 37/18


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 10 de febrero de 2011

    por la que se autoriza a un laboratorio de la República de Corea a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas

    [notificada con el número C(2011) 656]

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    (2011/91/UE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vista la Decisión 2000/258/CE del Consejo, de 20 de marzo de 2000, por la que se designa un instituto específico, responsable de fijar los criterios necesarios para la normalización de las pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas (1), y, en particular, su artículo 3, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Mediante la Decisión 2000/258/CE se designó el laboratorio de la Agence nationale de sécurité sanitaire de l’alimentation, de l’environnement et du travail (ANSES) de Nancy (antiguamente, Agence française de sécurité sanitaire des aliments, AFSSA) como instituto específico responsable de fijar los criterios necesarios para la normalización de las pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas. En esa Decisión también se establecen las obligaciones de dicho laboratorio.

    (2)

    En concreto, la ANSES de Nancy debe evaluar los laboratorios de los Estados miembros y de terceros países con vistas a su autorización para realizar los análisis serológicos de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas.

    (3)

    La autoridad competente de Corea del Sur presentó una solicitud de autorización de uno de sus laboratorios para realizar las mencionadas pruebas serológicas.

    (4)

    La ANSES de Nancy llevó a cabo una evaluación de dicho laboratorio y presentó a la Comisión un informe favorable de la misma el 6 de septiembre de 2010.

    (5)

    Por tanto, dicho laboratorio debe ser autorizado a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones.

    (6)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Con arreglo a lo establecido en el artículo 3, apartado 2, de la Decisión 2000/258/CE, se autoriza al siguiente laboratorio a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones:

    Komipharm International Co. Ltd

    1236-6 Jeoungwang-dong

    420-450 Siheung-si, Gyeonggi-do

    Corea del Sur.

    Artículo 2

    La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de marzo de 2011.

    Artículo 3

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2011.

    Por la Comisión

    John DALLI

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 79 de 30.3.2000, p. 40.


    Top