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Document 32011D0073

2011/73/UE: Decisión de la Comisión, de 2 de febrero de 2011 , por la que se autoriza la comercialización de un extracto del micelio de Lentinula edodes (seta shiitake) como nuevo ingrediente alimentario con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n ° 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2011) 442]

DO L 29 de 3.2.2011, p. 30–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/73(1)/oj

3.2.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 29/30


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 2 de febrero de 2011

por la que se autoriza la comercialización de un extracto del micelio de Lentinula edodes (seta shiitake) como nuevo ingrediente alimentario con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo

[notificada con el número C(2011) 442]

(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

(2011/73/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 1997, sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios (1), y, en particular, su artículo 7,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 19 de diciembre de 2007, la empresa GlycaNova Norge AS presentó a las autoridades competentes del Reino Unido una solicitud de comercialización de extracto del micelio de la seta shiitake (Lentinula edodes, anteriormente Lentinus edodes) como nuevo ingrediente alimentario.

(2)

El 3 de noviembre de 2008, el organismo competente para la evaluación de los alimentos del Reino Unido emitió su informe de evaluación inicial. En dicho informe se llegaba a la conclusión de que la utilización de extracto del micelio de Lentinula edodes como ingrediente alimentario era aceptable.

(3)

La Comisión remitió el informe de evaluación inicial a todos los Estados miembros el 7 de enero de 2009.

(4)

En el plazo de 60 días establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (CE) no 258/97, se presentaron objeciones fundamentadas a la comercialización del producto, con arreglo a lo establecido en dicha disposición.

(5)

Por consiguiente, el 24 de septiembre de 2009 se consultó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

(6)

El 9 de julio de 2010, en su «Dictamen científico sobre la seguridad del extracto de Lentinula edodes como nuevo ingrediente alimentario» (2), la EFSA (Comisión Técnica de Productos Dietéticos, Nutrición y Alergias) llegaba a la conclusión de que el extracto del micelio de Lentinula edodes era seguro en los niveles de ingesta y las condiciones de uso propuestos.

(7)

Sobre la base de la evaluación científica, se ha determinado que el extracto del micelio de Lentinula edodes cumple los criterios establecidos en el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 258/97.

(8)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El extracto del micelio de Lentinula edodes, según lo especificado en el anexo I, podrá comercializarse en la Unión como nuevo ingrediente alimentario para los usos enumerados en el anexo II.

Artículo 2

A efectos de etiquetado de los productos alimenticios que lo contengan, la denominación del extracto del micelio de Lentinula edodes autorizado por la presente Decisión será «extracto de seta Lentinula edodes» o «extracto de seta shiitake».

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión es GlycaNova Norge AS, Oraveien 2, 1630 Gamle Fredrikstad, Noruega.

Hecho en Bruselas, el 2 de febrero de 2011.

Por la Comisión

John DALLI

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 43 de 14.2.1997, p. 1.

(2)  EFSA Journal 2010; 8(7): 1685.


ANEXO I

Especificaciones del extracto del micelio de Lentinula edodes

Descripción:

El nuevo ingrediente alimentario es un extracto acuoso estéril obtenido del micelio de Lentinula edodes cultivado en fermentación sumergida. Es un líquido de color marrón claro, ligeramente turbio.

El Lentinano es un β-(1-3) β- (1-6)-D-glucano que tiene un peso molecular de aproximadamente 5 × 105 daltons, un grado de ramificación de 2/5 y una estructura terciaria de triple hélice.

Composición del extracto del micelio de Lentinula edodes

Humedad

98 %

Materia seca

2 %

Glucosa libre

menos de 20 mg/ml

Total de proteínas (1)

menos de 0,1 mg/ml

Componentes que contienen nitrógeno (2)

menos de 10 mg/ml

Lentinano

0,8-1,2 mg/ml


(1)  Método de Bradford.

(2)  Método de Kjeldahl.


ANEXO II

Usos del extracto del micelio de Lentinula edodes

Grupo de usos

Nivel máximo de extracto del micelio de Lentinula edodes

Productos a base de pan

2 ml/100 g

Refrescos

0,5 ml/100 ml

Comidas preparadas

2,5 ml por comida

Alimentos a base de yogur

1,5 ml/100 ml

Complementos alimenticios [tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE (1)]

2,5 ml por dosis diaria


(1)  DO L 183 de 12.7.2002, p. 51.


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