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Document 32010D0738
2010/738/EU: Commission Decision of 2 December 2010 establishing the classes of reaction-to-fire performance for certain construction products as regards fibrous gypsum plaster casts (notified under document C(2010) 392) Text with EEA relevance
2010/738/UE: Decisión de la Comisión, de 2 de diciembre de 2010 , por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los productos de yeso fibroso de aplicación manual [notificada con el número C(2010) 392] Texto pertinente a efectos del EEE
2010/738/UE: Decisión de la Comisión, de 2 de diciembre de 2010 , por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los productos de yeso fibroso de aplicación manual [notificada con el número C(2010) 392] Texto pertinente a efectos del EEE
DO L 317 de 3.12.2010, p. 42–43
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
3.12.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 317/42 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 2 de diciembre de 2010
por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los productos de yeso fibroso de aplicación manual
[notificada con el número C(2010) 392]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2010/738/UE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción (1), y, en particular, su artículo 20, apartado 2, letra a),
Previa consulta al Comité permanente de la construcción,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En la Directiva 89/106/CEE se establece que, con el fin de tener en cuenta las diferencias de nivel de protección para las obras de construcción a escala nacional, regional o local, puede ser necesario establecer, en los documentos interpretativos, clases correspondientes al comportamiento de los productos con respecto a cada uno de los requisitos esenciales. Dichos documentos se han publicado bajo el título «Comunicación de la Comisión relativa a los documentos interpretativos de la Directiva 89/106/CEE (2)». |
(2) |
Por lo que respecta al requisito esencial de seguridad en caso de incendio, en el documento interpretativo no 2 se enumeran algunas medidas, relacionadas entre sí, que definen en conjunto la estrategia de seguridad en caso de incendio que puede desarrollarse de modos distintos en los Estados miembros. |
(3) |
En el documento interpretativo no 2 se define una de estas medidas como la limitación de la generación y propagación del fuego y del humo dentro de un área dada mediante la limitación del potencial de contribución de los productos de construcción al pleno desarrollo del incendio. |
(4) |
El alcance de dicha limitación puede expresarse únicamente en términos de los distintos niveles de reacción al fuego de los productos en su aplicación final. |
(5) |
A modo de solución armonizada, en la Decisión 2000/147/CE de la Comisión, de 8 de febrero de 2000, por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de reacción al fuego de los productos de construcción (3), se adoptó un sistema de clases. |
(6) |
En el caso de los productos de yeso fibroso de aplicación manual, es necesario utilizar la clasificación establecida en la Decisión 2000/147/CE. |
(7) |
La reacción al fuego de muchos productos y materiales de construcción está bien definida en la clasificación establecida en la Decisión 2000/147/CE y es lo suficientemente conocida por los legisladores de los Estados miembros en materia de incendios como para que dichos productos y materiales no tengan que someterse a ensayo en relación con esta característica en concreto. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo se establecen los productos y materiales de construcción que cumplen todos los requisitos relativos a la característica «reacción al fuego» sin necesidad de someterse a nuevos ensayos.
Artículo 2
En el anexo de la presente Decisión se establecen las clases específicas que se aplicarán a los diferentes productos y materiales de construcción en el marco de la clasificación sobre reacción al fuego adoptada en la Decisión 2000/147/CE.
Artículo 3
Cuando proceda, los productos se examinarán teniendo en cuenta su aplicación final.
Artículo 4
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 2 de diciembre de 2010.
Por la Comisión
Antonio TAJANI
Vicepresidente
(1) DO L 40 de 11.2.1989, p. 12.
(2) DO C 62 de 28.2.1994, p. 1.
(3) DO L 50 de 23.2.2000, p. 14.
ANEXO
En el cuadro que figura en el presente anexo se enumeran los productos y materiales de construcción que cumplen todos los requisitos relativos a la característica «reacción al fuego» sin necesidad de someterse a ensayo.
Cuadro
Clases de reacción al fuego de los productos de yeso fibroso de aplicación manual reforzado con fibras de sisal o de yute
Producto |
Información del producto |
Densidad mínima (kg/m3) |
Clase (1) |
Productos de yeso fibroso de aplicación manual |
Producto conforme a la norma EN 13815, a base de yeso fibroso de aplicación manual mezclado con agua y reforzado con fibras de sisal o de yute uniformemente dispersas en una proporción en masa no superior al 2,5 %. |
1 000 |
A1 |
(1) Clase con arreglo a lo establecido en el cuadro 1 del anexo de la Decisión 2000/147/CE.