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Document 32010D0153
2010/153/: Commission Decision of 11 March 2010 prolonging the validity of Decision 2009/251/EC requiring Member States to ensure that products containing the biocide dimethylfumarate are not placed or made available on the market (notified under document C(2010) 1337) (Text with EEA relevance)
2010/153/: Decisión de la Comisión, de 11 de marzo de 2010 , que prolonga la validez de la Decisión 2009/251/CE, por la que exige a los Estados miembros que garanticen que los productos que contienen el biocida dimetilfumarato no se comercialicen ni estén disponibles en el mercado [notificada con el número C(2010) 1337] (Texto pertinente a efectos del EEE)
2010/153/: Decisión de la Comisión, de 11 de marzo de 2010 , que prolonga la validez de la Decisión 2009/251/CE, por la que exige a los Estados miembros que garanticen que los productos que contienen el biocida dimetilfumarato no se comercialicen ni estén disponibles en el mercado [notificada con el número C(2010) 1337] (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 63 de 12.3.2010, p. 21–21
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
No longer in force, Date of end of validity: 15/03/2013
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32009D0251 | modificación | artículo 4 | DATEFF | |
Extended validity | 32009D0251 | 15/03/2011 |
12.3.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 63/21 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 11 de marzo de 2010
que prolonga la validez de la Decisión 2009/251/CE, por la que exige a los Estados miembros que garanticen que los productos que contienen el biocida dimetilfumarato no se comercialicen ni estén disponibles en el mercado
[notificada con el número C(2010) 1337]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2010/153/UE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la seguridad general de los productos (1), y, en particular, su artículo 13,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión 2009/251/CE de la Comisión (2) exige a los Estados miembros que garanticen que los productos que contienen el biocida dimetilfumarato no se comercialicen ni estén disponibles en el mercado. |
(2) |
La Decisión 2009/251/CE fue adoptada de conformidad con las disposiciones del artículo 13 de la Directiva 2001/95/CE, que restringe la validez de la Decisión a un período no superior a un año, pero permite su revalidación por períodos adicionales que no podrán ser superiores a un año. |
(3) |
A la luz de la experiencia adquirida hasta la fecha y en ausencia de una medida permanente en relación con los productos de consumo que contienen dimetilfumarato, es necesario prolongar la validez de la Decisión 2009/251/CE por doce meses y modificarla en consecuencia. |
(4) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por la Directiva 2001/95/CE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El texto del artículo 4 de la Decisión 2009/251/CE se sustituye por el siguiente:
«La presente Decisión será aplicable hasta el 15 de marzo de 2011.».
Artículo 2
Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Decisión a más tardar el 15 de marzo de 2010 y harán públicas dichas medidas. Informarán inmediatamente de ello a la Comisión.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 11 de marzo de 2010.
Por la Comisión
John DALLI
Miembro de la Comisión
(1) DO L 11 de 15.1.2002, p. 4.
(2) DO L 74 de 20.3.2009, p. 32.