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Document 32009R0903
Commission Regulation (EC) No 903/2009 of 28 September 2009 concerning the authorisation of the preparation of Clostridium butyricum MIYAIRI 588 (FERM-P 1467) as a feed additive for chickens for fattening (holder of authorisation Miyarisan Pharmaceutical Co. Ltd, represented by Mitsui & Co. Deutschland GmbH) (Text with EEA relevance)
Reglamento (CE) n o 903/2009 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2009 , relativo a la autorización del preparado de Clostridium butyricum MIYAIRI 588 (FERM-P 1467) como aditivo en piensos para pollos de engorde (titular de la autorización: Miyarisan Pharmaceutical Co. Ltd, representado por Mitsui & Co. Deutschland GmbH) (Texto pertinente a efectos del EEE)
Reglamento (CE) n o 903/2009 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2009 , relativo a la autorización del preparado de Clostridium butyricum MIYAIRI 588 (FERM-P 1467) como aditivo en piensos para pollos de engorde (titular de la autorización: Miyarisan Pharmaceutical Co. Ltd, representado por Mitsui & Co. Deutschland GmbH) (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 256 de 29.9.2009, p. 26–27
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force: This act has been changed. Current consolidated version: 14/07/2017
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modified by | 32011R0373 | modificación | 06/05/2011 | ||
Modified by | 32013R0357 | modificación | anexo | 09/05/2013 | |
Modified by | 32017R1126 | sustitución | anexo texto | 14/07/2017 | |
Modified by | 32017R1126 | sustitución | título texto | 14/07/2017 |
29.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 256/26 |
REGLAMENTO (CE) N o 903/2009 DE LA COMISIÓN
de 28 de septiembre de 2009
relativo a la autorización del preparado de Clostridium butyricum MIYAIRI 588 (FERM-P 1467) como aditivo en piensos para pollos de engorde (titular de la autorización: Miyarisan Pharmaceutical Co. Ltd, representado por Mitsui & Co. Deutschland GmbH)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (CE) no 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. |
(2) |
De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización del preparado que figura en el anexo del presente Reglamento. Dicha solicitud estaba acompañada de la información y la documentación exigidas en el apartado 3 del citado artículo. |
(3) |
La solicitud se refiere a la autorización del preparado de Clostridium butyricum MIYAIRI 588 (FERM-P 1467) como aditivo en piensos para pollos de engorde, que debe ser clasificado en la categoría de «aditivos zootécnicos». |
(4) |
Del dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») de 2 de abril de 2009 (2) se desprende que el preparado de Clostridium butyricum MIYAIRI 588 (FERM-P 1467) no tiene efectos adversos para la salud de los animales, la salud humana o el medio ambiente y que la utilización de dicho preparado puede tener efectos beneficiosos significativos en el índice de conversión. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, dio el visto bueno al informe sobre el método de análisis de este aditivo en los piensos presentado por el laboratorio comunitario de referencia que establece el Reglamento (CE) no 1831/2003. |
(5) |
La evaluación de dicho preparado muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse el uso de este preparado en las condiciones indicadas en el anexo del presente Reglamento. |
(6) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional de «estabilizadores de la flora intestinal», en las condiciones establecidas en el mismo.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2009.
Por la Comisión
Androulla VASSILIOU
Miembro de la Comisión
(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.
(2) The EFSA Journal (2009) 1039, p. 1.
ANEXO
Número de identificación del aditivo |
Nombre del titular de la autorización |
Aditivo |
Composición, fórmula química, descripción y método analítico |
Especie animal o categoría de animales |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Expiración del período de autorización |
||||||||||||||||
UFC/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % |
|||||||||||||||||||||||||
Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: estabilizadores de la flora intestinal |
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4b1830 |
Miyarisan Pharmaceutical Co.Ltd representado por Mitsui & Co. Deutschland GmbH |
Clostridium butyricum MIYAIRI 588 (FERM-P 1467) |
|
Pollos de engorde |
— |
5 × 108 UFC |
— |
|
19.10.2019 |
(1) Para más información sobre los métodos analíticos, consúltese la siguiente dirección del laboratorio comunitario de referencia: www.irmm.jrc.be/crl-feed-additives