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Document 32005D0949

    2005/949/CE: Decisión de la Comisión, de 23 de diciembre de 2005 , relativa a la continuación en 2006 de las pruebas y análisis comparativos comunitarios iniciados en 2002, 2003 y 2004 de semillas y materiales de reproducción de Prunus domestica y de Prunus persica (L.) Batsch, Malus Mill. y Rubus idaeus L. con arreglo a la Directiva 92/34/CEE del Consejo

    DO L 345 de 28.12.2005, p. 28–29 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
    DO L 349M de 12.12.2006, p. 730–731 (MT)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2005/949/oj

    28.12.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 345/28


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 23 de diciembre de 2005

    relativa a la continuación en 2006 de las pruebas y análisis comparativos comunitarios iniciados en 2002, 2003 y 2004 de semillas y materiales de reproducción de Prunus domestica y de Prunus persica (L.) Batsch, Malus Mill. y Rubus idaeus L. con arreglo a la Directiva 92/34/CEE del Consejo

    (2005/949/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Directiva 92/34/CEE del Consejo, de 28 de abril de 1992, relativa a la comercialización de materiales de multiplicación de frutales y de plantones de frutal destinados a la producción frutícola (1),

    Vista la Decisión 2001/896/CE de la Comisión, de 12 de diciembre de 2001, por la que se establecen las disposiciones necesarias para las pruebas y análisis comparativos comunitarios de materiales de reproducción de frutales y de plantones de frutal en virtud de la Directiva 92/34/CEE del Consejo (2), y, en particular, su artículo 2,

    Vista la Decisión 2002/745/CE de la Comisión, de 5 de septiembre de 2002, por la que se establecen las disposiciones necesarias para las pruebas y análisis comparativos comunitarios de materiales de reproducción de frutales y de plantones de frutal en virtud de la Directiva 92/34/CEE del Consejo (3), y, en particular, su artículo 3,

    Vista la Decisión 2003/894/CE de la Comisión, de 11 de diciembre de 2003, por la que se establecen las disposiciones para las pruebas y los análisis comparativos comunitarios de materiales de multiplicación y de plantones de Prunus persica (L.) Batsch, Malus Mill. y Rubus idaeus L. en virtud de la Directiva 92/34/CEE del Consejo (4), y, en particular, su artículo 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La Decisión 2001/896/CE establece las disposiciones necesarias para las pruebas y análisis comparativos que deben efectuarse con arreglo a la Directiva 92/34/CEE por lo que respecta a Prunus domestica desde 2002 hasta 2006.

    (2)

    Las pruebas y análisis comparativos efectuados desde 2002 hasta 2005 deben proseguir en 2006.

    (3)

    La Decisión 2002/745/CE establece las disposiciones necesarias para las pruebas y análisis comparativos que deben efectuarse con arreglo a la Directiva 92/34/CEE por lo que respecta a Prunus domestica desde 2003 hasta 2007.

    (4)

    Las pruebas y análisis comparativos efectuados desde 2003 hasta 2005 deben proseguir en 2006.

    (5)

    La Decisión 2003/894/CE establece las disposiciones necesarias para las pruebas y análisis comparativos que deben efectuarse con arreglo a la Directiva 92/34/CEE por lo que respecta a Prunus persica (L.) Batsch, Malus Mill. y Rubus idaeus L. desde 2004 hasta 2008.

    (6)

    Las pruebas y análisis comparativos efectuados en 2004 y 2005 deben proseguir en 2006.

    DECIDE:

    Artículo único

    Las pruebas y análisis comparativos comunitarios de materiales de reproducción y plantones de Prunus domestica que se iniciaron en 2002 y 2003 proseguirán en 2006 de conformidad con las Decisiones 2001/896/CE y 2002/745/CE, respectivamente.

    Las pruebas y análisis comparativos comunitarios de materiales de reproducción y de plantones de Prunus persica (L.) Batsch, Malus Mill. y Rubus idaeus L. que se iniciaron en 2004 proseguirán en 2006 de conformidad con la Decisión 2003/894/CE.

    Hecho en Bruselas, el 23 de diciembre de 2005.

    Por la Comisión

    Markos KYPRIANOU

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 157 de 10.6.1992, p. 10. Directiva modificada en último lugar por la Decisión 2005/54/CE de la Comisión (DO L 22 de 26.1.2005, p. 16).

    (2)  DO L 331 de 15.12.2001, p. 95.

    (3)  DO L 240 de 7.9.2002, p. 65.

    (4)  DO L 333 de 20.12.2003, p. 88.


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